3/01/2017

A ocho años del Convenio para atender emergencias obstétricas


LA VOZ DE LA COALICIÓN 


2009 fue un año en que México contempló diversas estrategias para alcanzar las metas señaladas en los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Fue el caso del Quinto Objetivo (ODM5), que perseguía reducir la Razón de Mortalidad Materna (RMM) en un 75 por ciento durante el periodo 2000-2015, partiendo de las cifras de 1990 (88 por cada 100 mil nacidos vivos, lo que correspondería a una RMM de 22 por cada cien mil nacidos vivos para conseguir la meta del Milenio).
 
En mayo del 2009 se firmó el Convenio General de Colaboración Interinstitucional para la Atención de las Emergencias Obstétricas (Convenio), con la finalidad de coadyuvar en la reducción de la mortalidad materna. En esa misma línea, surgió el Observatorio de Mortalidad Materna en México (OMM), con apoyo del Grupo Interagencial de Naciones Unidas, con la idea de fungir como instancia independiente conformada por sociedad, academia y gobierno con el propósito de unir esfuerzos para el logro de los compromisos establecidos en el ODM 5.
 
La estrategia del Convenio marca un hito histórico en el Sistema de Salud Mexicano, puesto que es la primera política pública que provee de acceso universal de la atención de las emergencias obstétricas a las mujeres y sus recién nacidos, independiente de su afiliación y de manera gratuita. 
 
El Convenio plantea remontar dificultades en el acceso a los servicios de salud por cuestiones de índole geográfica, financiera, de afiliación. Y asegurarán la atención de las urgencias las principales instituciones públicas: Secretaría de Salud (SS), Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) e Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS-Prospera).  
 
Se trata de aprovechar la infraestructura existente por medio de la colaboración interinstitucional, evitando demoras y garantizando el beneficio de la provisión de los servicios. Cabe señalar que cuando se planteó el Convenio no se consideraron indicadores de evaluación de procesos ni resultados y hasta el momento no existen evaluaciones internas con fines de analizar el impacto de esta iniciativa para reducir la mortalidad materna.

LA REALIDAD   

El OMM ha monitoreado este Convenio desde el 2011 hasta 2015. Y de la experiencia de los resultados de tres monitoreos se destaca:   

1. Las usuarias de los servicios de salud desconocen el beneficio potencial que puede proveer esta política pública. En promedio cada año se benefician poco menos de mil mujeres a través del Convenio. Cada año existen aproximadamente 750 mil emergencias obstétricas, las cuales son atendidas en los 1221 hospitales públicos del territorio nacional. Solo 467 establecimientos cuentan con acreditación expedida por la SS para la atención de las emergencias obstétricas.   

2. Si bien se identificó que todas las mujeres son atendidas ante una urgencia, las distintas instituciones otorgan la atención privilegiando sus propias redes de servicios, sin colaborar ni aprovechar los recursos e infraestructura de las otras instituciones, y muy posiblemente demorando la atención.   

3. En las zonas de acceso remoto y en aquellos establecimientos que no disponen de servicio de ambulancia, durante la búsqueda de la atención las mujeres incurren en gastos catastróficos que llegan a ascender hasta por cinco mil pesos. En su mayoría son mujeres de escasos recursos que viven en municipios con alto índice de marginación y donde existen también elevados niveles de inseguridad y violencia. Se identificaron casos en donde las mujeres realizaban trayectos entre distintos hospitales en distintas entidades federativas hasta por lo menos en cinco establecimientos diferentes.   

RECOMENDACIONES PARA EL CONVENIO   

Por todo lo anterior, el OMM recomienda difundir este Convenio que es de observancia obligatoria, al convertirse en ley a partir de noviembre del 2015. Esta obligatoriedad implica que se deberá atender a las mujeres durante una emergencia obstétrica en cualquier establecimiento, es decir, no se limita a los 467 hospitales donde opera el Convenio.   

Para conseguir el acceso universal, es importante que las distintas instituciones configuren redes de servicios con un enfoque interinstitucional, con el objetivo de asegurar la provisión a todas aquellas mujeres que así lo requieran.   

La formalización de redes interinstitucionales para la atención de emergencias obstétricas posibilitaría una ruta de entrada más eficiente al sistema de salud, y coadyuvaría en la atención de cualquier tipo de padecimiento, tanto agudo como crónico.   

Es urgente acreditar a la totalidad de establecimientos hospitalarios en la atención de emergencias obstétricas, sobre todo aquellos que otorgan este servicio de manera rutinaria. Con ello los hospitales se comprometen a disponer de la suficiencia de recursos humanos, insumos, tecnológicos e infraestructura para otorgar la atención las 24 horas los 365 días del año según las necesidades de las mujeres y los recién nacidos.   

El OMM recomienda que los proveedores de servicios de salud desarrollen habilidades y competencias gerenciales, que permitan maximizar la utilización de recursos de la red interinstitucional, a partir de difundir el enfoque de colaboración interinstitucional entre el Cuerpo de Gobierno y personal de salud involucrado en la atención de las emergencias obstétricas.   

*Investigadora del Observatorio de Mortalidad Materna en México 
**Profesora investigadora del CIESAS-Sureste 
***El Observatorio de Mortalidad Materna en México es parte de la Coalición por la Salud de las Mujeres, una red de organizaciones civiles con trabajo en salud y derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.   CIMACFoto: César Martínez López
Por: María Guadalupe Ramírez Rojas* y María Graciela Freyermuth Enciso**
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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