12/13/2011

Urge blindaje legal a favor de las cuotas de género


ENTREVISTA

Experta pide reformas al Cofipe y la Constitución


Primera de dos partes

Por Anayeli García Martínez

México, DF, 12 dic 11 (CIMAC).- La resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que modificó las reglas para la postulación de candidaturas en el proceso electoral de 2012, es “un precedente digno, pero insuficiente” para garantizar la participación política de las mujeres.

Así lo aseguró en entrevista la investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM María del Pilar Hernández, quien sostuvo que la resolución del pasado 30 de noviembre es un precedente en materia electoral, sin embargo es una sentencia que tiene efectos particulares, es decir, estos principios no aplicarán en los comicios posteriores al 2012.

Al respecto, la ex magistrada del Tribunal Electoral del Distrito Federal señaló: “Este fue un mensaje al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) pero no puede ser para todas las elecciones. Los efectos de la sentencia –en los términos y bajo el medio de impugnación que fue utilizado– tiene efectos particulares y sólo funciona para estas elecciones, no puede ser general ni a futuro”.

El pasado 30 de noviembre la Sala Superior del TEPJF resolvió el juicio para la protección de los derechos políticos electorales (SUP-JDP 12624/2011), a través del cual estableció que para las elecciones de 2012 los partidos deben postular a candidatos propietarios y suplentes del mismo sexo, y cumplir sin excusas con la cuota de género de 60-40.

En opinión de la experta en género y derecho electoral, la resolución que emitió la Sala Superior reiteró que el 40 por ciento no puede ser “eludido” por los partidos, esto con la finalidad de evitar que se repitiera la historia de las elecciones 2009 cuando algunas diputadas rindieron protesta para después solicitar licencia y que los suplentes varones accedieran a la titularidad.

Hernández advirtió que las candidatas electas dejaron su lugar a sujetos “con los que obviamente mantenían un relación muy cercana, como esposos, cuñados, sobrinos o ahijados”, y ante el reclamo de diferentes voces, y sobre todo de militantes de grupos feministas, los magistrados decidieron cambiar las reglas para el registro de candidaturas establecidas por el IFE.

“ELUSIÓN JURÍDICA”

“Las prácticas de elusión de 2009 van en detrimento de la calidad democrática y del verdadero adelanto de las mujeres en posiciones que son inclusivas, y que eventualmente se convierten en las voces de reivindicación de más de la mitad de la población”, señaló.

La especialista explicó que los partidos ejercen una elusión jurídica: “No es fraude, es una forma jurídica para no cumplir la prescripción normativa”.

Explicó que los partidos políticos observan la norma del 60-40 y postulan a mujeres, pero como suplentes y no propietarias, o bien, como propietarias y luego las orillan a renunciar.

A decir de la también docente de la Universidad Anáhuac, se pueden evitar las prácticas evasivas de los partidos al integrar las fórmulas de candidatos siempre con mujer propietaria y mujer suplente, ya que de esa forma la cuota 60-40 se mantiene.

Otro mecanismo a través del cual se trata de cumplir con la cuota es el principio de alternancia establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), que establece que en cada segmento de cinco candidaturas siempre debe ir un mínimo de dos fórmulas encabezadas por mujeres, y cuando el segmento inicia con una candidata, serán tres mujeres las que encabecen la fórmula.

GARANTIZAR UN DERECHO

La otra forma de garantizar que no se eluda la norma es que los partidos políticos al interior en sus prácticas internas generen mecanismos incluyentes para las mujeres, en especial en los procesos democráticos internos a través de los cuales los partidos eligen a sus candidatas o candidatos.

Ahora el aporte que hace el TEPJF es obligar que en todas las candidaturas para las elecciones de 2012 se cumplan cabalmente las cuotas de género, ya sean postulaciones por mayoría o de representación proporcional y también en coaliciones, es decir candidatas que representen a dos o más partidos.

Si bien el cumplimiento de las cuotas es un avance para las mujeres, María del Pilar Hernández aclaró que es necesario analizar “¿cuotas para quiénes y cuotas para qué?”.

La doctora en Derecho aseguró que esta acción afirmativa tiene el objetivo de garantizar que las mujeres accedan a puestos de decisión para que impulsen acciones en favor de otras mujeres, sin embargo advierte que no todas las políticas han trabajado en pro de las mexicanas, y que las cuotas benefician a unas cuantas que pasan de un cargo a otro, de senadoras a diputadas y viceversa.

Pese a ello sostuvo que este tema debería quedar claro en el Cofipe y en la Constitución, a fin de que exista una disposición de máximo nivel y de carácter administrativo y jurisdiccional electoral a nivel federal y estatal, que garantice la participación política de las mexicanas.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario