9/18/2019

Reformar el artículo 130 constitucional ?


El pastor Arturo Farela, presidente de la Confraternidad Nacional de Iglesias Cristianas Evangélicas (Confraternice), después de haber estado en el ojo de huracanes mediáticos ha decidido emprender otra querella: la reforma al artículo 130 constitucional, que establece la histórica separación entre las iglesias y el Estado. Las polémicas que ha protagonizado Farela han sido la solicitud de concesiones a AMLO de medios electrónicos de radio y televisión para las iglesias y el segundo, fue el estruendo por haberse propuesto distribuir la Cartilla moral, escrita por Alfonso Reyes en los años 40 del siglo pasado. Dichas iniciativas de Farela han generado duras críticas de intelectuales, académicos, líderes de opinión y hasta de las propias iglesias, así como de colectivos sociales, como Amedi y República Laica, que observan en los atrevimientos del pastor, la vulneración los principios laicos del Estado. Farela presume su amistad y lealtad al presidente Andrés Manuel López Obrador, con quien ha orado, según él, en Palacio Nacional. De ahí el mote: El capellán de la 4T. Esta amistad la hace valer como tarjeta de presentación. No satisfecho, ha resuelto cambiar el artículo 130 constitucional para que los ministros de culto puedan acceder a cargos de elección popular, y así, ser votados, llegar a ser alcaldes, gobernadores, diputados e incluso presidentes. En un reportaje, el pastor afirmó: Lo único que pretendemos con esta reforma es que los ministros de culto tengan plenos derechos civiles y políticos, como cualquier otro ciudadano. Eso no atenta contra el Estado laico. ¿Por qué se nos restringe entonces nuestra actuación política? ¡Eso no debe ser! Añade: No es posible que en México tengamos tanto atraso respecto a otros países, donde los ministros de culto sí tienen plenos derechos políticos, como en Estados Unidos, Italia, Suecia, Dinamarca, Guatemala, Costa Rica, Uruguay o Paraguay. ¡No puede ser! Aquí todavía seguimos atrasadísimos en derechos políticos. ( Proceso, 2234, 25/8/19).
Farela, que se dice de vena liberal y admirador de la obra de Juárez, lo ha invocado con vehemencia cuando Fox le besó el anillo al papa Juan Pablo II, ahora lo traiciona. Omite por qué el 130 es un artículo que atempera la actuación política de las iglesias en una historia cargada de conflictos y guerras. No está de más recordarlo: artículo 130: [...] los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados. Quienes hubieren dejado de ser ministros de cultos con la anticipación y en la forma que establezca la ley, podrán ser votados. e) Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo en favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios. Toda libertad tiene limitaciones y todo derecho acotaciones. Un consejero electoral, la ley le prohíbe cargo público o contender en algún proceso electoral por dos años de su separación en el cargo. Mismo para gobernadores, militares o ministros de las cortes. Esto no es coartar sus derechos, son condiciones y límites razonables. Farela exagera, gran parte de las legislaciones electorales de otros países también acotan la participación de los ministros de culto. En Costa Rica se prohíbe el proselitismo político de ministros de culto. La constitución paraguaya tampoco permite ser considerados candidatos los ministros o religiosos hasta un tiempo de separación del ministerio. En Argentina, Brasil o Uruguay no aparece tal prohibición porque los legisladores la consideraron innecesaria pues hasta hace muy poco la interlocución político-religiosa era sólo con la Iglesia católica. Hay que recordar que ésta prohíbe, en su canon 285, que los sacerdotes ocupen cargos públicos. Es falso que en México se discrimine a los ministros de culto sus derechos políticos. Estos para contender deben renunciar a su ministerio cinco años antes de ser votados y tres años para ocupar un cargo público. Se puede cuestionar el largo tiempo de separación, pero hay una enorme diferencia con querer reformar el artículo 130 por estar inspirado en el lejano el siglo XIX. Farela se dice liberal, tacha de conservador y discriminador a quien no piense como él. Su pensamiento bíblico es totalitario, milagrero y teocrático.
Pese a la amistad con AMLO, Farela ha enfrentado duras críticas, ya que varias iglesias evangélicas se han desmarcado de él. El 12 de julio, Ricardo Monreal, coordinador de los senadores de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política, recibió a 30 líderes religiosos con las feligresías más numerosas del país; también acudió el secretario general de la CEM, de la Iglesia católica, Alfonso Miranda. Es el grupo con mayor representatividad evangélica del país. Ahí, además de esbozar una ruta de diálogo jurídico para las concesiones de medios, las iglesias se quejaron y se desmarcaron del excesivo protagonismo de Farela. No sólo no es representativo, dice Abner López, sino exagera su alcance real. Tampoco es reconocido como líder ni representante de las iglesias evangélicas de peso en México. Está claro que para realizar grandes cambios no basta presumir ser amigo del Presidente.

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