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8/09/2026

Brenda Quevedo: 20 años de injusticia

Editorial La Jornada

El primer juzgado de distrito en materia penal en la Ciudad de México ordenó el levantamiento de las medidas cautelares a Brenda Quevedo Cruz y determinó el fin del arraigo domiciliario y la remoción del brazalete electrónico que ha portado en el tobillo por más de un año. A partir de ahora, Brenda se presentará a firmar ante el juzgado una vez al mes mientras se resuelva el proceso, además de que se le mantendrá la prohibición de salir del país.

Desde hace 20 años y siete meses, Brenda Quevedo ha sido víctima de persecución judicial por el presunto plagio y homicidio de Hugo Alberto Wallace en julio de 2005. Al igual que Juana Hilda González, Jacobo Tagle, César Freyre y los hermanos Tony y Albert Castillo, fue acusada y cazada por la fallecida Isabel Miranda de Wallace, madre de Hugo, empresaria, política y traficante de influencias. Hace un año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata libertad de Juana Hilda González Lomelí por las violaciones graves al debido proceso y la obtención bajo tortura de las confesiones utilizadas en su contra, momento en que se dio por sentado el inminente final de las causas contra el resto de los coacusados. Sin embargo, todos excepto Brenda e Hilda continúan en prisión y no hay ninguna señal de que la justicia esté en camino.

La propia Brenda ha explicado por qué el caso continúa estancado pese a que hace mucho se demostró el ejercicio de tortura física para la obtención de declaraciones autoinculpatorias de las otras cinco víctimas, de que ella nunca confesó delito alguno, y de que el resto de las evidencias fabricadas contra ellos han sido desechadas por insostenibles: “si se destapara toda la cadena de complicidades y corrupción que facilitó la fabricación del caso, de mínimo deberían caer unas cuantas cabezas de funcionarios que todavía están operando en el sistema judicial. ¿Cuántos servidores públicos estaban al tanto, los que daban órdenes de hacer cosas, los que fueron omisos, los que mintieron, los policías que realizaron las torturas? Casi todos están activos”.

Debe recordarse que Isabel Miranda fue una empresaria con amplios contactos en círculos de poder económico y político, quien hizo uso de expedientes judiciales para desacreditar causas sociales. Dirigente de una asociación de combate al secuestro y amiga de Felipe Calderón, durante los sexenios de éste y de Vicente Fox ejerció control ilegal sobre el Ministerio Público y las corporaciones policiacas, hasta el punto en que dirigía operativos sin tener cargo alguno. Con el favor de los regímenes blanquiazules, hizo encarcelar sin pruebas a quienes ella decidió responsabilizar por el crimen contra su hijo, pese a que desde un principio su caso estuvo lleno de contradicciones y de que nunca se probó que siquiera existiese un delito que investigar. Hasta octubre de 2025, tuvo una cómplice en la cúspide del Poder Judicial: la ex presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucía Piña Hernández, nombró secretario de estudio y cuenta a un cuñado de Miranda. Fue más allá. Desde que encabezó la Judicatura en enero de 2023, emprendió una cacería de brujas contra todo integrante que haya intentado hacer justicia para las víctimas de la empresaria.

Por ello, el cambio de las medidas cautelares para Brenda Quevedo es tardío e insuficiente. Tanto ella como Tagle, Freyre y los hermanos Castillo deben quedar absueltos por falta de pruebas y violaciones al debido proceso, así como ser reconocidos como víctimas de una conjura política que destruyó sus vidas y fue usada para justificar las peores prácticas penales durante ese periodo sombrío de la historia mexicana que fue la usurpación de la Presidencia por el calderonato.

8/08/2026

Dominga busca a su nieto ‘desaparecido’ de 5 años, tras el suicidio de su hija en el Cefereso 16 de Morelos

 grupoanimal.mx

Redacción Animal Político

Hace un mes, Dominga Reyes recibió una llamada de las autoridades del Centro de Reinserción Social No. 16 (Cefereso 16), en Morelos, para informarle que su hija, Consuelo Gutiérrez, se había quitado la vida.

Hasta ahora, las autoridades del Cefereso 16 no han aclarado las circunstancias en las que ocurrió el fallecimiento, que se convirtió en el caso número 19 en los últimos tres años en ese penal federal de mujeres.

En medio del dolor y el desconcierto, para Dominga la principal preocupación es recuperar a su nieto, quien vivía dentro de la prisión con Consuelo hasta hace dos años, cuando se lo llevaron a un hospital para una supuesta revisión médica y ya no lo devolvieron con su madre. Nunca les explicaron que las infancias pueden estar con sus madres en los centros de reclusión hasta los 3 años de edad, de acuerdo con la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Desde entonces, los familiares de Emmanuel Salvador no saben de él. Lo único que les dijeron es que está en una casa hogar.

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Consuelo y su hijo Emmanuel Salvador. Foto: especial

Animal Político buscó a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC),  sobre el caso, sin que hasta el momento de la publicación haya recibido respuesta. El Cefereso 16 depende del Órgano Administrativo Desconcentrado de Readaptación Social (OADPRS), que es parte de la SSPC.

Por su parte, el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia (DIF) dijo que se pondrían en contacto “a la brevedad” con Dominga para darle informes sobre su nieto, pero ello no ha ocurrido.

La búsqueda de su nieto, tras el suicidio de Consuelo

“Desde que se lo llevaron, Consuelo preguntaba por su hijo y le decían que se lo iban a llevar, que me lo iban a entregar, pero no lo regresaron y ella ya nunca lo vio. Entonces el niño tenía 3 años, ahora ya va para los 5 años”, dice Dominga en entrevista.

Debido a que Dominga no sabe leer ni escribir ha enfrentado dificultades para tramitar la recuperación del niño, además de que no ha tenido la orientación necesaria para gestionarla. Lo único que sabe es que Emmanuel Salvador está en una casa hogar de la Ciudad de México, pero desconoce la dirección y no lo ha visto.

“Cuando Consuelo me dijo que le quitaron al niño vinieron autoridades a mi domicilio para hacer una revisión, a ver si me lo entregaban, me dijeron que estaba en una casa hogar; después me hicieron una videollamada las de la casa hogar y me pidieron darles un papel para entregarme al niño, yo lo mandé, pero para entonces la señorita que me contactó me dijo que ya no trabajaba ahí”, detalla.

Pasaron meses desde entonces, sin que Dominga tuviera noticias de su nieto. Fue hasta después del fallecimiento de Consuelo que llamó al número telefónico que le proporcionaron para contactarse con la Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, “pero no me contestan y ya no sé a dónde comunicarme”.

“Me tienen engañada, porque en el Cefereso se lavaron las manos y me dijeron que ya habían mandado todos los papeles a la Fiscalía, que ya no tenían nada, pero no me quisieron dar más información”, reclama la mujer de 50 años.

El último de los 19 suicidios reportados en el Cefereso 16

Consuelo, de 27 años, es la última de las 19 mujeres cuyo suicidio se ha reportado dentro del Cefereso 16, aunque un mes después su madre no sabe con certeza qué fue lo que ocurrió con ella, pues dos días antes de su fallecimiento se habían comunicado por videollamada “y la vi bien”.

“El día 5 de noviembre me llamaron para preguntarme si yo había tenido comunicación con ella y les dije que sí, yo les pedí que platicaran con ella porque quería ver a su niño, pero me dijeron que no podían darle consejos porque estaba muerta, me lo dijeron así de sopetón”, cuenta con tristeza.

“Sentí que me desmoronaba. Yo soy diabética y estoy enferma, no sabía ni cómo reaccionar, sólo recuerdo que escuché que me dijeron que había pasado a las 7 de la mañana”, relata.

Dado que vive en Puente de Ixtla, Morelos, el mismo estado en donde se ubica el Cefereso 16, Dominga se trasladó de inmediato hasta el penal, “pero no me dejaron entrar, aunque todavía la tenían ahí, incluso grabé cuando la sacaron en una ambulancia de la Cruz Roja. Después de eso fue que me permitieron pasar a las oficinas en donde los funcionarios se contradijeron, primero que se había ahorcado en la pata de la cama y luego que no, que en la regadera… hay muchas versiones”.

Para el momento de su muerte, Consuelo llevaba en prisión siete años, de una condena de más de 70 años que recibió por el delito de secuestro. Aunque se encontraba “bien”, Dominga subraya que en varias ocasiones su hija le había mencionado que era molestada por sus compañeras de celda, e incluso le había pedido que enviara escritos a las autoridades del Cefereso 16 para insistir en que la cambiaran a otro espacio.

