4/11/2017

Ley #DöringTelevisaLimón, la contrarreforma


¿Quién en su sano juicio quiere regresarle al órgano político del gobierno en turno el control de los contenidos en una democracia?

lalsillarota.com

Se recordará usted que a finales de enero la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, junto con la Cámara de Senadores interpusieron acciones de inconstitucionalidad en contra de los Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias, aprobados por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), además de impugnar los artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) referentes a esos derechos y la facultad del regulador para tutelarlos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) las aceptó y de manera desatinada el IFT suspendió su aplicación esperando a que la Corte resuelva.

Pues bien, pasando por encima de este proceso y sin esperar a que la SCJN tome una resolución, los diputados Clemente Castañeda Hoeflich de Movimiento Ciudadano (MC) y Federico Döring Casar del Partido Acción Nacional hicieron propuestas de modificaciones a la ley que prácticamente tiran por la borda los derechos de las audiencias, los principios básicos de pluralismo y de servicio público de la radiodifusión reconocidos en la constitución.

El primero propuso derogar la distinción entre información y opinión, mientras el segundo propuso quitarle atribuciones al IFT para tutelar los derechos, transfiriéndoselas a la Secretaría de Gobernación, suprimió el derecho de acceder a recibir información plural y deja que sean los radiodifusores mediante la autorregulación quienes velen por los derechos de las audiencias.

El martes 5 de abril en lo que se puede calificar como un albazo legislativo, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados encabezada por Lía Limón García del Partido Verde Ecologista de México, apresuró la aprobación del Dictamen pese a los reclamos de diversos actores por abrir un debate serio y público antes de su votación en la Comisión. Fue así que en lo oscurito y de espaldas a la sociedad se consumo una regresión a los derechos de millones de personas. El diputado Virgilio Caballero del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) reclamo y denuncio  que la sesión fuera a puerta cerrada, sin siquiera permitir la entrada al Canal del Congreso, medio público cuyo deber es informar a la ciudadanía del trabajo legislativo.

El Dictamen fue aprobado por 14 votos a favor por parte del PAN, PRI, PVEM, dos votos en contra de MORENA, uno de MC y una abstención del PRD. Sus implicaciones son graves y es una contrarreforma con tintes de regresión autoritaria. Veamos.

Información y opinión

Aunque los diputados del MC se deslindaron de la probación del Dictamen y se defendieron diciendo que ellos sólo habían propuesto derogar el artículo que dispone que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, supuestamente para proteger la libertad de expresión, lo cierto es que hay mucho más de fondo.

Es común que los radiodifusores utilicen la venta de propaganda política bajo el manto de información noticiosa o de opinión con lo que se consuma un engaño a las audiencias, pues al final es publicidad engañosa que esta prohibida por la Constitución. La medida tiene como fin último proteger un millonario negocio de mercado negro de publicidad encubierta, existen numerosas evidencias al respecto que han sido permanentemente denunciadas.

Derechos y autorregulación

La iniciativa del diputado Döring es mucho peor, pues de un plumazo pretende suprimir de la ley que la radiodifusión debe de garantizar a la población los beneficios de la cultura y la preservación de la pluralidad de acuerdo al artículo 3º de la Carta Magna. Al eliminar el concepto de pluralidad se afecta también la posibilidad de que los contenidos de los pueblos indígenas aparezcan en medios de radiodifusión, inclusive se deroga la mención de que el servicio público de radiodifusión se preste en condiciones de competencia y calidad. Estas supresiones van en contra del principio constitucional que determina que la radio y la televisión son servicios públicos de interés general.

Haciéndose eco de las acciones de inconstitucionalidad de la Presidencia de la República, también pretende quitarle atribuciones al IFT para proteger los derechos de las audiencias como lo determina el mandato constitucional (regular, promover y supervisar la prestación de los servicios de radiodifusión). El Diputado Döring sustituye la atribución de tutela
por la autoregulación de los radiodifusores y la facultad de sancionar a la Secretaría de Gobernación. Además los radiodifusores podrán hacer sus Códigos de Ética como mejor les parezca, designar a los defensores de la audiencia de acuerdo a sus criterios, confinándolos a ser sus meros empleados.

Es sintomático que en su exposición de motivos de su iniciativa este diputado refiera solamente a actores de la industria de radiodifusión nacionales e internacionales, dueños de medios, periodistas, opinadores que trabajan para los medios privados y otros actores defensores de los intereses de ese sector; vaya, hasta incluye varios preceptos de estándares internacionales de libertad de expresión, pero de manera tramposa, pues dichos estándares reconocen que tanto la libertad de expresión como el derecho a la información plural son indivisibles e interdependientes en sus dimensiones individual y colectiva, y es en esta última donde recaen los derechos de las audiencias.

El hecho de que pretenda que sea sólo la SEGOB la instancia para sancionar las violaciones a los derechos de las audiencias nos regresa décadas ¿quién en su sano juicio quiere regresarle al órgano político del gobierno en turno el control de los contenidos en una democracia? Los diputados que aprobaron el Dictamen están jugando con fuego ¿se piensan que siempre van a gobernar sus aliados? ¿a qué intereses responden a los de la mayoría o a los de un puñado de privados de la radiodifusión? Se olvidan de que muchas de las disposiciones que quieren suprimir en la LFTR tienen su fundamento en la constitución, por lo tanto sancionaron en contra de ésta.

Lo que es también una vergüenza es la opinión “técnica” del defensor del Canal del Congreso Jorge Islas, quien ha trabajado para Televisa, que justifica la derogación de los derechos de las audiencias bajo argumentos francamente enclenques. Si eso opina el defensor de este canal ya podemos evaluar su desempeño para “defender” a su público. ¿Porqué la Comisión no pidió también la opinión de otros defensores de audiencia?
La premura, acordar en lo oscurito, aprovechar la coyuntura electoral, son episodios que ya vimos con la llamada Ley Televisa. La clase política vuelve a utilizar las instituciones del Estado para privilegiar a una élite.

En tanto la discusión pública se atiza, la respuesta del IFT ha sido lenta y tibia ante los embates de sus atribuciones y autonomía. Esa misma conducta tuvo cuando se aprobó la LFTR que le disminuyó sus facultades y la mayoría de su Pleno se negó a interponer una controversia constitucional para defenderlas, por lo que de concretarse este atropello en el congreso se ve poco probable que tenga una acción contundente al respecto.
Ese dictamen se entromete indebidamente al tratar de madrugar al poder judicial que mediante la SCJN tiene que realizar el control constitucional para determinar la validez del marco jurídico impugnado.

Es lamentable que el poder legislativo sea incapaz de ser un contrapeso al gobierno federal que quiere recuperar para sí las atribuciones de regulación del sector como en los viejos tiempos más autoritarios, que se preste al control de las instituciones del Estado, permitiendo su captura por parte de particulares.

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