10/04/2016

EPN: avión presidencial e integridad ausente


El mundo al revés por Ernesto Villanueva

(AP)
El texto del equipo de investigaciones de Aristegui Noticias da cuenta de un acto que viola la ley y vulnera la ética pública: el uso de recursos públicos para fines privados. Eso es lo que sucede con el uso del avión presidencial al dar cabida a personas que viajan en giras oficiales por la única razón de ser familiares o amigos de EPN, su esposa o sus hijos.
Los “Peñabots” (y algunos verdaderamente convencidos) despliegan aquí sus esfuerzos para desacreditar este ejercicio periodístico. Qué importa que viajen en el avión presidencial – si hay lugar y cuesta lo mismo, razonan. Se trata de minucias, afirman otros más. Lo cierto es que el tema central no es si cuesta mucho, poco o nada, sino se respeta o no la ley y, mejor todavía, si existen un código interno de moral pública que sabe distinguir lo correcto de aquello que no lo es. Ese es el tema sobre el que gira el reportaje.
Hay que recordar, por ejemplo, el tobleronegate que protagonizó la parlamentaria sueca Mona Sahlin- precandidata única a primera ministra de ese país- quien tuvo la osadía de comprar con la tarjeta de crédito oficial una barra de chocolate toblerone. El problema no fue que la haya comprado, sino que no haya devuelto el importe del costo de ese chocolate a la tarjeta oficial. Ese desliz le costó no sólo la posibilidad de llegar a primera ministra de Suecia, sino debió abandonar su carrera parlamentaria por varios años. Tiempo después incluso escribió un libro haciendo una larga reflexión de por qué hizo semejante acto. El quid del asunto no era si el chocolate era caro o barato.  Fue un tema de confianza, de falta de integridad que la exigente sociedad sueca no le perdonó a Sahlin.
En México la corrupción se ha internalizado en la conducta de EPN y de su entorno. Pervive en ellos la cultura patrimonial del poder, según la cual lo suyo es suyo y lo público también.
El artículo 7 de la más reciente Ley General de Responsabilidades Administrativas tiene, al menos cuatro conductas que le son aplicables a EPN y a su esposa ( quien es servidora pública a la luz de lo previsto en el artículo 2 que a la letra dice: “A los efectos de la presente Convención: a) Por “funcionario público” se entenderá: i) toda persona que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial de un Estado Parte, ya sea designado o elegido, permanente o temporal, remunerado u honorario,”) que dispone lo siguiente: “ Los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público. Para la efectiva aplicación de dichos principios, los Servidores Públicos observarán las siguientes directrices: II. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización; III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población; IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva; VIII. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general;”.
El problema no es sólo que en México la impunidad goza de cabal salud, sino que el presidente tiene fuero constitucional y durante su encargo sólo puede ser procesado por traición a la patria y delitos graves del orden común. Es por lo anterior que estas conductas indebidas carecen de sanción legal. Queda, empero, la denuncia pública que se plasma con el reportaje en cuestión. Este debe abrirse paso entre la uniformidad mediática local que defiende por consigna lo que hace o lo que deja de hacer el presidente, la cobertura de la prensa extranjera que entiende el significado y el interés público de este nuevo yerro de EPN y la labor pedagógica que debe llevarse a cabo para que quienes piensen (pocos, pero los hay) que “no es para tanto”, vean el tema desde la óptica de la ética pública y el cumplimiento de la ley.
Pd. Les recuerdo que en atención a las sugerencias de ustedes he abierto una petición en change.org para que se elimine la figura de los “Peñabots” del Presupuesto de Egresos de la Federación por ser contraria a lo dispuesto por los artículos 6º y 134 de la Constitución Política. Los invito a que se sumen a firmar esta petición.

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