6/14/2015

Nestora Salgado, peligrosa por ser mujer e indígena


 


El encarcelamiento de Nestora Salgado, que se ha prolongado por más de 600 días, es muestra del “uso político del sistema penal mexicano para criminalizar a los liderazgos sociales”, sobre todo cuando se trata de mujeres e indígenas, considera la defensa de la excomandanta de la Policía Comunitaria de Olinalá, Guerrero. Su representante ante instancias internacionales, Alejandra Gonza, añade que las autoridades penitenciarias calificaron a Nestora como una mujer de “capacidad criminal alta” y que, a partir de esta valoración, fue sometida a un régimen de confinamiento

Un espacio de 3 por 3 metros cuadrados con una pequeña ventana incrustada en una de las paredes. Un techo de chapa. Una luz artificial encendida la mayor parte del tiempo. Asfixia y bochorno entre muro y muro.
Una mujer sin compañeras de celda. Sin posibilidad de inmiscuirse en actividades recreativas. Restringido su acceso a los espacios comunes. Castigada cuando, como consecuencia de su condición humana, busca la interacción con las otras. La soledad entre muro y muro.
En las escasas pláticas con sus abogados y familiares, Nestora Salgado García ha podido apenas esbozar las condiciones de su encierro. Hasta el cierre de esta edición, ella, la excomandanta de la Policía Comunitaria de Olinalá, Guerrero, permanecía recluida en el Centro Federal de Readaptación Social de Tepic, Nayarit, acusada de secuestro: más de 600 días prisionera en una cárcel de alta seguridad sin que siquiera se le haya dictado sentencia. También se encontraba en huelga de hambre.
Una “calificación arbitraria” justifica el régimen de confinamiento al que ha sido sometida Nestora Salgado al interior del penal, refiere la Alejandra Gonza, quien desde la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle ejerce su representación jurídica ante las instancias internacionales.
La maestra en derechos humanos por la Universidad Pontificia de Salamanca, España, comenta que recientemente tuvieron acceso a un documento a cargo de las autoridades penitenciarias que, con base en las condiciones naturales de lideresa de Nestora Salgado, la califica como una mujer de “capacidad criminal alta”.
Dicha valoración tendría sustento en las declaraciones de un diputado local del Partido Revolucionario Institucional que, sin más, acusa a Nestora Salgado de estar en contacto con el crimen organizado y con la guerrilla, además de enfatizar en el poder de convencimiento que la mujer de origen indígena ejerce sobre su comunidad. Se cimentaría, asimismo, en los resultados de un supuesto examen sicológico que se le practicó al principio de su reclusión.
A decir de Alejandra Gonza, el contenido de este documento evidencia factores de “alta discriminación” en contra de Nestora Salgado, en razón de su género y su rol en una sociedad de machismo institucionalizado. Discriminación y, al mismo tiempo, criminalización por ser mujer lideresa de su comunidad.
Como muestra de estas consideraciones discriminatorias, la litigante alude a un párrafo del documento en cuestión en el que se concluye, entre otras cosas, que Nestora Salgado percibe como “castrante” su ambiente familiar y de forma distorsionada a las figuras masculinas, lo que la lleva a desempeñar el rol de las mismas dentro de un contexto social donde la figura femenina debe ser sumisa y permisiva.
Es por esta “calificación arbitraria” de mujer de “capacidad criminal alta” que Nestora Salgado ha sido sometida al más estricto régimen de confinamiento: ha permanecido de 22 a 24 horas diarias en su celda bajo estricta vigilancia, sin acceso a las condiciones que tiene el resto de la población carcelaria.
Al abordar este tema, Gonza recuerda un episodio denunciado por Nestora durante los primeros días de su encarcelamiento: el cómo al interior del penal la obligaban a vestirse como hombre, al tiempo que le decían “ya que quieres tomar el rol de los hombres, vístete como uno”.