“Ella me platicaba que las otras presas la molestaban mucho, ella había pedido que la cambiaran de celda, me decía “mamá, ya no aguanto estar en esta celda, me hacen lo que quieren” y me pidió mandar una carta… pero no la hice, porque no sé leer y se me hizo muy difícil, yo le dije a mi hija que me esperara tantito para buscar quién la hiciera, pero fue demasiado tarde… y me arrepiento, pero sé que ella habló con los de ahí y no le hicieron caso”, lamenta Dominga.

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Protesta por las condiciones en que viven las mujeres presas en el Cefereso 16 de Morelos. Foto: Sharenii Guzmán

Organizaciones urgen a autoridades atender situación de suicidios en Cefereso 16

En tres años han muerto presuntamente por suicidio 19 mujeres al interior del Cefereso 16, los dos últimos en el mes de noviembre pasado.

El Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, elaborado anualmente por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), revela que los intentos de suicidio son un problema crónico en el Cefereso 16. En 2020, el penal reportó una cifra alarmante: 161 intentos de suicidio entre una población de 812 internas en ese momento.

Ante estos hechos, el pasado 12 de noviembre, diversas organizaciones de la sociedad civil expusieron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) su preocupación ante los casos de muertes de mujeres privadas de libertad en el Cefereso 16, único centro penitenciario exclusivo para mujeres en México.

Las organizaciones sociales participantes, Mexiro, Documenta, Asilegal, entre otras, denunciaron que “el Estado mexicano no ha cumplido con adoptar medidas de prevención, investigación y garantías de no repetición frente a las muertes de las mujeres privadas de la libertad en el Cefereso 16“.

Por ello, hicieron un llamado a la CIDH para exhortar al Estado mexicano a crear una mesa de trabajo con expertos en derechos humanos y género, salud física y mental para desarrollar un plan integral de respuesta a la situación del Cefereso 16, así como a realizar investigaciones rigurosas sobre cada una de las muertes ocurridas en custodia.

De acuerdo con testimonios recopilados por el Colectivo Artículo 20, integrado por mujeres que estuvieron presas en el Cefereso 16, dentro del centro penitenciario viven en condiciones de hacinamiento, son alimentadas con productos en descomposición y carecen de atención médica.

En septiembre pasado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPS) ante la vulneración de los derechos de cinco mujeres privadas de la libertad en este centro de reclusión.

De acuerdo con el documento, en visitas realizadas por personal de la CNDH al Cefereso 16, se observó que cinco mujeres “estaban en riesgo debido a la falta de atención médica especializada en salud mental y a la ausencia de actividades que favorecieran su estabilidad mental y reinserción social”.

Esta situación, indicó la Comisión, agravó los síntomas presentados por personas privadas de la libertad que presentan trastornos mentales, y aumentó el riesgo de conducta suicida.

Otras causas que contribuyen a la vulnerabilidad que detectó la CNDH fueron la escasez de actividades deportivas, culturales y de socialización, un traslado no del todo justificado al Cefereso desde sus estados, restricción de actividades basadas en su apariencia o conducta y la no vinculación a las actividades remuneradas.

Ante los hechos mencionados, la Comisión solicitó al OADPRS dar atención médica, psicológica y psiquiátrica a las internas así como seguimiento clínico especializado, y colaborar en la investigación de las autoridades que permitan advertir afectaciones en la salud mental, esto para poder diseñar esquemas de intervención.

De igual manera se recomendó impartir talleres de enseñanza sobre mecanismos de autocontención emocional, reforzar el personal femenino en el Cefereso y mejorar la vigilancia.

Doce años sin sentencia: la batalla de Mónica Yuliana contra la prisión preventiva


Sin una condena firme, como la mayoría de las mujeres privadas de la libertad en México, Mónica Yuliana denuncia desde el Cefereso 16 fabricación de delitos, tortura, uso abusivo de la prisión preventiva y el desgaste de un encierro prolongado.



Mónica Yuliana, 12 años privada de la libertad. Foto: Cortesía

Mónica Yuliana Espinoza Balderas lleva 12 años privada de la libertad. Actualmente permanece en el Cefereso 16 sin haber recibido una sentencia definitiva. Acusa que es víctima de fabricación de delitos, tortura y del uso abusivo de la prisión preventiva, medida cautelar que la mantiene privada de la libertad. Ha emprendido diversos recursos legales para que su situación sea revisada.

En 2014 Mónica Yuliana tenía 19 años y cursaba el quinto cuatrimestre de la carrera de Criminología en Tehuacán, Puebla. El 3 de junio de ese año, mientras entraba a su universidad por una rampa, varios hombres la abordaron, la llamaron por su nombre y la subieron a la fuerza, encapuchada, a una camioneta.
Centro Federal de Readaptación Social (Cefereo) 16 en Morelos. Foto: Especial

Al día siguiente, 4 de junio, era su cumpleaños. Para su familia, era difícil creer que se ausentara ese día y empezaron una campaña de búsqueda en Facebook, tras suponer que había sido secuestrada. Su actual pareja acusa que durante su desaparición fue torturada física y psicológicamente para obligarla a firmar declaraciones autoinculpatorias sobre hechos y delitos que desconocía por completo. Sus captores la llevaron a diferentes lugares, tomaron su teléfono, respondieron mensajes y desviaron llamadas.

Un cajero de una caseta de Capufe en Tehuacán, que conocía a Mónica porque era una modelo con presencia en redes sociales, avisó a la familia que la había visto pasar, sometida dentro de una camioneta. Fue hasta el 5 de junio, cuando acudieron a denunciar su desaparición ante la fiscalía estatal, que se les informó que estaba detenida.

“En esta fabricación del delito que le imputaron mencionan que fue detenida el 5 de junio en la noche, afuera de su casa, lo que es absurdo dado que ese día su familia ya estaba en el proceso de búsqueda. Ella reconoce varios de los vehículos y de las personas que se la llevaron por la fuerza, y se ofrece una pericial en materia de fotografía, audio y video de los vehículos que pasaron por esa caseta de Capufe el día que la vio el joven que avisó a la familia”, explica su hoy pareja.

Aunque las pruebas fueron presentadas el 2 de febrero de 2017, el juzgado ha retrasado su desahogo. En el sistema tradicional escrito corresponde al órgano jurisdiccional desahogarla; sin embargo, hasta la fecha sigue sin hacerlo. Bajo el pretexto de que la fiscalía no recibe oficios o que los peritos no son los adecuados, se niega a hacer efectiva su capacidad juzgadora, añade.

Esa prueba sin desahogo ha sostenido la privación de la libertad de Mónica Yuliana durante 12 años. El 27 de febrero de este año promovió un incidente pidiendo el cese de la medida cautelar, porque la Constitución mexicana establece que la prisión preventiva debe prolongarse por dos años como máximo. Sin embargo, desde su perspectiva, la jueza —que, posterior a la reforma judicial, la familia y la defensa de Mónica pensaron que impartiría justicia bajo la garantía de derechos humanos— ha sido completamente parcial.

El 2 de marzo pasado decidió desechar el incidente por no considerarlo procedente debido a que dos años atrás se había revisado la medida y para ella no había una actualización de las causales de valoración. “Era un absurdo no abrir el debate, dado que las condiciones de internamiento de Mónica ya habían variado, y dado que el mismo juzgado, al tener en su poder la posibilidad de desahogar una prueba que no había sido desahogada, actualizaba constantemente esta violación a sus derechos fundamentales, que es la impartición de justicia pronta y expedita”, apunta.

Animal Político ha documentado las diversas dificultades y desigualdades estructurales que enfrentan las mujeres en prisión. Ellas mismas relataron esas condiciones desde su privación de la libertad durante las conmemoraciones del 8M. Además, del 86 % de personas que ingresan a prisión sin sentencia bajo alguna modalidad de prisión preventiva, en el caso de las mujeres es una proporción que aumenta (90 %) frente a la de hombres (86 %).

Esto provoca, a su vez, que muchas de ellas obtengan una sentencia mediante un procedimiento abreviado (36.7 %), las más de las veces bajo presión. Ese proceso implica un acuerdo mediante el que la persona imputada acepta su responsabilidad y renuncia a un juicio completo —en el que se cancela toda posibilidad de desahogo de pruebas y de reclamo— a cambio de la reducción de su pena.
Del 86 % de personas que ingresan a prisión sin sentencia, la mayoría son mujeres. Foto: Cuartoscuro

“Está violentando el principio de presunción de inocencia”

Ante el incidente promovido por Mónica Yuliana y rechazado por la jueza, su defensa ingresó un recurso de apelación y a mediados de junio pasado el juzgado determinó que la jueza debe revisar la medida cautelar, para lo cual debía admitir a trámite el incidente.

En los días siguientes fue admitido y se fijó como fecha de audiencia el 23 de junio. Como resultado, la jueza decidió negar el cambio de medida cautelar. “No hay elementos, según ella, para cambiar esa medida cautelar, porque no excede los 40 años que, ella presume, a Mónica le tocan de sentencia, lo que para mí es gravísimo porque está violentando el principio de presunción de inocencia y está dictándole una pena anticipada”, reclama su pareja.

Todo ello pese a que los magistrados del tribunal le habían ordenado hacer un escrutinio minucioso de las condiciones que justifican la prisión preventiva en el caso de Mónica Yuliana. “Se salta todos esos pasos, y deduce que tiene que continuar bajo la premisa —no sé si no ha leído el expediente, lo desconozco— de que Mónica era procesada por delincuencia organizada y secuestro, cosa que no es real”, añade.

Mónica Yuliana fue absuelta del delito de crimen organizado y la única prueba que sostiene el de secuestro, subraya su pareja, es la autoincriminación que ella hizo bajo tortura. Una nueva apelación en contra de la resolución sobre el cambio de medida cautelar espera, otra vez, una resolución del Poder Judicial.

El desgaste físico y emocional, agravado por las condiciones en el Cefereso 16

El 11 de junio pasado, Mónica Yuliana participaba en diversas actividades en el Cefereso. Cuando regresó a su área de pernocta decidió usar las regaderas, de las que salió envuelta en una toalla al escuchar que le gritaban. Fue entonces cuando entre 20 y 25 integrantes del personal del sistema penitenciario la sometieron por la fuerza. Su pareja asegura que han logrado identificar a siete de los presuntos participantes.

En ese intercambio, intentó dialogar ante la intención que tenían las autoridades penitenciarias de reubicarla en otro espacio sin alguna justificación. Al seguir oponiéndose, las custodias la vistieron a la fuerza, le pusieron grilletes y la golpearon, e incluso sufrió tocamientos indebidos.
Mónica Yuliana, una víctima de la prisión preventiva. Foto: Cortesía

Fue un trato “cruel, inhumano y humillante”, afirma su pareja al recuperar su relato. Se la llevaron amarrada de pies y manos al área de hospital. Algunas de sus compañeras le avisaron a su pareja y familiares ante el temor por su integridad. Se dio vista al juzgado y se interpuso una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que se salvaguarde su vida e integridad.

“Estamos en el proceso, Mónica tiene afectaciones en su salud mental bastante complejas. Hoy en día está bajo un tratamiento psiquiátrico, y algunos dolores y cuestiones que creemos que son secuelas, aun y cuando la autoridad determina otras cuestiones. Me parece súper arbitrario que lo haga de manera unilateral. Tenemos testigos, las mismas compañeras PPL dijeron que en el momento que tuvieran que ser testigos, aun cuando pudiera haber represalias, lo van a hacer”, apunta su pareja.

Uno de los principales reclamos y argumentos para solicitar la revisión de su medida cautelar son las condiciones en las que ha permanecido recluida. Aunque han variado durante los 12 años, han provocado que su salud física y mental se siga deteriorando. Además, ese tiempo representa un desgaste emocional y físico para cualquier persona privada de la libertad que lo enfrenta sin sentencia.

Hay muchos momentos difíciles, lamenta la pareja de Mónica, y a veces se conserva la esperanza, pero hay otros en los que es más complicado. “Nadie está preparado para vivir más de una década, 12 años, en prisión preventiva”, remarca. “Todo gana: la tristeza, la ansiedad, la incertidumbre; sin embargo, dentro de todo esto hemos intentado —por fortuna estamos juntas— resistir, y hemos encontrado el apoyo de organizaciones como CEA Justicia, de abogados como el que nos acompaña, que creemos en lo injusto que es este asunto”.

Es un hecho que, además, les ha llevado a vivir varios años en torno a un proceso injusto y doloroso, de desgaste emocional, económico y físico. Por eso, a las autoridades hoy les pide “que se respeten los derechos de Mónica; que nadie deba permanecer tantos años en prisión preventiva sin sentencia; y que no tengamos que gritar y exigir desde la rabia algo que debería estar garantizado: el acceso a una justicia pronta y expedita. Pero, sobre todo, que no seamos nosotros quienes tengamos que demostrar la fabricación del delito que le imputaron y que le cambió la vida, porque tenía 19 años cuando fue privada de la libertad”.

Hoy ambas están dispuestas a alzar la voz, porque además de la prisión, afirman, han sido muchos años de silencio.

7/18/2026

Denuncian grave deterioro de salud de prisioneras palestinas en Damon

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Resumen Medio Oriente, 15 de julio de 2026.

La Oficina de Prisioneros Palestinos alertó sobre el agravamiento del estado de salud de varias reclusas en la prisión israelí de Damon por la falta de atención médica.

La Oficina de Prisioneros Palestinos denunció el deterioro del estado de salud de varias  prisioneras palestinas recluidas en la prisión israelí de Damon, al atribuirlo a la persistente falta de atención médica adecuada y a la negativa de las autoridades penitenciarias a proporcionarles tratamiento.

Según la entidad, Fidaa Assaf, quien padece leucemia; Suhair Zaqiq, diagnosticada con cáncer; y Abeer Odeh, que presenta una amputación parcial del esófago y los intestinos, además de masas en el estómago, enfrentan un progresivo agravamiento de su condición debido a la ausencia de asistencia médica especializada.

La oficina también alertó sobre la situación de Fatima Yousef, de 34 años, quien sufre hepatitis C y una grave infección en una zona intervenida quirúrgicamente, quien ha perdido 22 kilogramos en pocos meses, lo que incrementa la preocupación por su estado de salud.

Ante esta situación, la Oficina de Prisioneros Palestinos solicitó la intervención urgente del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y de organizaciones internacionales de derechos humanos para garantizar que las detenidas reciban tratamiento médico adecuado y sean evaluadas mediante visitas médicas independientes.

El organismo advirtió que la continuidad de la  negligencia médica contra las prisioneras enfermas pone en riesgo sus vidas e instó a la comunidad internacional a actuar para asegurar el respeto de sus derechos.

FUENTE: AL MAYADEEN

7/04/2026

La justicia escocesa declara ilegal la política penitenciaria que permitía alojar a algunos hombres que se identifican como mujeres en cárceles de mujeres

 Redacción Tribuna

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Documento de referencia: Outer House, Court of Session, [2026] CSOH 59, Opinion of Lady Ross, Petition of For Women Scotland for Judicial Review, 19 de junio de 2026.

La Corte de Sesión de Escocia (Court of Session), el máximo tribunal civil escocés, ha dado la razón a la organización feminista For Women Scotland y ha declarado ilegal la guía penitenciaria del Servicio Penitenciario Escocés (SPS) que permitía, en determinadas circunstancias, el ingreso de hombres que se identifican como mujeres en prisiones femeninas.

La sentencia, dictada el 19 de junio de 2026 por la jueza Lady Ross, supone una de las primeras aplicaciones directas del histórico fallo del Tribunal Supremo del Reino Unido de abril de 2025, que estableció que los términos «hombre», «mujer» y «sexo» en la Ley de Igualdad de 2010 se refieren al sexo biológico.

¿Qué estaba en discusión?

For Women Scotland impugnó una guía penitenciaria aprobada en 2024 que permitía que algunos presos varones que se identifican como mujeres fueran considerados para ingresar en el sistema penitenciario femenino si no presentaban determinados indicadores de riesgo.

La política partía de una evaluación individual. Los hombres identificados como mujeres que no tuvieran antecedentes de violencia contra mujeres o delitos sexuales podían ser destinados a cárceles de mujeres. Incluso en algunos casos con antecedentes de violencia existía un mecanismo excepcional para autorizar su traslado al sistema femenino tras una evaluación específica.

La cuestión jurídica central

La jueza examinó la normativa penitenciaria escocesa y llegó a una conclusión clara: la legislación exige la separación por sexo de los presos.

La sentencia recuerda que la Regla 126 de las Prisons and Young Offenders Institutions (Scotland) Rules 2011 establece que las mujeres y los hombres no deben compartir alojamiento y que las instalaciones destinadas a cada sexo deben mantenerse separadas.

