7/22/2008

CRONICA DE UNA INJUSTICIA



BREVE RESUMEN DEL CASO DE LOS CINCO CUBANOS
Leonard Weinglass*

Después de décadas de ataques a su territorio (incendios provocados, sabotajes, asesinatos, y el uso de armas biológicas) perpetrados por grupos terroristas anti-cubanos en el Sur de la Florida, con el apoyo y el consentimiento del gobierno de Estados Unidos y tras reiteradas negativas del gobierno norteamericano a tomar medidas para evitar tales ataques, un grupo de hombres desarmados vinieron desde Cuba a Estados Unidos para monitorear las actividades de los grupos mercenarios responsables de esos ataques así como de las organizaciones que los apoyan y advertir a Cuba de sus intenciones agresivas.

En septiembre de 1998 cinco de estos hombres, que después se conocerían como Los Cinco Cubanos, fueron arrestados en el Sur de la Florida por agentes del FBI y mantenidos en celdas de aislamiento durante 17 meses antes que su caso fuera llevado al tribunal. Primeramente ellos fueron acusados del nebuloso cargo de conspiración, que según las leyes de Estados Unidos constituye un acuerdo para cometer espionaje (el gobierno de Estados Unidos nunca los acusó de espionaje real, ni afirmó que hubiera ocurrido espionaje real ya que no les fue incautado ningún documento militar clasificado). Adicionalmente, ellos enfrentaron cargos menores por uso de nombres falsos y por no notificar a las autoridades federales que estaban trabajando a nombre de Cuba desde territorio norteamericano.

Siete meses después se adicionó un nuevo cargo: de nuevo conspiración, pero esta vez para cometer asesinato, en contra de uno de Los Cinco, Gerardo Hernández, como resultado de una intensa campaña pública para vengar el derribo por parte de la Fuerza Aérea Cubana de dos avionetas de un grupo anticastrista y las muertes de sus cuatro ocupantes, hechos que tuvieron lugar dos años antes cuando estas avionetas estaban dentro o a punto de salir del espacio aéreo cubano. Las avionetas pertenecen a una organización que en los 20 meses anteriores al incidente del derribo había penetrado el espacio aéreo cubano 25 veces, lo cual había sido objeto de protestas reiteradas por el gobierno cubano. El derribo tuvo lugar después que los cubanos habían advertido oficialmente a Estados Unidos que a partir de ese momento su espacio aéreo sería defendido.

A pesar de la enérgica objeción por parte de la defensa, el caso se llevó a juicio en Miami, Florida, comunidad que alberga a más de medio millón de exiliados cubanos, con una larga historia de hostilidad hacia el Gobierno cubano – entorno que una corte federal de apelaciones de Estados Unidos describiría más tarde como una “tormenta perfecta” de prejuicios, que impidió en este caso la realización de un juicio justo. Cada uno de los 12 miembros del jurado seleccionado para juzgar el caso, y que expresaron una opinión acerca del Gobierno Cubano, fue hostil. Los tres posibles jurados que expresaron neutralidad acerca de Cuba fueron descalificados por el gobierno.

El juicio duró más de seis meses, convirtiéndose en el más largo en Estados Unidos hasta ese momento. Más de 119 volúmenes de testimonio y más de 20 000 páginas de documentos fueron compilados, incluyendo el testimonio de tres generales retirados del ejército, un almirante retirado, el ex asesor del Presidente Clinton para asuntos cubanos (todos llamados por la defensa), así como altos oficiales cubanos. Al final del juicio, cuando el caso estaba a punto de ser presentado al jurado para su consideración, el gobierno presentó una apelación extraordinaria ante una corte superior buscando su intervención al reconocer que había fracasado en probar el cargo principal de conspiración para cometer asesinato, alegando que enfrentaba un “obstáculo insuperable” para ganar el caso. Después de que esa apelación fuera rechazada, el jurado, no obstante, encontró culpables a los cinco de todos los cargos, después de haber sido puesto bajo una intensa presión por parte de los medios de prensa locales, cuyas cámaras persiguieron a los jurados hasta sus carros para que sus números de placas pudieran ser filmadas, así como por los anticastristas que no dejaron de manifestarse frente a la Corte.

Después de ser hallados culpables los Cinco fueron sentenciados a condenas largas y sin precedentes y confinados en cinco cárceles de máxima seguridad totalmente separadas una de otra. Gerardo Hernández fue sentenciado a dos cadenas perpetuas, Antonio Guerrero y Ramón Labañino a una cadena perpetua cada uno, Fernando González a 19 años y René González a quince años. Los tres con cadenas perpetuas se convirtieron en las primeras personas en Estados Unidos en recibir cadena perpetua en casos relacionados con espionaje, donde no existió ni un solo documento secreto.

La apelación inicial tomó más de 27 meses para finalizar con la decisión de un panel de tres jueces de la corte de apelaciones que revocó todas las condenas al considerar que estos cinco hombres no tuvieron un juicio justo en Miami. En una acción inusual, el Gobierno solicitó a los doce jueces de la Corte de Apelaciones del Onceno Circuito revisar la decisión del panel en un procedimiento llamado en banc. Exactamente un año después, con una fuerte opinión discrepante por parte de dos de los jueces, el pleno de la Corte revocó por mayoría la decisión de 93 páginas de los tres jueces originales, y rechazó que un ambiente de violencia e intimidación dominaba Miami. En el último cuarto de siglo esa Corte en pleno nunca decidió a favor de una persona acusada de un crimen federal.

Mientras tanto, el 27 de mayo de 2005, el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias, después de estudiar los argumentos presentados tanto por la familia de los Cinco como por el gobierno de Estados Unidos, determinó que su privación de libertad era arbitraria y exhortó al gobierno de Estados Unidos a tomar las medidas necesarias para rectificar esa arbitrariedad.

El Grupo de Trabajo manifestó que, basado en los hechos y las circunstancias bajo las cuales se llevó a cabo el juicio, la naturaleza de los cargos y la severidad de las sentencias, la privación de libertad de los Cinco viola el Artículo 14 de la Convención Internacional sobre Libertades Civiles y Políticas, de la cual Estados Unidos es signatario.

El 20 de agosto de 2007 tuvo lugar en la Corte del 11no Circuito de Apelaciones de Atlanta una Audiencia oral convocada por el panel de tres jueces que tiene a su cargo la apelación del caso, en la cual, al igual que en las dos anteriores celebradas en Marzo de 2004 y Febrero de 2006, ambas partes –Gobierno y Defensa- expusieron sus argumentos y respondieron a las preguntas de los jueces.

Esta audiencia constituyó un paso más en el largo proceso de apelación de estos cinco hombres desde que fueron sentenciados en el año 2001. En esta ocasión una vez más el Gobierno de Estados Unidos fue incapaz de refutar los argumentos de la Defensa y sustentar sus acusaciones.

La Defensa por su parte demostró fehacientemente la conducta impropia del Gobierno durante todo el proceso legal contra los cinco como una violación flagrante que incide en todo el caso y que tiene que ver básicamente con la forma en que la Fiscalía inventó crímenes que no fueron probados en el juicio, promovió un ambiente hostil y manipuló la evidencia y al jurado.

La falta de pruebas para sustentar las dos principales acusaciones – conspiración para cometer espionaje y conspiración para cometer asesinato en primer grado- y la imposición de condenas de cadenas perpetuas, completamente irracionales e injustificables, ha sido otro argumento clave de la Defensa para explicar la arbitrariedad del proceso. El propio Gobierno reconoció durante el juicio que no podía presentar un solo documento secreto para probar el espionaje y que se enfrentaba a “un obstáculo insuperable” para probar el cargo de asesinato.

A todo lo largo del amañado proceso el Gobierno admitió que su verdadero propósito era proteger a los grupos terroristas anti-cubanos que operan con total impunidad desde Miami y castigar a quienes luchan contra ellos.

El 4 de junio de 2008 el Panel de 3 jueces emitió su opinión en la cual ratificó los veredictos de culpabilidad de los Cinco; ratificó las sentencias de Gerardo Hernández y René González; anuló las sentencias de Antonio Guerrero, Fernando González y Ramón Labañino, y devolvió a la Corte de Distrito de Miami los casos de estos tres últimos para ser sentenciados nuevamente en audiencia que debe convocar a tales efectos.

El próximo 12 de septiembre estos cinco hombres cumplirán su décimo año en prisión acusados de crímenes que no cometieron, sólo por el hecho de intentar preservar a Cuba de acciones terroristas. Cuba, al igual que Estados Unidos y que cualquier otro país del mundo, está en su legítimo derecho de defenderse de ese flagelo que tantas víctimas ya ha ocasionado.

