Ciro Murayama*
La Jornada
Hace 30 años, en 1989, Baja
California se erigió como un faro en la democratización de México: fue
el primer estado donde ocurrió un triunfo opositor en la elección a la
gubernatura. De entonces a la fecha el cambio político local es la
caraterística dominante: sólo en las 35 elecciones a gubernaturas
celebradas entre 2015 y 2019, en 23 han ganado candidatos de partidos
opositores, un índice de alternancia de 69.7 por ciento.
Hoy Baja California es un contraejemplo de abuso contra el respeto al
sufragio y a la legalidad. La decisión del Congreso local de ampliar el
periodo de mandato del gobernador electo de dos a cinco años, con el
aval de tres de los cinco ayuntamientos, debe ser corregida en el
contexto del Estado de derecho.
Desde 2014 se publicaron las reformas constitucionales a la Carta
Magna de Baja California en las que se establecía que el gobernador
electo en 2019 iniciaría funciones el primero de noviembre de este año y
concluiría el 31 de octubre de 2021. Ello, con el fin de homologar en
el futuro la elección de esa gubernatura con la celebración de comicios
federales. Lo mismo ocurrió en otras entidades, donde ya se han electo
gobernadores por periodos de dos años, como en Veracruz y Puebla
(2016-2018), sin contratiempo alguno.
Pero en Baja California, una vez arrancado el proceso electoral
2018-2019, cuando el Instituto Electoral local emitió la convocatoria a
la gubernatura, se presentaron impugnaciones respecto al periodo de
ejercicio del Ejecutivo local. El Tribunal Electoral del estado dio la
razón a los quejosos ampliando, en contra de lo previsto en la
Constitución desde 2014, el periodo del gobernador a cinco años.
Intervino entonces el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) y en marzo enmendó el asunto incluso sin entrar al
fondo: la demanda fue presentada fuera de manera extemporánea y por
tanto se desechó (sentencia SUP-JRC-5/2019 y acumulados). Así que la
convocatoria quedó firme.
Ya en abril, Jaime Bonilla Valdez, abanderado de la coalición Juntos
Haremos Historia, interpuso recurso de inconformidad contra el registro
de su candidatura (así como se lee) a efecto de controvertir el plazo de
dos años que duraría el cargo para que se postuló. Otra vez, el
Tribunal Electoral local ignoró la reforma constitucional firme y
concedió la pretensión del político, pues ordenó una adenda a la
convocatoria de la gubernatura en la que se estableciera que su periodo
de gestión se incrementaría ya no a cinco, sino a seis años.
El PAN y el PRI se inconformaron, de nuevo, ante el TEPJF y la Sala
Superior volvió a revocar la decisión del tribunal local. Quedó claro
que se votaría para un gobernador de dos años. En esas condiciones los
bajacalifornianos fueron a las urnas y, con claridad, otorgaron ese
mandato, por ese periodo de tiempo, a Jaime Bonilla.
Ya con la constancia de gobernador electo para el periodo 2019-2021,
Bonilla logró que el Congreso saliente, con mayoría de diputados que no
son de su partido, ampliara la duración del periodo para el cual fue
electo. Los cabildos de Ensenada, Playas de Rosarito y Tecate, no así el
de Mexicali, culminaron la burda operación.
Corresponde ahora a la Suprema Corte de Justicia de la Nación
deshacer el entuerto. De acuerdo con el artículo 105 de la Constitución
general los partidos políticos pueden interponer acciones de
inconstitucionalidad contra decisiones legislativas locales en materia
electoral. A los actores políticos les honraría llevar mano en el
combate al atropello que quiere imponerse sobre los bajacalifornianos.
* Consejero del Instituto Nacional Electoral.
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