Lady Ross concluye que esta norma exige la existencia de un sistema penitenciario masculino y otro femenino diferenciados y que la finalidad de esa separación es proteger la seguridad, la privacidad y la dignidad de las mujeres presas.

La importancia del fallo del Supremo de 2025

El contexto de esta sentencia es fundamental.

En abril de 2025, el Tribunal Supremo británico resolvió otro litigio promovido por For Women Scotland y declaró que, para la Ley de Igualdad, las categorías de hombre y mujer se basan en el sexo biológico.

Hasta entonces, gran parte de las políticas públicas escocesas se habían construido sobre la premisa de que una persona con un Certificado de Reconocimiento de Género debía ser tratada legalmente como miembro del sexo declarado. El Supremo rechazó esa interpretación.

La nueva sentencia penitenciaria aplica esa doctrina al ámbito de las prisiones.

Los argumentos del Gobierno escocés

El Gobierno escocés sostuvo que necesitaba mantener cierta flexibilidad para proteger los derechos humanos de los presos trans.

Argumentó que algunos podrían enfrentarse a riesgos graves —incluido riesgo de suicidio— si fueran alojados exclusivamente según su sexo biológico. También defendió que las obligaciones derivadas del Convenio Europeo de Derechos Humanos exigían una evaluación individualizada.

Sin embargo, la jueza consideró que esos argumentos no podían alterar el significado jurídico de las categorías de sexo establecidas por la legislación vigente.

La posición de la Comisión de Igualdad (EHRC)

Un aspecto llamativo es que la Comisión para la Igualdad y los Derechos Humanos del Reino Unido (EHRC) intervino en el procedimiento y mostró una posición cercana a la de For Women Scotland.

La EHRC sostuvo que, tras el fallo del Supremo de 2025, la guía penitenciaria escocesa debía ser reconsiderada y señaló que la presencia de hombres en cárceles de mujeres dificulta mantener la separación sexual exigida por la legislación. También expresó «cierta simpatía» por el argumento de que la guía ofrecía una imagen errónea de la situación jurídica real.

¿Por qué es una sentencia relevante?

Porque traslada al ámbito penitenciario una cuestión que hasta ahora se había discutido principalmente en relación con cuotas, estadísticas, espacios diferenciados y servicios de un solo sexo.

La sentencia afirma que:

  • Las cárceles de mujeres existen para las mujeres como categoría basada en el sexo biológico.
  • La separación sexual en prisión no es una mera política administrativa, sino una obligación legal.
  • La guía penitenciaria escocesa se construyó sobre una interpretación jurídica incompatible con la establecida por el Tribunal Supremo británico.

Contexto político y social

El caso se produce tras varios años de controversia en Escocia sobre las políticas de identidad de género.

El detonante político fue el caso de Isla Bryson, un delincuente sexual varón condenado por violación que inicialmente fue enviado a una prisión de mujeres en 2023. El escándalo provocó una revisión urgente de las políticas penitenciarias escocesas y abrió un debate nacional sobre los límites de la autoidentificación de género en espacios segregados por sexo.

Posteriormente, el Tribunal Supremo británico resolvió el caso For Women Scotland de 2025, y esta nueva sentencia de 2026 representa una de las primeras consecuencias prácticas de aquella decisión.


Sentencia: Outer House, Court of Session, [2026] CSOH 59, Opinion of Lady Ross, Petition of For Women Scotland for Judicial Review, 19 de junio de 2026.

6/27/2026

CEDAW dictamina contra Cefereso 16. Violó derechos de 22 mujeres privadas de su libertad

.-Ciudad de México.- Cimacnoticias ha documentado la situación de violencia, tortura así como tratos crueles e inhumanos contra las mujeres internas del Centro Federal de Rehabilitación Social n.º 16 (CEFERESO 16) y la Organización de las Naciones Unidas, criticó a esta prisión por violar los derechos de 22 mujeres detenidas, según determinó el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Les temas en los que se pronunció la CEDAW son: uso desproporcionado de la prisión preventiva oficiosa (automática), falta de contacto de mujeres privadas de libertad, con sus familiares y falta de acceso a atención médica para mujeres privadas de libertad.

Esta no es la primera vez que un organismos de derechos humanos se pronuncia sobre el tema. Por ejemplo, en 2023, tras el presunto suicidio de 12 mujeres internas del Cefereso 16, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una recomendación en la que se destacó la falta de medidas adecuadas para garantizar el acceso a la salud en ese lugar.

En febrero del 2025 Cimacnoticias publicó la investigación Prisión feminicida mexicana, ahí se relataron las violaciones a derechos humanos contra mujeres reclusas del Centro Federal de Readaptación Social femenil número 16 en el estado de Morelos, único centro penitenciario federal para mujeres en México y es considerado uno de los más grandes en América Latina. 

Según datos del Gobierno de México del 9 de diciembre del 2024, la empresa asociada al adjudicatario del Cefereso 16 es Capital Inbursa cuyo propietario es el empresario Carlos Slim.

Hoy, la ONU señala contra este Cefereso

«El uso obligatorio y prolongado de la prisión preventiva oficiosa (automática) para determinados tipos de delitos en México, junto con la falta de atención médica específica según su género y de garantías de proximidad a las familias en la única prisión federal para mujeres del país, violó los derechos de 22 mujeres detenidas».

El Comité hizo publico su dictamen tras examinar un caso presentado por 22 mujeres detenidas en prisión preventiva en el Cefereso 16, algunas de ellas desde 2009.

Los cargos contra ellas están relacionados con el crimen organizado. Según la Constitución mexicana, estos delitos requieren la prisión preventiva oficiosa (automática) en la fase de imputación. Sin embargo, años después, la mayoría de los procedimientos no han avanzado y no han tenido audiencias relevantes en los tribunales federales, mientras que tres de ellas fueron absueltas en 2023-24, más de 10 años después.

«Estas mujeres han permanecido en prisión preventiva durante un período excesivamente prolongado, algunas de ellas durante más de 15 años, sin que se revisara adecuadamente la medida de detención y sin que se evaluara, desde una perspectiva de género, su impacto desproporcionado sobre ellas como mujeres», afirmó Erika Schläppi, miembro del Comité.

Según la información presentada al Comité, el número de mujeres en prisión preventiva oficiosa en México aumentó un 10,3 % en los primeros seis meses de 2020, en comparación con el aumento del 1,9 % en el caso de los hombres. En general, el 51,7 % de las mujeres detenidas se encontraban en prisión preventiva oficiosa a nivel federal en 2020, en comparación con el 41,34 % de los hombres.

En este mismo informe el organismo señala que el Cefereso 16 carece de personal médico continuo y permanente, incluidos médicos generales, ginecólogos, psiquiatras y pediatras, necesarios para la atención de las mujeres detenidas.

Además, confirmaron el aislamentio, porque determinar que la mayoría de las mujeres detenidas no reciben visitas de sus familias, ya que estas viven lejos y carecen de recursos económicos.

Víctimas

El Comité recibió testimonios escritos de las 22 peticionarias. Entre ellos, Patricia Melo Tapia, quien, según sus familiares, fue puesta en prisión preventiva oficiosa tras su detención en junio de 2011. Padecía gastritis y colitis y solicitó un traslado que permitiera a su hija visitarla más fácilmente, pero se le denegó.

A pesar de las reiteradas peticiones de su abogado para que recibiera el tratamiento médico adecuado, falleció en 2020 a causa de un shock séptico no tratado, insuficiencia hepática aguda y un probable cáncer de ovario.

Ivonne Hernández Carbajal, detenida en septiembre de 2012, alegó que ella y sus dos hijos adolescentes fueron torturados en el momento de la detención. Posteriormente, ambos hijos fueron internados en instituciones y ella afirmó que no había recibido visitas durante ocho años. También describió años de alergias e insomnio sin tratar.

Las peticionarias presentaron su denuncia ante el Comité, alegando que México había violado sus derechos en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y afirmaron que se habían visto afectadas de manera desproporcionada por las políticas públicas y la legislación.

En sus conclusiones, el CEDAW sostuvo que la prisión preventiva oficiosa en México en este caso era el resultado tanto de disposiciones legales como de prácticas judiciales arraigadas que imponen la medida de forma automática, sin evaluar las circunstancias individuales, lo que violaba el principio de proporcionalidad y «excluía injustificadamente» a las mujeres de medidas alternativas o atenuantes.

El Comité también consideró que la prisión preventiva prolongada tenía efectos desproporcionados en las mujeres, especialmente en lo que respecta a su capacidad para mantener el contacto con sus familias. El Comité advirtió además que las reformas constitucionales de 2024 y 2025 habían agravado este problema estructural al ampliar los delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa y restringir la revisión judicial significativa de su necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.

El Comité también señaló que México no refutó las denuncias específicas de atención médica inadecuada y consideró que el hecho de que los centros de detención no atendieran las necesidades específicas de las mujeres constituía una discriminación.

«Estas mujeres detenidas se enfrentan a una discriminación estructural debido a la falta de medidas alternativas atenuantes que tengan en cuenta las cuestiones de género, como consecuencia de la incapacidad del Gobierno para atender sus necesidades específicas y de la ausencia de mecanismos eficaces con enfoque de género apara la revisión de las decisiones relacionadas con las prisiones», afirmó Schläppi.

El Comité pidió que se concedieran reparaciones integrales y adecuadas, incluida una indemnización económica a las 22 víctimas.

Instó a México a que, con carácter urgente, garantizara una atención médica y psicológica especializada y adaptada a sus necesidades.

En consonancia con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso García Rodríguez y otros contra México, el Comité también pidió a México que modificara las disposiciones constitucionales y legislativas y eliminara la prisión preventiva oficiosa obligatoria, que tiene un efecto desproporcionado en las mujeres, y que revisara las medidas cautelares de las demandantes desde una perspectiva de género, incluidas las responsabilidades de cuidado, con el fin de poner fin a la prisión preventiva oficiosa siempre que fuera posible y sustituirla por alternativas no privativas de libertad.

También instó al Estado parte a adoptar medidas urgentes para mitigar los daños causados por la detención prolongada, entre otras cosas facilitando los traslados a centros más cercanos a las familias, teniendo en cuenta las consideraciones de género y el papel de las mujeres como principales cuidadoras.

6/13/2026

CNDH urge prevenir y erradicar tortura contra mujeres en reclusión

 

Esto lo señaló durante el foro Buenas prácticas de los mecanismos nacionales de prevención de la tortura en la atención a mujeres privadas de la libertad en América Latina.

Cabe señalar que en el 2024, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) le hizo un llamado a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y a los tres niveles de gobierno en México, para que adopten una agenda contra la tortura porque el país tiene pendientes importantes en esta materia, aseguraron.

Sostuvo que es preciso recuperar los avances y las mejores prácticas para inhibir abusos al interior de los centros penitenciarios del país, en los cuales la CNDH ha identificado -a través de varios diagnósticos e informes- que se trata generalmente de mujeres en situación de pobreza, con pocos años de escolaridad, quienes antes de entrar a prisión eran las principales o únicas responsables del cuidado de hijas, hijos e incluso de otros familiares o víctimas de diversas formas de abuso.

En el evento, que reunió a representantes de Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura (MNPT) de México, Argentina, Ecuador, Chile, Costa Rica, Bolivia, Perú y otros países de América Latina, Piedra Ibarra subrayó que a dichos factores se suma la discriminación en el caso de mujeres indígenas y afrodescendientes, quienes viven con algún tipo de discapacidad, embarazadas, adultas mayores o con enfermedades crónicas que las coloca en mayor grado de vulnerabilidad.

Cabe señalar que Cimacnoticias ha documentado esta situación en su investigación Prisión feminicida mexicana, donde se denunció al Centro Federal de Readaptación Social femenil número 16 en el estado de Morelos, señalado por diversos actos violatorio a derechos humanos contra las mujeres en reclusión.

El Ceferso 16 es el único centro penitenciario federal para mujeres en México, considerado uno de los más grandes en América Latina y desde el 2022 se informó de una veintena de suicidios de mujeres internas, no obstante, Cimacnoticias logró documentar con testimonios las torturas a las que son sometidas.

Por ejemplo, los testimonios denunciaron que al interior de esa cárcel, las mujeres son sometidas a castigos físicos, aislamiento prolongado, comida podrida, las hidratan con agua no potable, abuso de medicalización, entre otras prácticas inhumanas y degradantes.

De hecho, este caso también fue documentado por la misma CNDH. Acudieron al Cefereso 16 y tras realizar una investigación corroboraron «las violaciones al derecho humano a la alimentación en transversalidad con el derecho a la protección a la salud y el derecho al trato digno, en agravio de 404 mujeres». Por lo que dirigió la recomendación 59/2023 al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS).

El Diagnóstico emblema

El Diagnóstico Nacional sobre Tortura Sexual Cometida Contra Mujeres Privadas de la Libertad en México presentado por la Secretaría de Gobernación (Segob) en 2022, reveló que más del 79% de las mujeres en prisión entrevistadas fueron víctimas de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de las cuales más del 43% sufrió tortura sexual o actos con esta connotación.

A partir de las mil 280 entrevistas realizadas en el estudio a mujeres privadas de la libertad en 66 penales del país, el documento revela que siete de cada 10 mujeres fueron víctimas de violencia en algún momento de su proceso judicial.

En este diagnóstico se informó que 7 de cada 10 mujeres vivieron algún tipo de violencia, incluida la tortura sexual en diferentes etapas de su proceso: ya sea en su arresto, traslado, puesta a disposición ante el ministerio público, arraigo, estancia en centro de reclusión o la etapa de juicio.

Sistema que castiga

La presidenta de la CNDH, trajo a estas declaraciones a las niñas y niños que conviven con sus madres en los centros de privación de la libertad y, en este sentido, dijo que los Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura (MNPT) de México han identificado que esos lugares no suelen contar con las condiciones materiales para una estancia segura, que las madres comparten los mismos espacios con el resto de la población y no cuentan con áreas de cuidado materno infantil, por lo que destacó la urgencia de atender esta situación.

A su vez, la directora general de la Tercera Visitaduría de la CNDH, Nestora Salgado García, señaló que en México persiste un sistema penal punitivista que castiga y después investiga, lo cual afecta a muchas mujeres.

Detalló que, según cifras oficiales, en diciembre de 2025 existían 15 mil 849 mujeres privadas de la libertad, que representaban el 6.18% del total de la población penitenciaria en cárceles estatales y federales, mientras que para abril de 2026 esta cifra se incrementó a 16 mil 921 mujeres privadas de la libertad (6,36%), es decir 1,072 mujeres más en prisión.

Aseguró que la CNDH ha detectado que el sistema penitenciario vulnera los derechos de las mujeres privadas de la libertad, toda vez que persiste la falta o insuficiencia de personal médico, psicológico y psiquiátrico; ausencia de actividades de prevención y rehabilitación en materia de adicciones, y traslados involuntarios a otros penales, alejándolas de sus familias, entre otros factores.

Por su parte, la directora general de la Cuarta Visitaduría de la CNDH, Arely López Pérez, planteó que la prevención de violaciones a los derechos humanos exige mecanismos capaces de identificar y atender oportunamente contextos de violencia, discriminación y exclusión que padecen las mujeres privadas de la libertad y la protección efectiva de sus derechos humanos demanda respuestas institucionales tempranas, especialmente tratándose de indígenas y personas pertenecientes a grupos históricamente discriminados.

Comentó que la privación de la libertad de las mujeres no ocurre en el vacío, sino en contextos atravesados por desigualdad, violencia y exclusión estructural. “Detrás de cada expediente existe una historia humana”, por lo que “comprender ese contexto no implica sustituir la función de la justicia, sino reconocer que la protección de los derechos humanos exige mirar a las personas en toda su complejidad, sólo así podremos construir respuestas institucionales más sensibles, más incluyentes y respetuosas de la dignidad humana”.

5/31/2025

Tras 25 años de prisión injusta, Estado mexicano sigue sin reconocer a María Luisa Villanueva como víctima

 

.-Ciudad de México.–  Cada martes, María Luisa Villanueva, quien pasó 25 años en prisión por un delito que no cometió, se coloca con manta en mano, a partir de las 10 a.m. frente a la Plaza de Armas, en Cuernavaca, para exigir justicia. Aunque hoy se encuentra en libertad, su lucha está lejos de terminar, pues exige que el Estado la reconozca como inocente y que se haga justicia contra quienes violaron sus derechos humanos tras casi tres décadas de impunidad.

En entrevista con Cimacnoticias, María Luisa relató que desde su liberación en febrero de 2023 ha enfrentado nuevas formas de violencia institucional. Asegura que el Estado ha colocado múltiples obstáculos para agotarla y disuadirla de continuar con su denuncia contra el grupo de agentes de la Unidad Antisecuestros que la torturaron en 1998, tras haber sido detenida de forma arbitraria y violenta.

