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La Comisión de Igualdad
de Género de la Cámara de Diputados aprobó una "opinión favorable" para
el dictamen que despenaliza el aborto, ya que adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de Salud en materia de Interrupción
legal del embarazo y salud sexual reproductiva.
Presentada por
las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, la
iniciativa adiciona la fracción V Bis al artículo 3; el párrafo cuarto
al artículo 10 Bis; el capítulo VI Bis "De la Interrupción Legal del
Embarazo" y el artículo 71 Bis de la Ley General de Salud, para que la
Secretaria de Salud reconozca y garantice el ejercicio de los derechos
sexuales y reproductivos de las mujeres, incluida la Interrupción Legal
del Embarazo. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Salud a fin de
continuar con su análisis.
Las y los diputados iniciadores
consideran imprescindible asegurar y garantizar el ejercicio de los
derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sin opugnar la libertad
de conciencia.
Por ello, proponen conciliar ambos derechos,
asegurando que las instituciones de salud garanticen la existencia de
personal que no oponga la objeción de conciencia para realizar los
procedimientos de interrupción legal del embarazo a las mujeres que así
lo soliciten.
Las y los legisladores del grupo parlamentario de
Morena consideran que todo ello coadyuvará decididamente a garantizar
un acceso efectivo de las mujeres a sus derechos sexuales y
reproductivos, así como a la no discriminación.
Sobre la
importancia de la despenalización del aborto en la protección amplia de
los derechos de las mujeres, las y los diputados iniciadores señalan
que, conforme a la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de
México, es importante considerar que de abril de 2007 a julio de 2019 se
realizaron 214.165 interrupciones legales de embarazo a mujeres
procedentes de todos los estados de la República, incluyendo a
extranjeras.
En la Iniciativa se establece que la Secretaría de
Salud por medio de personal capacitado para tales efectos, deberá
proceder a la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas y en
aquellos otros supuestos permitidos por la ley, en condiciones de
calidad, cuando la mujer interesada así lo solicite.
Para tales
efectos, a solicitud de la interesada, la Secretaría de Salud
proporcionará servicios de consejería médica y social con información
veraz y oportuna.
Asimismo, se establece que el personal médico
y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá
ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la
prestación de servicios que establece esta Ley.
Las
instituciones públicas de atención médica deberán contar en todo momento
con personal no objetor de conciencia para los procedimientos médicos
que deben garantizar.
Antecedentes, Ciudad de México y Oaxaca
Esta
iniciativa toma como base la propuesta de reforma constitucional
presentada con anterioridad por el diputado Porfirio Muñoz Ledo en el
punto al derecho a la sexualidad, al libre desarrollo de la personalidad
y a la autonomía reproductiva, y es donde se cimienta la necesidad de
generar ejercicios democráticos de parlamento abierto a través de foros
nacionales en dicha materia.
Los foros de parlamento abierto
se realizaron en 22 ciudades de 20 estados de la República con la
participación de académicas, de personas de la función pública y
sociedad civil organizada, quienes tienen la experticia en la generación
de políticas públicas para garantizar los derechos que permitan
alcanzar la igualdad sustantiva.
La iniciativa fue presentada
por el Grupo Parlamentario de Morena el 31 de octubre de 2019 y se
turnó, en ese entonces, a la Comisión de Salud para dictamen y a la
Comisión de Igualdad de Género para opinión.
Con fines de
incluir todas las voces, consideraron la iniciativa ciudadana "Con
proyecto de decreto para la reforma del Código Penal Federal sobre el
aborto, el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de
Salud, para despenalizar y legalizar el aborto en nuestro país" que fue
canalizada por la organización de mujeres Rosas Rojas.
Esta
iniciativa se presentó de manera pública a mujeres feministas
independientes y a los miles de mujeres que se han movilizado en todo el
país.
Igualmente, manifiestan que la iniciativa objeto de
opinión ha retomado elementos del debate normativo que se dio en torno a
la interrupción legal del embarazo en la Ciudad de México, así como de
la reforma recién aprobada en la materia en el Código Penal para el
estado de Oaxaca.
En las consideraciones se destacó que la
desigualdad económica es un factor determinante en la vulneración de los
derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, pues en condiciones
económicas favorables y contextos privilegiados ellas logran acceder a
la interrupción voluntaria del embarazo, mientras que las que están en
condiciones económicas precarias, contextos hostiles y lugares de
difícil acceso sufren una doble o hasta triple discriminación entre ser
mujer, ser jóvenes, ser indígenas y ser pobres.
Y que el
reconocimiento jurídico de los derechos sexuales y reproductivos plenos
de las mujeres constituye acto de justicia social, que forma las bases
para que en todo el territorio mexicano se consolide el acceso universal
y seguro a la interrupción legal del embarazo.
Es necesario
realizar una reforma integral en materia de salud sexual, con la
finalidad de lograr una armonía entre las legislaciones y evitar una
"antinomia" jurídica.
Como resultado de las diversas propuestas
razonadas de los Parlamentos Abiertos se concluyó que, para alcanzar de
manera efectiva en el ejercicio de los derechos sexuales y
reproductivos de las mujeres, bajo una perspectiva de género, se debe:
Garantizar y hacer justiciable la interrupción legal del embarazo
conforme a los protocolos internacionales en la materia, estableciendo
un ejercicio de derecho comparado respecto de las formas y
especificaciones de practicar la interrupción del embarazo en los países
que ya tienen consolidada dicha práctica de salud pública.
Garantizar cuando en el legítimo uso de su derecho al libre desarrollo
de la personalidad, cuando lo soliciten voluntariamente ante la sanidad
pública, podrán ser intervenidas con el objeto de no volver a procrear.
Garantizar y hacer justiciable la autonomía reproductiva de las mujeres
quienes, en el legítimo uso de su derecho al libre desarrollo de la
personalidad, a través de políticas públicas de la más alta calidad en
materia de salud, contando en todo momento con el asesoramiento,
acompañamiento y finalización de los diversos tratamientos que esta
legislación señale, conforme a las políticas de inclusión social.
Se reconoció que existe un rezago a nivel nacional en la protección y
garantía de los derechos sexuales y reproductivos, así como a contar con
información clara y oportuna.
Por ello, es necesario
transformar la concepción que ve a las mujeres como sujetos de tutela,
para ser sujetos de derechos capaces de exigir y ejercer derechos y
libertades sobre nuestro cuerpo.
Considerar el embarazo
adolescente como un grave problema de salud pública, y es obligatorio
dar cumplimiento a la recomendación 31 de la Convención para la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW), consistente en la creación, aplicación y evaluación de
protocolos y políticas públicas para proteger y garantizar los derechos
reproductivos de las mujeres.
A pesar de que en muchos códigos
penales se prevén causales excluyentes del delito en casos de violación,
el personal médico, en muchas ocasiones, prefiere evadir la práctica,
lo cual significa una violación de los derechos de las mujeres a la
salud, la integridad física, psicológica y sexual y los derechos y
libertades reproductivas.
Para lograr la progresividad de los
derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, se necesita también
reeducar, sensibilizar y capacitar a las y los servidores públicos con
perspectiva de género respecto a la protección, respeto y garantía de
los derechos de las mujeres.
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