9/01/2010

A las mujeres presas por aborto, no les han podido comprobar homicidio


Reformas locales, acciones y consecuencias, mesa redonda

Por Diana Hernández Ramírez

México, DF, 31 ago. 10 (CIMAC).- A las seis mujeres presas por aborto en Guanajuato, las autoridades no les han podido demostrar que se encontraban en la última etapa de gestación, como lo indica su sentencia, que los productos nacieron vivos, y que ellas los privaron de la vida, afirmó Verónica Cruz, del centro “Las Libres”.

Al participar en el seminario “Protección a la vida, aborto y Derechos Humanos”, como parte de la mesa redonda “Reformas locales, acciones y consecuencias”, Verónica Cruz, comentó que desde el año pasado, el Centro documentó las violaciones a los derechos humanos y la preparación de los procesos de litigio de las 6 mujeres encarceladas que fueron detenidas sin orden de aprehensión.

A propósito de que el gobierno de Guanajuato prefirió modificar las leyes para reducir las penas escandalosas, de hasta 30 años que les habían impuesto a las mujeres, y no reconocer su inocencia, la activista habló del trabajo conjunto que el Centro realizó con Human Rights Watch para documentar los casos de mujeres a las que se ha impedido la práctica de abortos.

En Guanajuato hasta el 2008, 166 mujeres habían sido denunciadas, encarceladas y procesadas por el delito de “homicidio en razón de parentesco”.

Mencionó el caso reciente de un supuesto “homicidio en razón de parentesco” en el municipio Apaseo del Alto, donde las autoridades encontraron un feto de cuatro meses en un basurero y tienen cercado a todo el municipio.

Pidieron a la ciudadanía reportar a las mujeres embarazadas para hacer un padrón y quienes no demuestren su embarazo o alumbramiento, serán las sospechosas y estarán sujetas a investigación.

Pedro Salazar, del Instituto de Investigaciones Jurídicas, señaló que casos como el de Guanajuato nos recuerdan que el Derecho sigue siendo un instrumento de opresión y sometimiento.

En su ponencia “La resolución sobre la despenalización del aborto en el Distrito Federal” Fernanda Díaz de león, del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), resaltó que la protección de la vida en gestación y el derecho penal se deben establecer como ultima ratio, debido a que deben prevalecer los derechos de las mujeres, y cuestionó si el concebido no nacido se debe considerar una persona titular de derechos.

Pedro Morales del GIRE, mencionó que desde la entrada en vigor de estas reformas en 2007, se interpusieron mil 200 juicios de amparo en 11 entidades del país. Destacó la necesidad de emprender una lucha por el respeto a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

El Coordinador del Programa de Derecho y Salud del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), Alejandro Madrazo, resaltó que las reformas constitucionales violan el principio de laicidad del Estado establecido en los artículos 3, 24 y 130 constitucionales.

Madrazo señaló que entre las consecuencias jurídicas de las reformas, se encuentra el establecimiento explícito del derecho a la vida desde el momento de la fecundación, que convierte el aborto en un tipo específico de homicidio. Expresó que es necesario encausar el debate constitucional referente al aborto y el derecho a decidir, debido a que las reformas en 17 estados otorgaron personalidad jurídica al óvulo fecundado, que lo convierten en titular de derechos.

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