El caso contra Gerardo Hernández, Ramón Labañino, Antonio Guerrero, Fernando González y René González se encuentra aún en apelación ante el Onceno Circuito de la Corte de Apelaciones de Atlanta.

VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS

Entre el momento de la detención y el juicio, los Cinco siguieron detenidos sin derecho a fianza durante 33 meses, además de permanecer también durante 17 meses en celdas de confinamiento solitario. Se les impidió todo contacto con sus familiares e hijos pequeños, y ni siquiera podían comunicarse entre sí.

En agosto de 2001, antes de las audiencias condenatorias del juicio, fueron enviados nuevamente a “el hueco” durante 48 días.

Justo cuando sus abogados preparaban los documentos para entregar a la Corte y sus casos estaban a punto de estar listos para la apelación en marzo de 2003, de manera sumaria los Cinco fueron enviados una vez más a celdas de castigo en aislamiento “por órdenes de Washington”, según dijeron los administradores de las penitenciarías locales, quienes se quedaron perplejos con esta directiva porque los Cinco se habían comportado de un modo ejemplar.

En esos momentos, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos decidió mantenerlos en confinamiento solitario alegando motivos de “seguridad nacional”. Las autoridades estadounidenses les impusieron las llamadas “Medidas Administrativas Especiales” (S.A.M., por sus siglas en inglés), previstas en virtud de los reglamentos federales de 1996 cuando existe la sospecha de que las comunicaciones de los reclusos de prisiones federales podrían poner en peligro la seguridad nacional o conducir a actos de violencia o terrorismo.

De nuevo fueron enviados a “el hueco”, impidiendo así que tuvieran contacto con el mundo. Sus comunicaciones con los abogados fueron canceladas. Se les prohibieron las visitas, incluidas las consulares; no se les permitió recibir correspondencia, ni utilizar el teléfono, y ni tan siquiera comunicarse con sus familiares. Esta medida fue adoptada por el Gobierno de los Estados Unidos en una etapa crucial del proceso legal, cuando los contactos entre el abogado y el cliente son imprescindibles y los abogados centraban su atención en la preparación de las declaraciones para las apelaciones.

Las “Medidas Administrativas Especiales” fueron enmendadas en virtud de la Ley Patriótica de 2001, que extiende el período de tiempo en que se pueden imponer esas medidas desde 120 días hasta un año, y modifica las normas para aprobar las prórrogas. Como resultado de dicha enmienda, las “Medidas Administrativas Especiales” podrían aplicarse de nuevo a los Cinco en cualquier momento en el futuro.

Los Cinco han permanecido encarcelados durante más de 9 años. Durante ese tiempo, a Adriana, la esposa de Gerardo Hernández, no se le ha otorgado la visa para poder visitar a su esposo. Tampoco se ha permitido a Olga, la esposa de René González, visitarlo.

Con respecto al resto de los familiares, el Gobierno de los Estados Unidos ha seguido demorando innecesariamente el otorgamiento de los permisos de entrada. Eso significa que el promedio de visas otorgadas por miembro de la familia (incluidos madres, padres, esposas e hijos) apenas es una al año por miembro de la familia.

Por consiguiente, en la mayoría de los casos, los familiares han podido visitarlos sólo una vez al año como promedio, aun cuando, de conformidad con los acuerdos de visitas de las prisiones respectivas, las visitas podrían haberse realizado con más frecuencia de haberse otorgado la visa.

Amnistía Internacional ha condenado esos actos como violaciones del derecho internacional. En carta dirigida al Departamento de Estado de los Estados Unidos, Amnistía Internacional declaró: “Esa denegación de las visitas familiares a prisioneros convictos representa, en cualquier caso, una privación sustancial. Esto constituye una preocupación aún más urgente en estos casos dadas las graves cuestiones planteadas acerca de la imparcialidad de las condenas” y añadió: “esta medida es innecesariamente punitiva y violatoria de las normas para el trato humano de los prisioneros y de la obligación de los Estados de proteger la vida familiar”.

