4/16/2019

En manifestaciones, primero la advertencia


El uso de armas de fuego se considera una medida extrema, por lo que no podrán emplearse como señal de advertencia o para controlar o dispersar manifestaciones, indica la propuesta de ley nacional sobre el uso de la fuerza que fue enviada al Senado.
De acuerdo con el proyecto, parte de las cuatro iniciativas de leyes secundarias de la Guardia Nacional, los cuerpos de seguridad sólo podrán usar la fuerza cuando sea estrictamente necesario, según las circunstancias para la prevención de un delito y detener de forma legal a una persona.
El texto argumenta que las manifestaciones civiles que se tornen violentas deberán enfrentarse con medios no letales, además, el que utilice la fuerza en cumplimiento de sus funciones deberá realizar un reporte a su superior jerárquico inmediato y se integrará una copia a su expediente.
El bloqueo civil de avenidas no ameritará en ningún caso el ejercicio de la fuerza letal; las detenciones realizadas por integrantes de las instituciones de seguridad pública durante las manifestaciones civiles atenderán los principios de máxima publicidad, debido proceso y plena identificación de los detenidos.
Los efectivos que portarán armas serán los que aprueben la capacitación y éstas serán de tipos no letales, como bastón o tolete, dispositivos de descargas eléctricas, esposas; y letales como las armas de fuego permitidas en la respectiva ley federal.
El uso de la fuerza se regirá bajo los principios de legalidad, absoluta necesidad, que es la última alternativa para tutelar la vida e integridad de las personas o bienes protegidos, y de proporcionalidad, es decir, acorde con el nivel de fuerza de la otra parte.
La iniciativa propone cinco niveles de reacción para emplear la fuerza, que son los controles cooperativos, es decir, indicaciones verbales, control mediante contacto, técnicas de sumisión, tácticas defensivas y fuerza letal.
Agrega que el uso de la fuerza sólo se justifica cuando la agresión es real, actual, inminente y letal; asimismo, las instituciones de seguridad pública emitirán protocolos de actuación y los efectivos recibirán entrenamiento de técnicas de solución pacífica de conflictos, como la negociación, control de multitudes y otros medios que permitan limitar al máximo el uso de la fuerza en los niveles de armas no letales y de fuego.
Precisa que las instituciones de seguridad deberán contar con una base de datos que contenga el registro de huellas y características de proyectiles u ojivas, así como de las armas de los policías.
Dennis A. García
Periódico La Jornada

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