Condenadas a libertad condicional, se les violentaron derechos
El
Tribunal Superior de Justicia del estado de Chihuahua (TSJ) sentenció a
uno y dos años de libertad condicional, respectivamente, más el pago de
una fianza (de la cual se desconoce el monto) a las dos mujeres que la
Fiscalía General de la entidad (FGE) detuvo hace nueve días por el
delito de aborto e inhumación.
El pasado 9 de junio, el juez de garantías del Juzgado de Distrito
número cinco, en Ciudad Juárez, Chihuahua, Félix Aurelio Guerra
Solórzano, sentenció a las dos mujeres que el 4 de junio la Fiscalía
General de Chihuahua exhibió en medios de comunicación con fotos y
datos personales por interrumpir su embarazo e inhumar el cuerpo.
Como efecto de esta sentencia, a la mujer que abortó se le dio un año
de condena condicional y a la que inhumó el cuerpo se le condenó por
dos años, a pesar de que la pena mínima para los dos delitos es de seis
meses.
Durante este tiempo, las mujeres tendrán que presentarse al juzgado
cada 15 días. Además, tuvieron que pagar una fianza de la que la FGE no
informó el monto.
Esto ocurrió luego de que ambas jóvenes presuntamente admitieran su
culpabilidad de los hechos y aceptaran el “procedimiento abreviado”
–establecido en el nuevo sistema penal acusatorio–, con el que se
reduciría su tiempo procesal e incluso su sentencia.
De acuerdo con el Código de Procedimientos Penales de Chihuahua, se
requiere que el Ministerio Público solicite este procedimiento, que el
imputado admita el hecho en libertad y bajo el conocimiento de sus
derechos que el juez acepte este proceso, y que la víctima u ofendido
no presente oposición fundada.
Mariela Castro Flores, activista de la Red por los Derechos Sexuales y
Reproductivos en México (Ddeser), señaló que si bien esta medida dejó
en libertad condicional a ambas mujeres, se desconoce si se cumplía con
todos los requisitos para admitirla y si traerá verdaderos beneficios
para las jóvenes.
Según documentó Ddeser, desde el inicio de la detención las mujeres no
contaron con una defensa legal adecuada, ya que si bien se les otorgó
un abogado de oficio a cada una, ninguno de ellos presentó argumentos
para impedir que fueran sentenciadas.
Agregó que el procedimiento estuvo “viciado de origen”, ya que la
Fiscalía las exhibió en medios de comunicación antes de que fueran
enjuiciadas, y los diarios locales publicaron sus direcciones
personales.
A esto se suma que la Fiscalía no concedió ninguna medida de seguridad
para las jóvenes, cuya sentencia las obliga a regresar a sus casas sin
posibilidad de cambiar de domicilio y bajo el riesgo de ser agredidas y
amenazadas por las personas que manejan un discurso de odio en contra
de quienes interrumpen su embarazo.
Mariela Castro consideró que esta sentencia es en realidad una “medida
provisional” a fin de “desgastar el tema”, para que en uno o dos años
se dicte una sentencia definitiva en la que se condene a las mujeres
con la pena máxima en cada delito. Además, el hecho de que tengan que
presentarse a firmar cada 15 días las mantiene sometidas al sistema
penal.
Para la representante de Ddeser, toda la violencia institucional y en
medios de comunicación que pasaron las mujeres tuvo que ser considerada
por el juez para dejarlas en libertad.
Castro Flores informó que además de estas violaciones al debido
proceso, en días pasados la Comisión de Derechos Humanos de Chihuahua
(CDHCH) abrió –ante la presión de organizaciones civiles– una queja de
oficio (que consta en el expediente 224-2015), por la presunta
violación tumultuaria contra una de las jóvenes al interior del Centro
Estatal de Reinserción Femenil de Ciudad Juárez.
La agresión contra la mujer fue tal que tuvo que presentarse a su
última audiencia ante el Juzgado de Garantías en silla de ruedas, sin
que esto –ni las múltiples fallas en el proceso penal– fueran un
obstáculo para que la sentenciaran.
SIN RESPETAR DERECHOS
En entrevista con Cimacnoticias, Carlos Gutiérrez Castro, visitador
general de la CDHCH, constató la existencia de la queja y agregó que el
constante hostigamiento contra las jóvenes pudo haber provocado que
aceptaran –sin asesoría legal– la aplicación del “procedimiento
abreviado”.
El funcionario opinó que las mujeres no debieron estar sometidas a este
proceso penal, ya que es contrario a las leyes que reconocen los
derechos de la población femenina a una vida libre de violencia y a los
tratados internacionales que defienden el derecho de las mujeres a
decidir sobre su maternidad.
Además, según la información que solicitó Gutiérrez Castro al penal de
Ciudad Juárez, aunque es parte de su función, las autoridades del
reclusorio femenil no abrieron una investigación por la agresión sexual
en contra de una de las mujeres ni determinaron medidas de seguridad.
A falta de una adecuada defensa legal, la mujer que interrumpió su
embarazo tuvo que contratar un abogado particular y la joven que fue
acusada de inhumación aceptó que Saúl Hernández, coordinador de litigio
estratégico del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la
representara.
En entrevista, Saúl Hernández dijo que apenas se va a reunir con la
mujer y su familia a fin de documentar todas las violaciones al debido
proceso que se registraron desde su detención hasta el momento de la
sentencia, para buscar la libertad de ambas jóvenes.
Además, el abogado va a investigar en la FGE por qué no se condenó a
las mujeres a la pena mínima, como lo establece el Código Penal estatal
como beneficio de los procesos abreviados.
Según Ddeser, actualmente en Chihuahua cuatro mujeres enfrentan un
proceso penal por el delito de aborto. Dos de ellas ya fueron
sentenciadas, pero ninguna fue encarcelada porque en uno de los casos
se pagó una fianza de 45 mil pesos, y en el otro prescribió la
acusación porque el delito superó los dos años de haberse cometido.
CIMACFoto: César Martínez López
Por: Angélica Jocelyn Soto Espinosa
Cimacnoticias | México, DF.-
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