LA RECIENTE DECISIÓN DE ATLANTA

El 4/6/08 el panel de 3 Jueces encargado por el Onceno Circuito de Apelaciones de Atlanta de examinar el caso de los 5 cubanos e integrado por los jueces Stanley Birch, Phillis Kravitch y William Pryor, emitió su opinión después que el 9 de agosto de 2006 el Pleno de esa Corte dejara sin efecto su opinión anterior del 9 de agosto de 2005 en que anuló las condenas de los 5 y ordenó un nuevo juicio por considerar que no tuvieron un juicio justo. En esa ocasión el Pleno instruyó a los jueces a examinar el resto de los argumentos de la apelación.

En esta opinión el Panel ratificó los veredictos de culpabilidad de los Cinco; ratificó las sentencias de Gerardo Hernández y René González; anuló las sentencias de Antonio Guerrero, Fernando González y Ramón Labañino, y devolvió a la Corte de Distrito de Miami los casos de estos tres últimos para ser sentenciados nuevamente en audiencia que debe convocar a tales efectos.

De forma unánime el Panel rechazó cada uno de los argumentos de apelación de la defensa, alegando que los mismos “carecen de mérito”, excepto en parte de los argumentos relativos a las sentencias de Ramón, Antonio y Fernando. Sólo en el cargo de conspiración para cometer asesinato impuesto a Gerardo, cargo que la propia Fiscalía reconoció en el juicio y ante la propia corte de apelaciones que no podía probar, la decisión fue 2-1, con una opinión contraria de 16 páginas de la jueza Kravitch, quien afirmó que el Gobierno no presentó ninguna evidencia para probar que Gerardo era culpable de dicho Cargo.

La opinión, de 99 páginas, fue redactada por el Juez Pryor, designado por la Corte para formar parte del panel en el 2007, quien con un lenguaje politizado ajeno a un texto legal, favorece explícitamente la posición del Gobierno e incluso cambia hechos mencionados por ese mismo panel en su decisión anterior a favor nuestro en el tema de sede y manipula hechos que forman parte del expediente del caso.

Pryor, cuya nominación como juez federal fue altamente controversial por sus posiciones de ultraderecha y generó denuncias en importantes medios de prensa de Estados Unidos y fuertes críticas dentro del Senado, fue nombrado por Bush en abril del 2003 y rechazado en esa ocasión por el Senado. Posteriormente, en junio del 2005, logró su confirmación con el voto en contra de 45 senadores mediante un arreglo negociado por el hoy candidato presidencial por el Partido Republicano John McCain.

En entrevista concedida a la T.V. cubana al día siguiente de la opinión del Panel de 3 jueces, Leonard Weinglass, abogado de la Defensa, afirmó:

“Cuando los Cinco fueron arrestados en 1998, el Departamento de Defensa y el Departamento de Justicia de Estados Unidos hicieron una declaración diciendo que la seguridad nacional de ese país no había sido dañada. Ahora, después de 10 años en prisión, tenemos una afirmación por un Panel de 3 jueces del Onceno Circuito de Apelaciones de Atlanta de que no hubo espionaje y que ninguna información secreta fue obtenida ni trasmitida por los cinco cubanos. Eso lo encontró así el Panel, y aun así 3 de ellos regresan a Miami para una re-sentencia y no estamos seguros de cuál sería la nueva sentencia.

El caso de Gerardo Hernández (dos cadenas perpetuas más 15 años) era el caso más fácil, de acuerdo con todos los abogados, y pudo haber sido retirado. Sin embargo, aunque su caso es fácil desde el punto de vista legal dada la falta de pruebas para el cargo que se le imputa de conspiración para cometer asesinato, desde el punto de vista político es el caso más difícil, debido al clima político existente en Miami. La Corte no tuvo el coraje de dejar a un lado dicha condena incluso a pesar de que el propio Gobierno reconoció por escrito en el juicio que no la podía probar.

Cuando usted lee toda la opinión que dieron, en particular las primeras 40 páginas, para nosotros, como abogados, está bien claro que hay prejuicio ideológico en el dictamen emitido.

En esta decisión de 99 páginas, el Panel de 3 jueces encuentra que la jueza de la Corte de Miami que los sentenció, Joan Lenard, cometió errores al sentenciar a Fernando; cometió errores al sentenciar a Antonio; cometió errores al sentenciar a Ramón; cometió errores en las instrucciones que le dio al jurado sobre Gerardo, y, de acuerdo con dos de nuestros tres jueces, cometió errores al negar el cambio de sede.

A pesar de estos seis o siete errores serios, la Corte devuelve el caso a la jueza Lenard.

