En la conferencia de prensa ofrecida el viernes 17 el presidente electo informó acerca del inicio de un “proceso de consulta” dirigido “a todos los mexicanos” para que “el pueblo” decida si continúa la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) en Texcoco o si se opta por la alternativa de construir dos pistas en el aeropuerto militar de Santa Lucía.
La trascendencia de dicha decisión tiene tres vertientes principales: a) Dónde se construirá el nuevo aeropuerto y con qué consecuencias. b) Será “el pueblo” quien tome esa decisión vinculante. c) El presidente López Obrador impondrá una forma personal de democracia participativa en la que él sea quien defina qué asuntos de política pública deben ser consultados a la ciudadanía –y cuáles no–, bajo los métodos de organización, desarrollo, cómpu­to y declaración de resultados determinados por el propio mandatario.
La resolución del presidente electo ha causado revuelo e irritación sin precedente en la sociedad, la opinión pública y dentro de su propio equipo de trabajo, como se revela en los rostros de tensión de los funcionarios que lo acompañaron en dicha conferencia. Son muchas las interrogantes y justificadas suspicacias que surgen de lo ahí expresado, tanto por su importancia como por sus implicaciones.
La duda acerca de la intención de López Obrador de abrir a consulta ciudadana un asunto tan complejo ha de­satado una ola de críticas. La deducción más verosímil es que lo hizo para eludir los costos políticos ante su base radical que se opone a la construcción del NAIM en Texcoco y le exige impedirla, como lo ofreció en campaña.
AMLO admitió que lo que ocasionó la demora en la presentación del dictamen sobre el nuevo aeropuerto fue el informe de MITRE que concluye que es inviable el proyecto del aeropuerto de Santa Lucía por razones de congestionamiento aéreo y seguridad de los pasajeros.
MITRE es una corporación estadunidense no lucrativa surgida del Massachusetts Institute of Technology (MIT) con un prestigio forjado a lo largo de 60 años, especializada en defensa, inteligencia y seguridad aérea. Por tanto, sería irracional optar por la alternativa de Santa Lucía. Para evitar reconocerlo, el presidente electo mencionó que “otros técnicos mexicanos y chilenos” llegaron a una conclusión distinta –que requiere ser confirmada– sin mencionar el nombre del organismo. La suspicacia se expandió.
Aún más preocupante es el concepto de López Obrador de la democracia participativa o deliberativa, así como el uso o aplicación que hará de ella. En su convocatoria a realizar una “consulta ciudadana” sobre el tema referido, hace caso omiso del artículo 35 fracción VIII de la Constitución, que establece las normas a las que deben sujetarse las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.
Destaco las más relevantes: 1. Deben ser convocadas por el Congreso de la Unión a petición del Presidente, de una tercera parte de cualquiera de las dos Cámaras o de al menos 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. 2. El resultado sólo será vinculatorio cuando participe al menos 40% de los ciudadanos. 3. No podrán ser objeto de consulta los ingresos y gastos del Estado. Además, la Suprema Corte de Justicia debe resolver sobre la constitucionalidad de la materia de consulta antes de la convocatoria del Congreso. 4. El INE verificará que se cumplan los requisitos anteriores y se encargará de la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados. 5. La consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral federal.
Ninguno de esos requisitos constitucionales se ha cumplido en la convocatoria del presidente electo. “Llamo al pueblo de México a desfacer entuertos”, expresó parafraseando El Quijote. Pidió participar en “este ejercicio democrático” para que “entre todos definamos lo que resulte mejor para la nación”, en una decisión que “puede significar la erogación de recursos públicos”. “En estos casos complicados, para no equivocarnos, lo mejor es preguntar a todos”.
Enfático, argumentó: “Lo que no aceptamos es una camisa de fuerza. Tenemos vocación democrática y no estamos sometidos a intereses creados. Lo dije cuando recibí mi constancia (como presidente electo): sólo reconozco al pueblo como soberano. No queremos actuar como tutores porque el pueblo, lo acaba de demostrar, es avispado, es sabio”. ¿El método? Una consulta directa o una encuesta “que se aplique con limpieza y honestidad” y sea vinculatoria. ¿Bajo la supervisión de quién? Del propio pueblo que, según él, no se equivoca.
El presidente electo parece olvidar que el artículo 40 constitucional mandata que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal…”. La democracia participativa es un complemento de la democracia representativa, no un sustituto de ella y, en consecuencia, debe sujetarse a las normas establecidas en el citado artículo 35 de la Carta Magna. Si así no lo hiciere, la nación se lo demandará a partir del próximo 1 de diciembre.
El jurista y pensador político alemán Carl Schmitt propugna una dictadura plebiscitaria en la que el líder encarna la voluntad política y el poder de la nación. Todo acto del dictador plebiscitario está legitimado de manera inmediata y, por tanto, queda sustraído de todo control porque por aclamación así lo ha expresado la voluntad del pueblo. Las analogías son tan evidentes como peligrosas. AMLO ha asegurado: “No aspiramos a una dictadura.” Es imperativo que cumpla su promesa.
Este análisis se publicó el 26 de agosto de 2018 en la edición 2182 de la revista Proceso.