Se aplicará a mujeres que hirieron de muerte a sus agresores
En
el Congreso de Jalisco se presentó una iniciativa para crear la “Ley de
Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género” que de
aprobarse, podría beneficiar a 9 mujeres en situación de reclusión que
cumplen condenas por haber herido de muerte a sus agresores.
La propuesta de Ley que presentó el pasado 4 de septiembre el
presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Jalisco,
el diputado Salvador Caro Cabrera, plantea extinguir la responsabilidad
penal a todas aquellas mujeres que “mediante alguna conducta de acción u
omisión, causaron lesiones o muerte a su esposo, cónyuge, concubino o
pareja sentimental”, al defenderse o preservar su integridad por
violencia de género.
La idea de crear una Ley de Amnistía para las víctimas de violencia
de género fue motivada por una visita al Centro de Readaptación Femenil
de la entidad, donde según reportó el legislador, están privadas de la
libertad al menos nueve mujeres que se vieron en circunstancias de
defenderse de sus parejas para preservar su vida.
Aunque las mujeres comprobaron que vivían violencia y que ejercieron
su derecho a la legítima defensa, fueron condenadas a prisión por el
delito de homicidio.
En este sentido el legislador del partido Movimiento Ciudadano (MC)
propone ciertas condiciones para que las mujeres que están actualmente
presas en Jalisco puedan solicitar la amnistía condicional de aprobarse
la Ley:
Primero, que se encuentren con sentencia firme o procesadas por
lesiones, homicidio o parricidio, según el Código Penal de Jalisco;
acreditar antecedentes de vivir violencia ya sea física o sexual, y
tener pruebas suficientes para comprobar que dicha violencia las motivó a
defenderse.
También se pediría a las mujeres que no cuenten con otros
antecedentes penales o estar sujetas a otros procesos penales ya sea del
fuero común o federal.
Se les solicitaría haber cubierto o garantizado el pago de la
reparación del daño integral, y que el delito del que se les acusa haya
sido cometido antes del 16 de junio de 2016, fecha en la que se terminó
la transición al Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral en Jalisco.
Otro de los requisitos es que “no que exista evidencia que pruebe que
fueron provocadoras y/o generadoras de violencia de género o violencia
familiar”.
Al respecto cabe recordar que la falta de provocación en los casos de
legítima defensa ha sido analizada por el Comité de Expertas del
Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (Mesecvi),
quien sostiene que este requerimiento ha sido utilizado de forma errónea
contra las mujeres.
El Comité sostiene que el requisito de provocación para configurar la
legítima defensa en casos de violencia contra las mujeres debe
valorarse desde la perspectiva de género para evitar la aplicación de
estereotipos de género que perpetúen la subordinación de las mujeres.
Considerar que las mujeres que responden ante un hecho de violencia
lo hacen por motivos distintos que la necesidad de defenderse o que
cualquier comportamiento anterior a la agresión es una “provocación” a
la misma, es un estereotipo de género, señala la recomendación número 1 sobre legítima defensa que emitió el Comité este año.
La iniciativa fue redactada en coordinación de los magistrados del
Supremo Tribunal de Justicia, Verónica Elizabeth Ucaranza Sánchez y
Daniel Espinosa Licón, así como el Consejero de la Judicatura del estado
de Jalisco, Eduardo Moel Modiano y se entregó el 4 de septiembre a la
Oficialía de Partes del congreso de Jalisco para que inicie su proceso
legislativo.
A nivel federal, organizaciones de la sociedad civil y legisladoras,
han llamado al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, a
que la Ley de Amnistía que plantea para liberar a presos políticos
beneficie al igual a las mujeres encarceladas por el delito de aborto o
por delitos menores relacionados con drogas.
En relación a las mujeres que están privadas de la libertad por
defenderse de sus agresores no se ha tratado, a pesar que en México 4 de
cada 10 mujeres de 15 años y más que han experimentado violencia por
parte de su actual o última pareja, esposo o novio, según la Encuesta la
Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016
(Endireh).
Cimacnoticias en investigación periodistica
sobre este tema evidenció que en los casos de mujeres que ejercen su
derecho a la legitima defensa no se investigan los contextos de
violencia que viven, no se cree su testimonio y los procesos penales
reflejan las excesivas y desproporcionadas cargas que la sociedad impone
sobre ellas.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México
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