6/04/2020

Feminicidio: simplificarlo, perfeccionarlo o crear un tipo penal único

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Ciudad de México. A 8 años de que se tipificó por primera vez en México el delito de feminicidio, aún existen diferencias entre los códigos penales de las 32 entidades federativas sobre cómo sancionar y en qué circunstancias este delito.
Por ejemplo, mientras en la CDMX se establecen en un tipo penal exclusivo siete circunstancias en las que puede privar de la vida a una mujer por razón de género, en Chihuahua el feminicidio no está tipificado, sino que forma parte del capítulo de homicidio doloso con ciertas circunstancias o razones de género. 
Estas diferencias desataron una discusión a nivel nacional entre integrantes de los tres Poderes de la Unión, quienes se debaten entre simplificar el delito, perfeccionarlo a nivel local o crear un tipo penal único para todo el país.
En el contexto de esta discusión, trascendió una cuarta propuesta: en enero pasado, el Fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, propuso en una reunión con legisladores de Morena desaparecer el tipo penal de feminicidio y convertirlo en un agravante de feminicidio. Su argumento fue que el Ministerio Público enfrenta dificultades para acreditar “la razones de género” por ser un tipo penal complejo. Esto fue rechazado y criticado por el movimiento feminista, quien obligó al Fiscal a comparecer al respecto en la Cámara de Diputados y retractarse. Actualmente ya no se discute esta propuesta.

El problema

Las Naciones Unidas, la Cámara de diputados y organizaciones civiles han planteado que la falta de homologación impide la elaboración de un protocolo único o guía única de investigación para México; además, 46 de cada 100 asesinatos de mujeres que deben investigarse como feminicidio se catalogan solo como homicidios dolosos. Esto representa un índice de impunidad del 97 por ciento, de acuerdo con “Mexicanos Contra la Corrupción”; y la coordinación entre las entidades federativas en el caso, por ejemplo, de que una mujer sea asesinada en una entidad pero su cuerpo sea abandonado en otra con un tipo penal distinto, es limitada. 

Las propuestas:

Entre las propuestas para superar estos problemas está establecer un Código Penal Único que integre el tipo penal de feminicidio. La idea pertenece al grupo parlamentario de Morena y ha sido respaldada por la Secretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero, pero todavía no se ha presentado como iniciativa formal ante el Congreso.
Otra propuesta es perfeccionar el tipo penal del Código Penal Federal y homologar con base en él todos los Códigos Penales. Esta idea ha sido respaldada por la mayoría, pero en el caso de la Ciudad de México, el magistrado Javier Raúl Ayala Casillas, presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, ha defendido que el Código penal capitalino es mejor que el tipo penal federal, ya que considera como circunstancias no sólo las lesiones sino también el acoso y el hostigamiento.
Al participar en el Foro Nacional “El combate al feminicidio a 8 años de su incorporación en el sistema de justicia y desafíos”, que organizó la Cámara de Diputados el 15 y 22 de abril de 2020, el funcionario rechazó homologar el tipo penal de la CDMX con el federal porque incluye elementos con los que no está de acuerdo y pidió al legislativo local incluir entre las sanciones al agresor la pérdida de derechos vinculados a la víctima, como establece el tipo penal federal.
Otra propuesta es la de simplificar el tipo penal de feminicidio: castigar por este delito sólo a quien prive de la vida a su pareja o eliminar las “razones de género” y establecer en su lugar “condiciones de vulnerabilidad de la víctima”.
Durante el foro de feminicidio de la Cámara de Diputados, el director del Instituto Nacional de Ciencias Penales (que forma a las y los operadores de justicia del país), Gerardo Laveaga Rendón propuso simplificar el tipo penal de feminicidio porque es “complicadísimo” de acreditar “la razón de género”. Su propuesta fue castigar por feminicidio “a quien prive de la vida a su mujer, a su novia, a su cónyuge o quien tenga una relación similar”.
Esto también fue criticado por las organizaciones de la sociedad civil e incluso por la Comisión de Derechos Humanos de la CDMX, quienes dijeron que al crear el tipo penal de feminicidio se buscó aterrizar objetivamente para evitar interpretaciones de juzgadores sin perspectiva de género, por ejemplo, la saña se materializa a través de lesiones infamantes, con ello se evita la interpretación; además, sólo 34 por ciento de los asesinatos de mujeres son cometidos por la pareja, el resto está en calidad de desconocidos. 
Las legisladoras, por su parte, dijeron que además de apresurar la discusión de la creación de un Código Penal Único se requiere legislar para dotar de facultades a la Fiscalía General de la República para actuar contra el feminicidio, discutir la creación de una Fiscalía de feminicidio a nivel federal (iniciativa presentada el 21 de abril por legisladoras del Partido Acción Nacional ), reflexionar sobre la prescripción del delito de feminicidio, establecer juzgados especializados en violencia contra las mujeres, y revisar que los impartidores de justicia no tengan antecedentes como deudores alimentarios, violencia sexual u otros delitos. 
Todas estas propuestas se han presentado como iniciativas legislativas, en estudios e investigaciones, reuniones privadas y durante el Foro Nacional “El combate al feminicidio a 8 años de su incorporación en el sistema de justicia y desafíos”, que organizó la Cámara de Diputados el 15 y 22 de abril de 2020.  

¿Qué dicen las expertas?

Una de las observaciones internacionales del Comité de la CEDAW a México se refiere a “aprobar un código penal nacional que regule todos los asuntos penales, con inclusión de todos los delitos y sanciones, o establecer una base mínima que garantice plenamente los derechos de las mujeres mediante una ley penal general”.
Por su parte, el libro “Aportes para la delimitación del tipo penal de feminicidio en México”, que elaboró la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en México y la Cámara de Diputados, propone, además de homologar sanciones, redacciones y circunstancias del tipo penal de feminicidio, elaborar un Protocolo nacional para la investigación del delito de feminicidio que sea acorde al tipo penal homologado y que permita establecer una guía clara y uniforme de diligencias y actos de investigación idóneos para la acreditación de las circunstancias que constituyen razones de género.
El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), una de las organizaciones impulsoras del tipo penal de feminicidio, está de acuerdo con perfeccionar el tipo penal de feminicidio a nivel federal y homologarlo en las entidades, pero ha enfatizado que lo realmente urgente es crear un protocolo de atención del feminicidio que sea aplicable en el nuevo sistema de justicia penal; mejorar las investigaciones; y la formación de las y los operadores de justicia en la perspectiva de género.
La directora del Instituto de Formación de Justicia y Derechos Humanos, la abogada Patricia Olamendi Torres; y la abogada Andrea Medina Rosas, litigante de la sentencia para México “Campo Algodonero”, coincidieron en que las principales fallas no están en el marco normativo, sino en cómo se aplica éste, ya que aún se investigan intentos de feminicidio como violencia familiar. 
Ambas expertas proponen que, antes de priorizar la discusión legislativa sobre el tipo penal, se requiere que México cumpla las sentencias para México en esta materia: Campo Algodonero, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2009 por la responsabilidad del Estado mexicano en el asesinato de mujeres en Ciudad Juárez Chihuahua; y la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de Irinea Buendía, que ordena investigar toda muerte violenta de mujer como un feminicidio. 

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