2/18/2010


Análisis de sentencia de la CoIDH por caso Campo Algodonero

Prevenir, investigar y sancionar, puntos clave de feminicidio

Por Gladis Torres Ruiz

México, DF, 17 feb. 10 (CIMAC).- Para la catedrática Patsilí Toledo, experta en el tema del feminicidio, la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra el Estado mexicano por el caso del “Campo Algodonero” en Ciudad Juárez, puede constituir un marco para adoptar o promover nuevas legislaciones que hagan frente a esa violación a los derechos humanos de las mujeres.

Ante las diputadas de la Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento Puntual a las Acciones emprendidas por las autoridades competentes en relación a los Feminicidios registrados en México, la experta destacó la importancia del caso por ser el primero en llegar a la CoIDH por violación a los derechos humanos de las mujeres.

Este caso, dijo, demuestra que el Feminicidio no es un caso aislado sino que forma parte de un patrón sistemático de violación a los derechos humanos de las mujeres, por el sólo hecho de serlo y ahí radica la importancia de la resolución de la Corte.

La catedrática de la Universidad de Barcelona aseguró que el dictamen de la CoIDH, permite reconocer las diversas dificultades judiciales que presentan los múltiples tipos de feminicidios y hacer planteamientos ajustados a las problemáticas propias de cada uno.

La sentencia confirma una regla general del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el reconocimiento de la responsabilidad del Estado en la diligente prevención, investigación y sanción de las violaciones de derechos humanos, aunque los crímenes no hayan sido directamente cometidos por agentes del Estado, enfatizó la especialista.

Es responsabilidad del Estado la prevención del feminicidio, es decir, evitar desapariciones y asesinatos, así como actuar adecuadamente frente a esas desapariciones, dijo.

De igual manera es su responsabilidad investigar de manera seria y adecuada. Y sancionar para evitar la impunidad que hasta hoy distingue éste tipo de asesinatos, ya que una investigación realizada en los tiempos y de la manera adecuada, son fundamentales para prevenir la repetición.

Patsilí Toledo, enfatizó que “cuando se habla de violencia extrema contra mujeres y de feminicidio en particular, siempre hay que pensar en tres fases: prevenir, investigar y sancionar”.

Detalló que en casos de violencia motivada por género (como el feminicidio) la investigación tiene una exigencia adicional de diligencia, pues es necesaria para reiterar la condena social a la violencia contra mujeres y generar confianza en otras posibles víctimas.

En ese sentido, la sentencia de la CoIDH, vincula la responsabilidad del Estado a la responsabilidad de las y los funcionarios en torno a la prevención e investigación diligente de los casos.

“La sentencia permite abrir debates en torno a nuevas herramientas para fortalecer la respuesta del sistema de justicia, así como al reconocimiento de la relevancia de la actuación de los órganos de procuración y administración de justicia o al reconocimiento que la falta de sanción disciplinaria a funcionarios negligentes, contribuye a la impunidad y repetición de los crímenes”, subrayó Patsilí Toledo.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario