El objetivo es proteger a las mexicanas y erradicar la violencia de género
En febrero de este 2016 se cumplieron ocho años de la entrada en vigor
de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
(LGAMVLV), instrumento normativo que fue modificado al menos en 26
ocasiones para proteger a las mexicanas.
La Ley es considerada como uno de los avances fundamentales para
combatir la violencia de género. Tiene por objeto establecer la
coordinación entre la Federación, las entidades federativas, la Ciudad
de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres.
Un estudio sobre la evolución e impacto de esta Ley General fue
elaborado por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la
Equidad de Género (CEAMEG) de la Cámara de Diputados, se destacó que en
ocho años esta norma fue modificada en 26 ocasiones para mejorar su
eficacia.
La Ley General impulsada por ex diputadas federales como Marcela Lagarde
y de Los Ríos, Martha Lucía Micher Camarena y Angélica Rivera de la
Peña, fue apoyada por un movimiento feminista y después de un proceso
parlamentario se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de
febrero de 2007.
Desde entonces, el CEAMEG destacó que las reformas y adiciones como la
que entró en vigor el 14 de junio de 2012 cuando se sumó el artículo 21
de la LGAMVLV, se detalla en el párrafo que: “En los casos de
feminicidio se aplicarán las sanciones previstas en el artículo 325 del
Código Penal Federal”.
Este agregado se hizo porque el Congreso tipificó el feminicidio como
delito a quien prive de la vida a una mujer por razones de género, lo
que se caracteriza cuando la víctima presenta signos de cualquier tipo
de violencia, ya sea sexual, mutilaciones o lesiones y si el cuerpo fue
arrojado en un lugar público.
Otra modificación se hizo el 15 de enero de 2013 para establecer en el
artículo 28 que: “las órdenes de protección de emergencia y preventivas
tendrán una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán expedirse dentro
de las 8 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las
generan”.
También el 4 de junio de 2015 se adicionó al artículo 46 Bis para que la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) impulse acciones que
propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres
y de hombres en materia de trabajo y previsión social; así como
orientar a las víctimas de violencia laboral.
Otras de las bondades de esta norma es la figura de “Alerta de Violencia
de Género”, mecanismo para implementará acciones de emergencia cuando
la violencia no es controlada efectivamente por el Estado; y la
obligación de la Federación y de las entidades de tomar medidas
presupuestales para garantizar el derecho de las mujeres a una vida
libre de violencia.
El recuento del CEAMEG no hace un análisis del funcionamiento de la ley
pero diferentes organizaciones civiles como el Observatorio Ciudadano
Nacional del Feminicidio y las agrupaciones que acompañan a mujeres
víctimas de violencia han insistido en la necesidad de que instituciones
y funcionarios cumplan con la LGAMVLV.
CIMACFoto:César Martínez López
Por: la Redacción
Cimacnoticias | Ciudad de México.-
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