Lamentablemente, este caso es una de esas situaciones donde creo que el gobierno de Estados Unidos está utilizando su sistema de justicia para lograr un objetivo de política exterior. Es por eso la diferencia con el caso de Posada Carriles, y entre el caso de Posada Carriles y este caso.
Cuando esto sucede históricamente y se revela esta existencia de prejuicio político, los norteamericanos sienten un gran sentimiento de vergüenza en las leyes y en la confianza del sistema de justicia, en los tribunales de justicia.”

DIFICULTADES EN LAS VISITAS FAMILIARES A LOS CINCO CUBANOS PRESOS EN ESTADOS UNIDOS.

Durante estos años de injusta prisión la dilación en el otorgamiento de las visas a los familiares de los Cinco cubanos presos en territorio de Estados Unidos desde Septiembre 12, 1998, ha originado que en la mayoría de los casos, los mismos hayan podido visitarlos sólo una vez al año como promedio, aun cuando, de conformidad con las regulaciones de las prisiones respectivas, podrían haberlos visitado mensualmente.

A partir del año 2006, con la introducción de un nuevo procedimiento para las solicitudes de visitas temporales a territorio de ese país, esta situación se ha agudizado, provocando que los períodos de espera para el otorgamiento de una visa y por consiguiente, los períodos en que han permanecido los 5 sin recibir visitas familiares se hayan extendido significativamente llegando hasta la fecha a 19 meses.

Según dicho procedimiento los familiares en Estados Unidos son los que solicitan la entrevista a la Sección de Intereses de EE.UU. en Cuba mediante una llamada telefónica. Ello ha obligado a los familiares de los Cinco a recurrir a un mecanismo de excepción que ha agudizado la ya difícil situación que afrontaban antes de esa fecha para obtener los visados.

A continuación, algunos datos que ejemplifican lo anterior.

Gerardo Hernández Nordelo (condenado a 2 cadenas perpetuas más 15 años): Desde su arresto, el 12 de septiembre de 1998, no ha recibido la visita de su esposa, Adriana Pérez.

En 8 ocasiones Adriana Pérez ha solicitado visa para visitarlo y en 8 ocasiones el gobierno de Estados Unidos se la ha negado.

En el año 2002, le fue otorgada una visa y al arribar al aeropuerto de Houston, Texas el 25 de julio del 2002, las autoridades la mantuvieron detenida arbitrariamente durante 11 horas, le negaron el acceso a los funcionarios consulares cubanos y le revocaron su visa, impidiéndole así su entrada a territorio norteamericano.

Todo esto ha implicado una tortura psicológica para Gerardo Hernández, que por estar sancionado a permanecer en la cárcel de por vida, no tendría la oportunidad de volver a ver a su esposa.

Su hermana, Isabel Hernández Nordelo, presentó su solicitud de visado el 2/11/06 y tuvo que esperar hasta el 21/11/07 para que le fuera concedida lo que equivale a una espera de 12 meses.

René González Sehwerert (condenado a 15 años de prisión): El 16 de agosto del año 2000 recibió por última vez la visita de su esposa, Olga Salanueva.

Desde el 2002 hasta la fecha el gobierno de Estados Unidos ha negado a su esposa, Olga Salanueva, la autorización de entrada al territorio estadounidense para efectuar las visitas a la prisión. En 8 ocasiones ha pedido visa para visitarlo y en 8 ocasiones el gobierno de Estados Unidos se la ha negado. En el año 2002 le fue otorgada una visa y la misma le fue revocada a la semana siguiente.

Su madre, Irma Sehwerert, tuvo que esperar 17 meses (desde el 12/9/06 en que hizo la solicitud hasta el 5/2/08) para obtener su último visado.

Su padre, Cándido René González, presentó su solicitud de visa el 16/4/07 y le fue concedida el 5/2/08, 10 meses después de haberla solicitado.

Ramón Labañino Salazar (condenado a cadena perpetua más 18 años): Hace exactamente dos años, desde junio de 2006 hasta la fecha, no ha recibido visitas familiares por la dilación en el otorgamiento de las visas.
Su esposa, Elizabeth Palmeiro, y sus dos hijas Laura Labañino y Lisbeth Labañino, esperan hace 19 meses por el otorgamiento de la visa desde septiembre de 2006, en que presentaron sus solicitudes de visa a la Sección de Intereses de EE.UU. en la Habana (SINA), sin que se las hayan concedido.