Criminalización de los liderazgos sociales

En un sistema judicial autónomo e independiente, cualquier decisión relativa a la privación de la libertad de una persona debe ser ordenada por un juez. En el caso de Nestora Salgado García no fue así. La decisión de su traslado al Centro Federal de Readaptación Social de Tepic, Nayarit, penal de alta seguridad, provino del entonces secretario de Seguridad Pública y Protección Civil de Guerrero, Sergio Lara Montellanos.
Lo anterior consta en un documento oficial a cargo de la Fiscalía General de Guerrero. De acuerdo con éste, desde las 10 horas del 21 de agosto de 2013, es decir, 6 horas antes de la aprehensión de la excomadanta de la Policía Comunitaria de Olinalá, Lara Montellanos había girado un oficio al comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social de Nayarit para solicitar la autorización de ingreso de esta mujer.
El hecho otorga fuerza a la interpretación de la defensa de Nestora Salgado, que sostiene que el caso es muestra fehaciente del “uso político del sistema penal mexicano para criminalizar a los liderazgos sociales”.
Y es que, como explica Alejandra Gonza, quien desde la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Seattle ejerce la representación de Nestora Salgado ante las instancias internacionales, la falta de petición fundada y motivada del Ministerio Público así como de orden judicial respecto del traslado de su defendida evidencia que la decisión fue de carácter político.
El objetivo, precisa, era sacar a Nestora Salgado del panorama en Guerrero y alejarla de su familia y su comunidad por medio del uso del sistema penal. De la misma manera, se buscó obstaculizar la labor de su defensa legal –en contra del principio de justicia pronta y expedita–, pues aunque ella fue ingresada a un penal con sede en Tepic, Nayarit, los tres procesos que enfrenta en la actualidad radican en juzgados de Tlapa, Guerrero, a más de 1 mil kilómetros de distancia. Ello implica, por ejemplo, que un simple exhorto tarde alrededor de 4 meses en llegar de un lugar a otro.
Para Alejandra Gonza, maestra en derechos humanos por la Universidad Pontificia de Salamanca, España, hay otros elementos que encajan en el patrón de criminalización de esta lideresa social. Por un lado, el que se le hayan imputado delitos graves como secuestro, lo que la llevó en automático a la prisión preventiva, sin posibilidad alguna de ser juzgada en libertad; por el otro, que los procesos en su contra estén cimentados básicamente en las declaraciones de la parte acusadora sin ningún otro tipo de evidencias o investigación de calidad.
El cúmulo de violaciones al debido proceso de Nestora Salgado –exdirigente de un órgano que, ante la ineficiencia gubernamental y su colusión con la delincuencia organizada, asumió como suya la responsabilidad de proveer seguridad y justicia a las comunidades– contribuirían a sustentar la tesis de la criminalización de su liderazgo, vía el uso faccioso del sistema penal.
Al respecto, Leonel Rivero Rodríguez, su abogado en el ámbito nacional, afirma que las inconsistencias por parte de agentes del Ministerio Público y jueces del fuero han sido constantes en cada uno de los procesos instaurados en contra de Nestora Salgado. Demoras en la resolución de su situación jurídica, falta de notificación consular (dada su doble nacionalidad: mexicana y estadunidense), negativa inicial de contar con un abogado de su confianza y obstrucción de su derecho a la defensa adecuada, son algunas de ellas.
El integrante de la organización civil Defensa Estratégica en Derechos Humanos recuerda que, en marzo de 2014, el Tribunal Unitario del Vigésimo Cuarto Circuito revocó el auto de formal prisión en contra de Nestora Salgado por los delitos de secuestro y delincuencia organizada, derivados del proceso federal que enfrentó. Es por ello, argumenta el litigante, que sostener la misma acusación en el fuero común significa faltar, incluso, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 23 establece que “nadie debe ser juzgado dos veces por el mismo delito”.
A decir de Alejandra Gonza, un elemento más, en este caso de contexto, colocaría a su defendida como rehén del Estado mexicano. Nestora Salgado fue aprehendida a escasos 6 días de haber ejecutado, en cumplimiento de su cargo de comandanta de la Policía Comunitaria –el que asumió por decisión de asamblea–, la detención de Armando Patrón Jiménez, síndico procurador del ayuntamiento, quien fuera sorprendido borrando evidencias de un doble homicidio. Así, apunta Alejandra Gonza, “lo que genera el ensañamiento del gobierno en su contra era salvar a un funcionario público que estaba siendo detenido por el sistema comunitario”.
En diciembre de 2013, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, misma que a la fecha no ha informado sobre el estatus de las tres quejas que recibió a propósito del caso de Nestora Salgado, dio a conocer su Informe especial sobre los grupos de autodefensa y la seguridad pública en el estado de Guerrero. En la página 86 del citado documento se lee: “Debe señalarse que, sin prejuzgar sobre la responsabilidad penal de los involucrados, resulta preocupante para este organismo nacional la forma en que se condujeron las autoridades del estado de Guerrero, quienes han realizado diversas acciones que aparentan un uso político de la justicia con la finalidad de criminalizar la actuación de ciertos grupos y personas; ejemplo de ello es solicitar el internamiento de la coordinadora de la policía comunitaria en un centro penitenciario alejado de sus familiares, sin dejar de observar que el delito que se le imputa –secuestro– pudiera estar relacionado con el tipo de actividades que realizaba en sus labores de policía comunitaria –como lo es la retención de personas–, las cuales fueron avaladas, reconocidas y apoyadas por el gobierno del estado de Guerrero”.
Para Alejandra Gonza, es claro que la ley está del lado de Nestora Salgado. El problema, dice, es que en México el marco jurídico simplemente no se aplica por actos de acción u omisión de las distintas autoridades de administración y procuración de justicia.
Harta de las arbitrariedades en su contra, tanto de carácter procesal como de las propias condiciones de su encierro, el pasado 5 de mayo, Nestora Salgado inició una huelga de hambre, protesta con la cual logró que el Estado mexicano retomara el diálogo con su defensa y familia en el marco de las medidas cautelares que a su favor dictó la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que van encaminadas primordialmente a salvaguardar su integridad física.
El principal acuerdo de este encuentro, que tuvo lugar en la sede de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, fue el traslado de la excomandanta a un penal del fuero común. Compromiso de gobierno que hasta el cierre de esta edición no había sido ejecutado.
La meta de los abogados de Nestora Salgado apunta, sin embargo, a lograr su libertad definitiva. “Nosotros no estamos celebrando nada. El Estado mexicano está cumpliendo con sus obligaciones internacionales de forma muy lenta y mínima. Vamos haciendo lo mínimo indispensable y necesitamos un compromiso fuerte con medidas claras que pasen del discurso político a verdaderamente la libertad de esta persona”, sentencia Alejandra Gonza.
Para conocer la postura del gobierno federal ante los procesos contra Nestora Salgado, la huelga de hambre de la comnadanta y las denuncias sociales de que su encierro es un asunto político, Contralínea solicitó entrevista con el subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Roberto Campa Cifrián. Sin embargo, hasta el cierre de edición no se pudo concretar.

Flor Goche, @flor_contra
[Sección: Sociedad]

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