Aunque la fiscalía giró órdenes de aprehensión contra los responsables, la jueza Juana Rosa López de Solano las negó. Villanueva y su defensa apelaron la decisión, pero el mes pasado la Tercera Sala Penal, a cargo de la magistrada María Luisa Sánchez Osorio, volvió a revictimizarla al rechazar nuevamente las órdenes de captura.

“El tribunal quiere mantener en la impunidad a las personas que me torturaron, ya que son servidores públicos de la fiscalía, entonces se protegen. Hay una red de corrupción en la que se cuidan unos a otros”, denunció María Luisa

Reconstruir su vida ha sido un reto enorme. Cargar con el estigma de haber estado en prisión le ha cerrado puertas al empleo, negándole oportunidades básicas para salir adelante. Actualmente, su único sustento proviene del apoyo económico de la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas (CEARV) de Morelos; sin embargo, afirma que este ha sido insuficiente y, además denuncia que se entrega de manera irregular.

“Este apoyo económico también ha sido una batalla. Hasta el momento no han pagado la renta; creo que el casero ya está a punto de desalojarme. Dijeron que esta semana entregarían el dinero, y yo estoy esperando… ojalá que sí. A veces parece que piensan que te están haciendo un favor al darte lo que en realidad es tu derecho.”, expuso María Luisa Villanueva

Los estragos de haber estado privada de la libertad durante 25 años han deteriorado su salud física y mental. Uno de los impactos más dolorosos, confiesa, fue haber sido separada de sus hijos cuando aún eran pequeños, lo que generó un distanciamiento profundo, hoy solo mantiene contacto con uno de ellos. A esto se suma no solo el estigma social que enfrenta, sino también el rechazo dentro de su propia familia, que vive en Guerrero y con la que mantiene una relación distante.

“Soy de un pueblo muy conservador, y al llegar sí soy señalada, tanto por haber estado en prisión como por lo que me hicieron los policías”, lamenta María Luisa Villanueva

Finalmente, con la voz entrecortada pero firme, Villanueva hace un llamado a la presidenta Claudia Sheinbaum para que atienda su caso y el de muchas otras personas que han sido víctimas del abandono y la impunidad.

“De la presidenta Claudia creo que de ella espero mucho más. Necesito la autoridad de una figura como la presidenta que pueda ayudarme y darme la mano. Es una lucha que estoy sola contra un sistema que lo tiene todo, tiene todo el poder para cansarme, para agotarme. Al destrozar la vida de un ser humano que es inocente, se destruye también una sociedad y eso no es justo, concluye María Villanueva.

Caso María Luisa Villanueva

En 2019, Cimacnoticias conversó con María Luisa Villanueva, una mujer originaria de la comunidad de El Ocotillo, en Guerrero. En ese entonces, María Luisa se encontraba privada de su libertad en el Centro de Reinserción Social Femenil de Atlacholoaya, en el municipio de Xochitepec, Morelos. Estaba cumpliendo una sentencia de 30 años, acusada de haber participado en el secuestro de la menor Sara Saskia Seligman, ocurrido el 22 de junio de 1997, según la causa penal 06/1998.

La vida de María Luisa cambió de forma drástica el 6 de enero de 1998. Con apenas 21 años y dos hijos, uno de 11 meses y otro de 9 años, regresó a Morelos, donde había vivido tres años antes, en busca del padre de su hijo menor, a quien no veía desde hacía nueve meses. Vivía en condiciones de pobreza, en un contexto adverso que la colocaba en una situación de vulnerabilidad.

Aquella noche acordó encontrarse con su expareja, Catalino Martínez Jiménez, en el restaurante Los Porkys, ubicado en la colonia Galeana de Zacatepec. Pero lo que debía ser un reencuentro personal, se convirtió en una pesadilla. Minutos después de su llegada, un grupo de agentes de la Unidad Antisecuestros irrumpió violentamente en el lugar. Iban encapuchados y, según el expediente, entre ellos se encontraban José Guadalupe Reyes, Fernando Paredes Meza y Édgar Chávez Rodríguez.

Frente a los comensales, los oficiales sacaron a la fuerza a María Luisa y a Catalino del restaurante. Él, en medio de la confusión y la violencia, suplicaba: “Ella no tiene nada que ver, dile al jefe que me dé chance y la deje ir”. Sin embargo, ambos fueron subidos a un vehículo. En una parada durante el trayecto, María Luisa escuchó cómo uno de los policías le decía a su expareja que, si quería que ella quedara libre, debía entregar 200 mil pesos.

Lo peor estaba por venir. Fue llevada a una casa donde fue torturada y agredida sexualmente. Con las manos atadas, tirada en el piso, escuchaba los gritos de otras personas que también estaban siendo golpeadas. La amenazaban de muerte con frases como: Te llegó la hora, hija de tu puta madre”.

Cuatro días después, el 10 de enero, ambos fueron presentados, esposados y encapuchados, ante la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE). Allí, una vez más, fueron golpeados y obligados a firmar confesiones bajo amenaza.

Su situación legal se agravó por la falta de recursos económicos de su familia, que no podía pagarle una defensa adecuada. Le asignaron un defensor de oficio, quien hizo un trabajo deficiente. La diligencia de confrontación, clave en el proceso, estuvo plagada de irregularidades: en el expediente incluso aparecen nombres de mujeres que, según las actas, estuvieron presentes, aunque ellas mismas niegan haber participado en la diligencia.

A pesar de las evidentes violaciones a sus derechos humanos y la ausencia total de una perspectiva de género, el 2 de septiembre de 1999, María Luisa fue condenada a 30 años de prisión. Fue juzgada sin garantizarle el derecho a una defensa adecuada, a no ser torturada, ni a que se fabricaran pruebas en su contra. El juez avaló todas las irregularidades, revictimizándola y legitimando la arbitrariedad con la que fue detenida.

Pasaron 22 años para que su caso comenzara a recibir atención. Con el apoyo de un nuevo abogado, logró que la Fiscalía General de Justicia abriera una carpeta de investigación contra los policías ministeriales que la detuvieron. Pero fue hasta el 30 de enero que el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Morelos, Jorge Gamboa Olea, ofreció a algunas mujeres privadas de la libertad ,entre ellas María Luisa, acogerse a un beneficio de remisión parcial de la pena, lo que implicaba su liberación inmediata.

María Luisa, sin embargo, no quería ser liberada como si se le estuviera “perdonando” algo. Quería que el Estado reconociera su inocencia, por eso, renunció al beneficio. Pero Gamboa Olea ordenó su liberación de todos modos. Paradójicamente, fue el mismo magistrado que, años antes, había omitido todas las inconsistencias y violaciones de su proceso.

Hoy, han pasado 27 años desde su detención. Aunque María Luisa ya no está en prisión, la justicia no ha llegado. Sigue enfrentándose a un sistema corrupto y negligente, que se niega a reconocer los abusos, las torturas, la fabricación de pruebas y las omisiones que marcaron su caso. María Luisa Villanueva es libre, sí, pero aún espera que su nombre sea limpiado por completo.

5/03/2025

La cárcel como violencia institucional de género

 Por Alicia Alonso Merino

Fuentes: Desinformémonos

Por las sobrevivientes a las múltiples violencias de género sabemos que los abusos tienen muchas formas y se llevan a cabo en contextos muy variados pero que siguen un patrón dinámico en las relaciones donde, quien tiene más poder, usa la autoridad de forma arbitraria para dominar y manipular a través del miedo.

La complejidad de cómo funcionan estas violencias se plasmó allá por los años 80, de forma gráfica en una rueda1, que nos ayuda a comprender las distintas formas de cómo esta actúa. No se trata de hechos aleatorios y aislados, sino que obedecen a un patrón de conducta. Las diferentes formas de los abusos se identifican de alguna manera en los radios de la rueda que se alimentan unos a otros y refuerzan el poder y control de quienes están en el centro. El diseño circular nos ayuda a entender que el tipo de patrón no es lineal, sino que se repite y hace que la rueda gire y gire sin parar.

Mónica Cosby es una feminista activista de la organización Madres unidas contra la violencia y el encarcelamiento2 en Estados Unidos, que sobrevivió a 20 años de encierro en diferentes cárceles de ese país. Ella conoció la rueda de cómo funciona este poder y control de la violencia de género por una compañera de celda. Justo un día después, hicieron un allanamiento en su módulo y las guardias destrozaron todas las pertenencias que tenían. Ese hecho les dejó muy afectadas por el despliegue de fuerza y la agresividad. Ella, además, acababa de salir de estar casi 8 años en confinamiento solitario. Estas experiencias traumáticas hicieron un clic en su cabeza al visualizar la rueda del poder y control que había visto a su compañera. Ella se vio identificada desde la experiencia que vivía y sentía en la prisión con las manifestaciones recogidas en la imagen gráfica circular. Se sentía igual. Estar en la cárcel le hacía sentirse como en una relación abusiva y violenta.