La hija mayor de Ramón, Ailí Labañino, presentó su solicitud de visa el 2/11/06 y le fue concedida 12 meses después, el 6/11/07 pero al llegar a la prisión se decretó el cierre total de la misma por alteraciones del orden, en las cuales Ramón Labañino no tuvo participación. Por esta razón transcurrieron los 29 días de estancia permitida sin que pudiera realizar una sola visita.

Fernando González Llort (condenado a 19 años de prisión): Ha permanecido hasta un año sin poder recibir visitas familiares de su madre, Magali Llort y su esposa Rosa Aurora Freijanes, por la dilación en la concesión de las visas.

Desde su traslado a la prisión de Oxford en Wisconsin, hasta el 2007, su madre y su esposa, sus únicas familiares visitantes, no fueron reconocidas como tales por las autoridades de la prisión y por tanto no figuraron en el listado de visitantes, por lo que, además del inconveniente de las visas, sus visitas a la prisión dependían de una autorización especial de la prisión.

Su madre, Magali Llort, espera desde hace 15 meses (desde el 19/3/07 en que presentó su solicitud) por el otorgamiento del visado.

Su esposa, Rosa Aurora Freijanes, presentó su solicitud de visa el 15/12/06 y tuvo que esperar por 11 meses, hasta Noviembre de 2007, fecha en que le fue concedida.

Antonio Guerrero Rodríguez condenado a cadena perpetua más 10 años de prisión: Ha permanecido por períodos de más de 17 meses sin recibir visitas familiares por la dilación en la concesión de visas a su madre, Mirtha Rodríguez y a su hijo Antonio Guerrero.

En diciembre de 2003, después de recibir las correspondientes visas y viajar a los Estados Unidos, su madre Mirtha Rodríguez y su hijo Antonio Guerrero no pudieron efectuar las visitas previstas por haber sido trasladado Antonio imprevistamente a otra prisión. No fue hasta abril de 2005 en que recibieron una nueva visa para visitarlo.

Su madre, Mirtha Rodríguez, presentó su solicitud de visa el 16/4/07 y le fue concedida el 5/2/08, 10 meses después de haberla solicitado.

Su hijo Antonio Guerrero Cabrera, presentó su solicitud de visa el 8/3/07 y le fue concedida el 5/2/08, 11 meses después de haberla solicitado.

Carta abierta al Fiscal General
de los Estados Unidos

Señor Alberto González
Fiscal General de los EEUU

Como se ha informado en la prensa internacional, el pasado 9 de agosto la Corte de Apelaciones del Onceno Circuito de Atlanta declaró nulo el juicio celebrado en Miami, donde se condenó a Gerardo Hernández Nordelo, René González Sehwerert, Ramón Labañino Salazar, Antonio Guerrero Rodríguez y Fernando González Llort, quienes se habían infiltrado en los grupos extremistas cubano-americanos del sur de la Florida para obtener información sobre la actividad terrorista contra Cuba. Su encarcelamiento ya había sido declarado ilegal por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Desde hace siete años, estos cinco jóvenes permanecen en cárceles de máxima seguridad; han sufrido incomunicación en celdas de castigo por largos períodos y a dos de ellos se les ha privado del derecho a recibir visitas de sus familiares.

Ahora, después de la anulación del juicio, nada justifica que permanezcan en prisión. Esta arbitraria situación, tan dolorosa para ellos y sus familias, no puede prolongarse. Los abajo firmantes reclamamos su inmediata liberación.

Los PREMIOS NOBEL Wole Soyinka, Nadine Gordimer, Desmond Tutu, Rigoberta Menchú, Adolfo Pérez Esquivel, José Saramago, Harold Pinter, Zhores Alfiorov, y Günter Grass , junto a más de 6000 intelectuales y artistas de todo el mundo, entre ellos: Noam Chomsky, Oscar Niemeyer, Mario Benedetti, Harry Belafonte, Pablo González Casanova, Ernesto Cardenal, Thiago de Mello, Danny Glover, Walter Salles, Eduardo Galeano, Alice Walker, Manu Chao, Atilio Borón, Francois Houtart, Ignacio Ramonet, Luis Sepúlveda, Tariq Ali, Ramsey Clark, Gianni Miná, Frei Betto, Miguel Bonasso, Howard Zinn, Jorge Sanjinés, Rusell Banks y Alfonso Sastre, firmaron esta carta.

