La Presidencia de la República interpuso ayer un recurso
de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por
la suspensión de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores
Públicos que el pasado día 7 concedió el ministro Alberto Pérez Dayán,
al considerar que se fundamentó
incorrectamenteconforme a la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional, porque antes debe resolverse el fondo de la controversia.
La Consejería Jurídica del Ejecutivo federal, en representación del Presidente de la República (Andrés Manuel López Obrador) interpuso un recurso de reclamación en contra de la suspensión otorgada, por considerar que el artículo 64 de la Ley Reglamentaria de las fracciónes I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expresamente indica que la admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma cuestionada, informó la Presidencia en un comunicado.
El consejero jurídico, Julio Scherer Ibarra, también argumentó en
este primer recurso promovido por el gobierno de López Obrador, que la
interpretación del ministro instructor de que los efectos de las normas
cuestionadas podrían afectar los derechos humanos de terceros
desatiende los requisitos procedimentales expresos que establece la propia ley reglamentaria.
Subrayó que la suspensión concedida
se fundamentó incorrectamenteen el artículo 59 de esa norma, que
establece que para el trámite de acciones de inconstitucionalidad, en lo que no se encuentre previsto se aplicarán las disposiciones relativas a las controversias constitucionales.
No obstante, señaló que el artículo 64 de la citada ley
sí prevé la figura de la suspensión, y al respecto dispone que no procede la misma en acciones de inconstitucionalidadpresentadas.
La Presidencia recordó que la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos fue la primera en promover una acción de inconstitucionalidad
ante la SCJN en contra de la Ley Federal de Remuneraciones de los
Servidores Públicos, así como de la reforma al Código Penal Federal,
publicados el pasado 5 de noviembre. Posteriormente, un grupo de
senadores –de PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, así como algunos
independientes– promovieron otra acción.
Sobre esta última, el ministro Pérez Dayán concedió la suspensión
para que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los
poderes de la Unión y de los demás entes públicos para el ejercico 2019
no sean fijadas en términos de la ley reclamada, sino exclusivamente por lo dispuesto en los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución federal, así como el tercero transitorio del decreto de reforma constitucional publicado el 24 de agosto de 2009, hasta en tanto se resuelva de fondo la controversia.
Más tarde, Scherer Ibarra consideró, a pregunta expresa, que
probablemente el recurso que interpuso se resolverá hasta el siguiente
año,
porque ya la Corte sale de trabajar; ya fue turnado a la ponencia del ministro Javier Laynez, pero entiendo que seguramente se verá cuando ellos regresen de vacaciones, periodo que abarca del 15 de diciembre al 2 de enero.
Alma E. Muñoz y Néstor Jiménez
Periódico La Jornada
No hay comentarios.:
Publicar un comentario