Junto a otras sobrevivientes, actualizó la Rueda del poder y control, basada en su propia experiencia carcelaria3. Según sus vivencias, en la prisión se dan las mismas manifestaciones que en la violencia de género: abuso emocional; intimidación y acoso; coerción y amenazas; abuso económico; uso y abuso de los privilegios; minimización, negación o culpabilización; aislamiento y uso interesado de la prole. Para ellas, el encarcelamiento replica la dinámica de poder y control que se da en las relaciones abusivas.

La cárcel les infantiliza, les humilla, les hace sentir mal consigo mismas, les insultan, les hace creer que están locas, lo que supone un abuso emocional. Por otro lado, existe una intimidación y acoso que las hace sentir miedo. En los allanamientos les rompen sus pertenencias, despliegan armas, les hacen revisiones con desnudos, condicionan las salidas y su libertad.

También se dan la coerción y las amenazas. Si no obedecen pueden perder las visitas, las actividades y pueden ser castigadas o amenazadas con el aislamiento. Junto con el abuso económico, el trabajo penitenciario es explotador, los precios de algunos productos en el economato son exorbitantes, controlan en qué puedes gastar el dinero y quién te lo puede dar.

Además, existe un uso de los privilegios, ya que la institución les trata como sus sirvientas, imponen reglas arbitrarias que hay que cumplir y les somete a una vigilancia constante. Por otro lado, la cárcel desplaza la culpa por los abusos diciendo que ellas los causaron, imponen represalias si presentan quejas y les dicen que están en la cárcel por «tu propio bien», lo que supone una minimización, negación y culpabilización.

El aislamiento se ve incrementado por el aislamiento físico, los muros, los barrotes y las cerraduras. Dentro controlan a dónde van, qué hacen, qué leen; limitan su trabajo y sus actividades. Controlan a quién puede visitar, con quién pueden hablar por teléfono, leen su correo.

Por último, también utiliza a los hijxs. La institución hace que se sientan culpables por abandonarles, amenazan con retirar sus visitas o con separarles de forma permanente de las criaturas.

Si tenemos en consideración que un 86% de las mujeres presas son sobrevivientes de violencia doméstica o sexual, el encarcelamiento no hace más que agravar ese trauma. A todo ello hay que sumar que no pueden salir, ni escapar, por lo que muchas se sienten atrapadas en un “infierno”.

El encarcelamiento replica la dinámica de poder y control en las relaciones abusivas y las perpetúa, por tanto, el trabajo feminista para acabar con la violencia de género debería igualmente incluir, dentro de su agenda, acabar con las prisiones.

1 https://www.researchgate.net/figure/The-Power-and-Control-Wheel_fig2_279291464

2 Moms United Against Violence and Incarceration (MUAVI)

3 https://www.researchgate.net/figure/Monica-Cosbys-Intimate-Partner-Violence-and-State-Violence-Power-and-Control-Wheel_fig1_383566180

Alicia Alonso Merino. Feminista y abogada de derechos humanos. Realiza acompañamiento socio-jurídico en cárceles de distintos países.

Fuente: https://desinformemonos.org/la-carcel-como-violencia-institucional-de-genero/

4/26/2025

Keren Ordóñez recupera su libertad, pero la lucha por la justicia continúa

 

.-Ciudad de México.- A tan solo una semana de haber sido liberada tras una acusación injusta de secuestro agravado, Keren Ordóñez, mujer veracruzana, celebró su libertad junto a su familia y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh). Aunque su caso concluyó con un fallo favorable, Keren advirtió que su lucha continúa: «Hoy alcancé mi libertad, pero hay muchas otras que no. Por eso, seguiré en la lucha», expresó.

El 16 de abril de 2025 marcó un hito sin precedentes en los últimos años, al revertirse por primera vez desde 2018 una sentencia condenatoria por secuestro, transformándola en absolutoria. Este giro fue posible gracias a un recurso de apelación, presentado por el equipo legal del Centro Prodh. La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala concluyó que las pruebas en su contra carecían del valor probatorio necesario para acreditar su responsabilidad penal, según explicó Ivette Galván, coordinadora del área de defensa del Centro Prodh.

La sentencia absolutoria de Keren también incorporó una perspectiva de género, reconociendo que las circunstancias de vulnerabilidad a las que se enfrentaba en el momento de su detención no fueron adecuadamente valoradas. Ignorar estos factores fue una grave omisión. Además, el proceso estuvo marcado por estereotipos de género que revictimizaron y acusaron injustificadamente a Ordóñez.

«Por ejemplo, se cuestionó por qué Keren se encontraba en el lugar de los hechos con su hija recién nacida en brazos. Este tipo de razonamientos no solo carecen de valor jurídico, sino que se basan en prejuicios sobre cómo debe actuar una ‘buena madre’, lo que afectó gravemente la valoración de su testimonio», comentó Ivette Galván, coordinadora del área de defensa del Centro Prodh.

El caso de Keren estuvo marcado por múltiples violencias, incluyendo el uso de tortura como método de investigación, irregularidades procesales y la falta de una perspectiva de género adecuada. Sin embargo, su caso no es aislado. Según la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2021, el 23.9% de las mujeres condenadas fueron sentenciadas por secuestro, frente al 11.7% de los hombres. Galván destacó que muchos casos similares, como el de Keren, se producen en contextos de desigualdad, donde las mujeres enfrentan alta presión por parte de sus parejas y carecen de una defensa adecuada.

Aunque Keren celebra su libertad tras pasar 9 años y 4 meses injustamente detenida, señala que aún existen muchas mujeres en prisión de forma injustificada. «Al igual que me pasó a mí, se les juzga solo por ser mujeres. No hay equidad en el sistema de justicia, y eso debe cambiar», expresó. Por ello, hizo un llamado a continuar la lucha y alzar la voz por quienes aún no han obtenido justicia.

Asimismo, Neftaly Pérez, abogado del Centro Prodh, aclaró que la absolución de Keren no generó una justicia restaurativa que le permitiera acceder a una compensación por los casi diez años que pasó en prisión. Sin embargo,actualmente existen dos carpetas de investigación por violación a los derechos humanos de Ordóñez, aunque desde 2017 no se ha recibido ninguna notificación favorable sobre estas acusaciones. «Esperamos que en esta nueva etapa se impulse la investigación y se sancione a los responsables de esta violación a los derechos humanos», indicó Pérez.

Por su parte, Keren subrayó que, aunque una compensación económica por parte del Estado sería un paso hacia la reparación, no podría devolverle los años perdidos lejos de su hija y su familia. «El tiempo no se recupera, pero lo estamos aprovechando», aseguró, refiriéndose al reencuentro con su hija y sus seres queridos, un momento que describió como indescriptible.

Al finalizar la conferencia de prensa, Ciria Hernández, madre de Keren, expresó su firmeza en la lucha por la libertad de su hija. A pesar de las pruebas presentadas durante el proceso judicial, la criminalización persistió. Sin embargo, la pobreza y las adversidades no impidieron que Ciria luchara incansablemente por demostrar la inocencia de su hija. «No fue fácil, pero nunca bajé la guardia. Con uñas y dientes, demostré que mi hija era inocente», concluyó.

¿Quién es Keren Ordóñez?

Keren Selsy Ordoñez Hernández, originaria de Veracruz, creció en un contexto de pobreza y desigualdad económica. A los 19 años se convirtió en madre por primera vez, pero no contó con el apoyo de su pareja, quien se negó a brindarle cualquier tipo de ayuda. Esta situación la obligó a ejercer la maternidad de forma autónoma.

En diciembre de 2015, Keren salió de su hogar rumbo al domicilio de su expareja, ubicado a pocas cuadras de distancia, con la intención de exigirle la manutención de su hija. Sin embargo, al llegar al lugar y mientras lo esperaba en la entrada, fue interceptada por vehículos de la Policía Federal y de la Policía Ministerial de Tlaxcala. Sin contar con una orden de aprehensión, los agentes detuvieron a su expareja, a otro hombre presente en el sitio, a Karen y a su bebé.

