9/28/2016

Pago de finiquito al dirigente del PRI


Son las incongruencias de un dirigente priista que dice combatir la corrupción
lasillarota.com

La cantidad neta de $1,206,271.81 (un millón doscientos seis mil doscientos setenta y un pesos 81/100 M.N.) que recibiera Enrique Ochoa Reza, actual presidente del Partido Revolucionario Institucional, por renunciar voluntariamente como director general de la Comisión Federal de Electricidad es un caso grave que evidencia actos presuntamente irregulares en perjuicio de instituciones públicas.

Como fuera del conocimiento público Enrique Ochoa presentó un documento dirigido al Presidente de la Republica en el que agradece formar parte de su equipo de trabajo como Director General de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) desde el 5 de febrero de 2014, informando que a partir del 8 de julio de 2016 presenta su renuncia al cargo designado en términos del artículo 48 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.

Dicho artículo 48 señala que el:

“Director General deberá informar al Ejecutivo Federal y al Consejo de Administración sobre el incumplimiento de alguno de los requisitos que debe cubrir para su designación, así como cualquier impedimento que le sobrevenga”. 

No existe evidencia que haya informado al Consejo de Administración de la CFE los motivos de su renuncia como se lo ordena esa ley.

El motivo de su renuncia, en la misiva al Presidente de la República, dice:

“…obedece a la aspiración de participar en el proceso interno para elección de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de mi partido, el Revolucionario Institucional”.

El documento de renuncia tiene los sellos de recibido tanto en la oficina del Secretario Particular del Presidente como del Consejero Jurídico el día 8 de julio de 2016. En su cuenta de twitter, en la misma fecha a las 13:38 horas, aparece un mensaje:


En esa misma fecha, 8 de julio de 2016, aparece un dictamen de la CFE en el que se dan:

“…por terminado por mutuo consentimiento el Contrato Individual de Trabajo y la relación laboral que los liga a partir del día 09 de julio de 2016, mediante el pago de la liquidación y finiquito que establece el mayor beneficio económico a favor del Servidor Público de Mando con las prestaciones establecidas en el artículo 33 fracción II, del Manual de Trabajo para los Servidores Públicos de Mando vigente, en concordancia con la fracción I del artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, las que serán cubiertas en los términos del presente dictamen y que constituyen el importe total de la liquidación, misma que se otorga a solicitud del C. ENRIQUE OCHOA REZA”.

En este documento de dictamen del 8 de julio de 2016 aparece la firma de conformidad de Enrique Ochoa Reza y en el que acepta que la liquidación es a petición del propio renunciante. 

En declaraciones públicas el actual dirigente tricolor, dice que solo fue un sujeto pasivo, cuando los documentos legales demuestran todo lo contrario.

Apenas 4 días después de su renuncia voluntaria, el 12 de julio de 2016, Enrique Ochoa ocupaba la presidencia del Partido Revolucionario Institucional, en un proceso fast track ante el estupor de la militancia priista que se plegaba a la designación presidencial de su aspirante único.

El 24 de agosto de 2016 a las 13 horas, ya siendo presidente del PRI, se presentó a las instalaciones de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, ubicada en la Delegación Azcapotzalco de la ciudad de México, a recibir el cheque número 0000272 del 18 de agosto de 2016, con cargo al Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple por la cantidad neta de $1,206,271.81 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 81/100 M.N.)

La liquidación que se entregó al exservidor público fue realmente extraordinaria porque comprendió el pago de 120 días de salario integrado (en lugar de los 90 días que señala la Ley Federal del Trabajo), 84.86 días de salario diario integrado a razón de 35 días por cada año de servicios prestados (en lugar de 12 días por años con el tope del doble del salario mínimo general a razón de $146.08 que recibe cualquier trabajador y no a razón de los $6 mil 809.59 diarios  como salario diario integrado que se le reconoció), más 20 días por año que se le cubrió con salario integrado, más la parte proporcional de sus prestaciones.

El dictamen se sustentó en el artículo 33 de la Manual de Trabajo para Servidores Públicos de Mando de la Comisión Federal de Electricidad en el que establece dos supuestos: el de separación “Por voluntad propia” y “por liquidación”; la CFE eligió la segunda opción, a pesar de existir evidencia pública y documental que la separación de Enrique Ochoa fue de manera voluntaria. En este último supuesto solo “...después de tres años de servicios” podría recibir una compensación a razón de 80 días de salario base diario de $1,572.42. (en el finiquito se le reconoció un salario mucho mayor que ascendió a $6 mil 809.59 diarios).

El actual dirigente del PRI, tenía generada una antigüedad tan solo de 2 años, 155 días, por lo que tampoco tenía derecho a recibir pago alguno por existir una renuncia voluntaria y no alcanzar la antigüedad necesaria. Sin embargo, se le pagó una cantidad que rebasó las razones de su separación.

Sin embargo, de acuerdo al Dictamen No. T.L. 49/2016 que firmara Jaime Tadeo Castelán Olguín, subgerente de Relaciones Laborales y Karime Slim Ruiz, Jefe del Departamento de Dictámenes de la CFE se acordó entregarle

“…la más alta liquidación que establece el Manual de Trabajo de Servidores Públicos de Mando vigente…”

¿Por qué la Contraloría de la CFE ha guardado silencio ante estos hechos? ¿Por qué se disponen de recursos públicos de manera discrecional como si fueran recursos personales?

Son las incongruencias de un dirigente priÍsta que dice combatir la corrupción.


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