Miguel Concha
Preocupa que sintomáticamente
siga habiendo elementos castrenses, incluso de alto rango, que de
manera errónea o tergiversada culpen de causante de la impunidad al
nuevo sistema acusatorio de justicia penal en el país, como expresó
abiertamente hace algunos días un general del Ejército en uno de los
estados del norte. Con ello no sólo no se advierte que posiblemente se
esté denunciando, en efecto, la arbitraria puesta en libertad de
presuntos delincuentes, sino sobre todo que se sigue corriendo el riesgo
de criminalizar a personas inocentes, dejando en libertad a los
verdaderos culpables. Tal conducta puede deberse entre otras cosas
–ciertamente– a posibles fallas en la aplicación de una reforma
constitucional por los agentes judiciales, quienes deben seguir siendo
diligentemente capacitados para su adecuado manejo; a la falta de
conocimiento y experiencia en la persecución del delito, sin violentar
derechos humanos; a vicios inveterados en la persecución del delito y la
procuración de justicia –como la práctica de la tortura–, pero también a
la inconveniencia de que las fuerzas militares se encarguen de labores
de seguridad pública, pretendiendo exacerbar al mismo tiempo las
funciones de su propio sistema de justicia.
Es importante recordar que ante las deficiencias que presentaba el
sistema de justicia penal inquisitivo en México, como violaciones al
debido proceso, retraso judicial, saturación de expedientes, corrupción e
impunidad, en junio de 2008 se realizaron diversas reformas
constitucionales que trajeron como consecuencia transformaciones en
dicho sistema. Estas reformas implicaron la transición de un sistema de
justicia inquisitivo mixto en uno acusatorio, que tiene por objeto el
esclarecimiento de los hechos, la protección del inocente, procurar que
el culpable no quede impune y la reparación de los daños causados por el
delito. A ello se suma el mejoramiento del desempeño profesional de los
operadores judiciales en la procuración e impartición de justicia; el
reconocimiento, respeto y protección de los derechos humanos durante
todo el juicio, y la aplicación de los principios procesales de
oralidad, inmediación, publicidad, contradicción, igualdad,
concentración y continuidad. Para la implementación de este nuevo
sistema de justicia fue necesario capacitar a quienes lo operan, crear o
adaptar nuevas instalaciones y equiparlas, y realizar cambios o ajustes
legislativos y financieros. Luego de cumplirse el término
constitucional de ocho años que se había previsto para ello, en junio de
2016 terminó de entrar en vigencia en todo el país.
Sin embargo, su implementación total aún tiene varios pendientes. Uno
de ellos, fundamental, es el gasto propuesto por el Ejecutivo para la
función de seguridad pública a la Cámara de Diputados, en el Presupuesto
de Egresos de la Federación, el cual incluye las fases de prevención
del delito, procuración y administración de justicia, sanción y
reinserción social, y, como vigilante del escrupuloso cumplimiento de
los derechos humanos en todo el sistema, la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos. Y es que en el presupuesto del 2016 el anexo Acciones
para la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de
espacios públicos y promoción de proyectos productivos era el que hacía
mayor referencia a la prevención del delito, rubro importante en el
ámbito del Poder Ejecutivo Federal, al que corresponde la actuación de
la policía preventiva y la de investigación. Ello no obstante, en el
Proyecto de Egresos de 2017 este rubro desaparece completamente, a pesar
de que esta reforma sigue suponiendo grandes cambios en cuanto a
rancios patrones de conducta y prácticas institucionales, pues se siguen
repitiendo en la actuación de las policías y en el sistema de
procuración y administración de justicia violaciones procesales,
detenciones arbitrarias, tortura y tratos crueles, inhumanos y
degradantes, como lo manifestó Juan E. Méndez, relator contra la Tortura
de la ONU, al presentar en Ginebra un informe en el que señala que la
tortura es generalizada en México, y que ocurre, con fines de castigo e
investigación, en un contexto de impunidad, especialmente desde la
detención hasta la puesta a disposición de la justicia. No debemos
olvidar que la implementación del sistema penal acusatorio deja atrás
también la idea de la readaptación social, para dar paso a la de
reinserción social, la cual reconoce a las personas sentenciadas como
sujetos de derechos.
Sin embargo, las personas privadas de la libertad siguen
estando violentadas en sus derechos humanos, pues, entre otras cosas,
las prisiones en México presentan altos niveles de sobrepoblación y
corrupción, lo que imposibilita condiciones dignas para vivir. Y ello
sin hablar de las deficiencias cuantitativas y cualitativas en el
servicio de la defensoría pública. Debe reconocerse que para que un
sistema penitenciario funcione adecuadamente se precisan dos factores
que se encuentran ligados al trato digno en prisión. A saber, la
disponibilidad de espacios físicos con instalaciones apropiadas, y la
existencia de personal penitenciario capacitado y con condiciones
laborales dignas. Somos conscientes de que para la consolidación del
nuevo sistema de justicia penal en todo el país se requiere tiempo,
voluntad, cambio de mentalidad en las personas que lo operan, y la
exigencia ciudadana constante a las instituciones involucradas. Sin
embargo, también pensamos que los nuevos mecanismos de justicia penal,
bien utilizados, y con el apoyo de suficientes recursos financieros,
administrados y distribuidos de manera honesta y eficiente, permitirán
una investigación y procuración e impartición de justicia adecuada.
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