Desde el inicio de la detención, Keren fue víctima de múltiples violaciones a sus derechos humanos. Los agentes le arrebataron a su hija de los brazos y la subieron a una patrulla sin ofrecer explicación alguna. Dentro del vehículo oficial, Karen fue golpeada, asfixiada y amenazada. Los oficiales incluso advirtieron que podrían hacerle daño o desaparecer a su hija, argumentando que, al no contar con un acta de nacimiento, “nadie notaría su ausencia”.

Tanto Karen como su hija permanecieron detenidas por 11 horas, desde el momento del arresto hasta su presentación ante el Ministerio Público. Durante este tiempo, fue interrogada sobre un supuesto secuestro ocurrido en el domicilio de su expareja. Bajo amenazas constantes hacia su hija, fue forzada a firmar una declaración fabricada en la que reconocía haber participado en el delito, realizando labores de cuidado.

Horas más tarde, las autoridades ministeriales entregaron a la bebé al DIF estatal sin notificar previamente a ningún familiar, ignorando por completo el deber de salvaguardar su salud e integridad física y emocional. Fue hasta 12 horas después que la abuela materna logró recuperarla.

Deuda social tras 9 años en prisión

La violencia institucional contra Karen no terminó con su detención. Durante todo el proceso penal, enfrentó discriminación y la falta de una perspectiva de género. Además, los distintos defensores públicos que la asistieron incumplieron con su deber de brindarle una defensa técnica adecuada, omitiendo recabar y presentar pruebas que pudieran haber demostrado su inocencia y permitir su liberación.

En 2019, tras cumplir cinco años de prisión, su expareja y padre de su hija, quien fue detenido y procesado junto con ella por el mismo delito, recuperó su libertad al ser considerado menor de edad en el momento de los hechos.

En contraste, ese mismo año, Karen fue sentenciada por el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, en Apizaco, Tlaxcala, a 50 años de prisión por un delito que no cometió. El  27 de septiembre de 2021,que  un Tribunal Colegiado le concedió un amparo al reconocer que se habían violentado sus derechos procesales, ordenando reponer el procedimiento desde la etapa de instrucción, Sin embargo en noviembre del 2024, se volvió a reiterar la sentencia previamente dictada por

Después de casi una década de lucha incansable, Karen Ordoñez, hoy con 29 años de edad, logró su libertad ; sin n embargo, aunque su liberación representa un triunfo y un paso importante hacia la justicia, persiste una deuda socia. Las graves violaciones a sus derechos humanos no se anulan con una sentencia absolutoria. Por ello, se exige la implementación de una justicia restaurativa que reconozca el daño causado y repare, en la medida de lo posible, las consecuencias de casi diez años de encarcelamiento injusto.

4/12/2025

Nacer en Prisión. Panorama que obstaculiza la relación maternal en contextos de reclusión.

.-Ciudad de México.- Es una realidad que en México los menores de edad que nacen en prisión y permanecen con sus madres privadas de la libertad enfrentan un modelo de reinserción social sin perspectiva de género que vulnera sus derechos. De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación esto obstaculiza la relación maternal entra las madres y sus hijas e hijos.

Siguiendo los datos del Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal (CNSIPEF) 2023 del INEGI, la cantidad de mujeres embarazadas privadas de la libertad fue de 282 a nivel nacional, de las cuales el 56.4% se encontraba en periodo de lactancia, que comparado con el año anterior representó un aumento de 9.3%.

Además, se registraron 325 mujeres que tuvieron consigo a sus hijas e hijos menores de seis años y la Ciudad de México concentró la mayor cantidad de menores de seis años que permanecieron con sus madres siendo que 155 son niños (47.7%) y 170 son niñas (52.3%). Esta situación obliga a las madres a convivir con sus hijas e hijos sin contar con programas penitenciarios que visibilicen los impactos diferenciados que genera la prisión en las mujeres.

El Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria de 2024 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) evidenció importantes deficiencias en los centros penitenciarios donde albergan principalmente a mujeres como la falta de servicios e insumos básicos a los quien tienen derecho, áreas específicas para albergar a madres con sus hijas e hijos o la falta de espacios de esparcimientos y desarrollo para la niñez.

La CNDH identificó que de los 281 centros penitenciarios y de reinserción social en todo el país, al menos 12 entidades no cuentan con centro específico para las mujeres, como Baja California, Baja California Sur, Campeche, Durango, Guerrero, Michoacán, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas y Veracruz, donde las mujeres recluidas se mantienen en espacios mixtos.

«Lo anterior, solo permite observar que, la visión androcéntrica a través de la cual fueron pensadas las cárceles sigue permeando en cada uno de los establecimientos que alberga tanto a hombres como mujeres, generando importantes perjuicios a las mujeres privadas de la libertad y de sus hijas e hijos que viven con ellas» -Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Y aunque estas observaciones ya se han hecho por la CNDH varias veces, el órgano considera necesario la creación de un nuevo modelo de atención y reinserción social diferencial e interseccional en donde se reconozca que las mujeres no son vulnerables, sino que las condiciones en las que se les mantiene hacen que se desatiendan temas básicos de higiene personal, salud sexual y reproductiva, atención a emergencias y anticonceptiva.

La CNDH advierte que de continuar con siendo desatendidos, se colocara a las mujeres en situaciones de riesgo que las pude alentar a autolesionarse o cometer suicidio. Un ejemplo de esta situación son las circunstancias que viven las mujeres en el Cefeares 16 cuyo caso Cimacnoticias ha documentado.

A esto se suma las medidas limitantes o restrictas dentro de los centros penitenciaras para mantener un contacto cercano y continuo con sus hijas e hijos sin que existan esfuerzos estatales para el mejoramiento de la relación. La CNDH ha señalado líneas de acciones específicas para mejorar las condiciones en las que viven las infancias dentro de la prisión, por ejemplo:

  • Las madres y sus hijas e hijos deben acceder a servicios diferencias a los que tienen derecho.
  • Evaluar el contexto en el que se encuentra para su posible reubicación en centros femeniles que puedan garantizar sus derechos básicos. Esto mientras ellas y sus familias sean consultadas.
  • Medidas de seguridad para estar por mayores lapsos de tiempo en las áreas del patio para realizar actividades recreativas, laborales, culturales, artísticas y deportivas.
  • Garantizar atención médica, sexual y reproductiva, ginecológica, climaterio, de bienestar mental y pediátrico con enfoque especializado y perspectiva de género y otorgarles, de manera oportuna de los insumos médicos y medicamentos específicos que requieran.
  • Abasto permanente, suficiente, gratuito y oportuno de todos los artículos de higiene personal para garantizar su higiene para ellas y sus hijas e hijos como toallas sanitarias y pañales.
  • Capacitar al personal de los centros penitenciarios en relación con sus necesidades específicas y sus derechos con un enfoque de género a fin de protegerlas ante cualquier tipo de violencia debido a su género.
  • Realizar las adecuaciones necesarias para que el área destinada a la atención médica en los centros mixtos esté debidamente delimitada, separando a mujeres y hombres y que sean atendidos por personal médico y de enfermería del mismo sexo.
  • Contar con personal especializado en psicología, tener un directorio actualizado y contar con una red disponible de personal especializado en psiquiatría; así como, generar jornadas de sensibilización y capacitación constante al personal.

Lineamientos de la SCJN

De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), este contexto de reclusión hace compleja la relación entre la madre y sus hijas e hijos, ya que no las instituciones penitenciarias no tienen como propósito el desarrollo de los infantes provocando que con frecuencia padezcan carencias fundamentales en servicios e infraestructura que obstaculiza la relación maternal.

«Sin embargo, esta circunstancia, por sí misma, no debe ser una excusa para que los menores disfruten plenamente de su relación maternal» apuntó la SCJN. Ante este panorama, desde el 2017 se planteó una serie de lineamientos en donde se establece el derecho fundamental a crecer en una familia y ambiente social conveniente para su desarrollo.

Por ejemplo, los desafíos de la privación de la libertad deben ser subsanados por medidas de protección que garanticen que la madre e hijo puedan sobrellevar una relación positiva en condiciones dignas.

Las instituciones penitenciarias deben alojar a las madres privadas de su libertad y adoptar las políticas necesarias para que los niños cuenten con servicios de salud, alimentación, higiene, vestido, agua potable y esparcimiento.

Además, las mujeres reclusas deben contar con el máximo de posibilidades de dedicar tiempo a sus hijas e hijos contando siempre con información adecuada sobre sus responsabilidades y derechos maternales.

Asimismo, la SCJN mencionó que es conveniente que todo el personal de la prisión cuente con capacitación en derechos humanos, incluyendo instrucción en perspectiva de género y derechos de la infancia.