5/07/2015

Visión de género aún no aterriza en el nuevo sistema penal

Prevalecen argumentos “sexistas y misóginos” en sentencias

El nuevo sistema de justicia penal acusatorio, mejor conocido como juicios orales, aún no incluye la perspectiva de género, por lo que grupos civiles aseguraron que es necesario revisar los argumentos “sexistas y misóginos” que se plasman en las sentencias que emiten los tribunales.

Las organizaciones Equis: Justicia para las mujeres, Fundar Centro de Análisis e Investigación, y la clínica jurídica “Justicia y Género” del Programa Universitario de Estudios de Género de la UNAM aseguraron que aún hay pocas sentencias con perspectiva de género, porque no se han resuelto las deficiencias del Poder Judicial.

Al presentar el sitio web “Justicia y Género: buenas prácticas judiciales con enfoque de género”, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, las y los especialistas señalaron que al revisar las sentencias encontraron que el personal judicial sigue replicando estereotipos y añejas valoraciones y creencias.

Cécile Lachenal, investigadora de Fundar Centro de Análisis e Investigación, explicó que al revisar sentencias de casos penales en el estado de Oaxaca encontraron que aún falta que en estos procesos el personal valore el contexto en el que viven las mujeres.

Detalló que de esta revisión encontraron que en las resoluciones se ha implantado una buena práctica, el hecho de que ahora jueces y juezas incluyan la obligación de reparar el daño causado a las víctimas, lo cual, aseguró, “es un buen avance”. 

Sin embargo, Lachenal dijo que todavía no hay un análisis del contexto en el que sucede un crimen porque si bien la gran mayoría de las sentencias incluyen una reparación, en general ésta siempre se refiere a pagar una terapia para la ofendida, como si ahora hubiera un modelo que se copia.

Por ejemplo, destacó que en las sentencias que revisaron sobre  violación sexual, la pena es la misma, sin importar si la mujer víctima era indígena, de la ciudad o menor de edad, siempre se castiga con ocho años de prisión para el agresor.

Esto, declaró, no significa que haya perspectiva de género que tome en cuenta la situación de cada mujer ni que analice las circunstancias en que se cometió el delito. “Las viejas prácticas se trasladaron al nuevo procedimiento oral”, sostuvo.   

En ese sentido, observó que aún hay pocas sentencias con perspectiva de género y justo por ello la página web da a conocer los argumentos jurídicos que han utilizado los tribunales nacionales e internacionales, y que protegen los derechos de las mujeres.

De acuerdo con las organizaciones que promueven esta iniciativa, el sitio aporta criterios jurídicos para la interpretación del derecho a la igualdad y la no discriminación con base en la teoría de género, el derecho comparado, y uso del derecho internacional de los Derechos Humanos.

La especialista aseguró que la implementación de estos derechos y de la visión de género sigue siendo una asignatura pendiente, y por ello hay que promover la trasparencia judicial a fin de que la sociedad pueda revisar los criterios que se utilizan para garantizar justicia y exigir que se retomen los avances que están en las normas.

Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.- 

  

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