Más de 1000 parlamentarios de todo el mundo han declarado su apoyo a los 5 mediante mociones y cartas al gobierno de Estados Unidos exigiendo su liberación

Los Parlamentos y Comisiones parlamentarias de Gran Bretaña, Irlanda, Rusia, México, Bélgica, Alemania, Italia, Bolivia, Venezuela, Panamá, Perú, Brasil, Paraguay y Mali, entre otros, se han pronunciado a favor del caso La 113 Asamblea de la Unión Interparlamentaria, el Parlamento Latinoamericano, el Parlamento Centroamericano, el ParlaSur, el Parlamento Andino y el Parlamento Indígena emitieron resoluciones al respecto El Foro de Mujeres de la Asamblea Parlamentaria Conjunta ACP-UE y la Red de Mujeres Parlamentarias de la Conferencia Parlamentaria de las Américas han denunciado la situación de dos de las esposas de los Cinco a las que Estados Unidos les niega las visas.
En febrero de 2007, 187 miembros del Parlamento Europeo firmaron una Declaración Escrita en la que se pide al Gobierno estadounidense que conceda los visados necesarios para las esposas de dos de los Cinco, Olga Salanueva y Adriana Pérez, y otros familiares en el mínimo plazo legal y solicita al Consejo y a la Comisión Europea que hagan un llamamiento al Gobierno de Estados Unidos con vistas a que adopte las medidas necesarias para resolver esta situación.

Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Mayo 27, 2005
“La privación de libertad de los señores Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González Llort, Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar y René González Sehwerert es arbitraria, está en contravención del artículo 14 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos” Importantes asociaciones de abogados, de defensores del pueblo y de derechos humanos han dado su respaldo a la causa de los Cinco:

Unión Internacional de Juristas
Unión Iberoamericana de Juristas
Asociación Nacional de Abogados Criminalistas de Estados Unidos
Asociación Nacional de Defensores Federales de Estados Unidos
Asociación de Abogados Criminalistas de la Florida, E.U.
Orden de Abogados de Brasil
Colegio de Abogados de Puerto Rico
Asociación Internacional de Abogados Demócratas
Asociación Americana de Juristas
Gremio Nacional de Abogados de Estados Unidos
National Jury Project de Estados Unidos
Federación Iberoamericana del Ombudsman
Amnistía Internacional

GERARDO HERNANDEZ NORDEL0
NO. 58739-004
Dirección Postal USP VICTORVILLE
PO BOX 5400
13777 Air Expressway Road
Adelanto, CA 92394

Nació en Ciudad de La Habana el 4 de junio de 1965. Graduado en 1989 de Licenciatura en Relaciones Políticas Internacionales, en el Instituto Superior de Relaciones Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Entre los años 1989 y 1990 participó como combatiente internacionalista en la guerra por la liberación de Angola y la lucha contra el apartheid.
Gerardo es dibujante y caricaturista con publicaciones en la prensa nacionales cubanas y exposiciones en diversas galerías. Recientemente fue publicado un libro con sus trabajos. Poemas suyos han sido publicados en medios electrónicos.

Gerardo fue condenado injustamente a dos cadenas perpetuas más 15 años. El gobierno de Estados Unidos prohíbe a su esposa visitarlo.
Cargos: Conspiración General; conspiración para cometer espionaje; conspiración para cometer asesinato; uso de identidad falsa y conspiración para actuar como un agente extranjero no registrado.

RAMON LABAÑINO SALAZAR (LUIS MEDINA)
No. 58734-004
USP McCreary P. O. Box 3000 Pine Knot, KY 42635
Nació el 9 de junio de 1963 en la Ciudad de La Habana. Graduado con Diploma de Oro en la Universidad de La Habana, en la carrera de Licenciatura en Economía en 1986. Escribe poemas que han sido publicados en Cuba y otros países. Ramón tiene tres hijas de 18, 12 y 8 años. Fue condenado injustamente a cadena perpetua más 18 años.
Cargos: Conspiración General; conspiración para cometer espionaje; uso de identidad falsa y conspiración para actuar como un agente extranjero no registrado.

ANTONIO GUERRERO RODRIGUEZ
No. 58741-004
Dirección postal USP FLORENCE
PO BOX 7500
5880 State HWY 67
South Florence, CO 81226

Nació el 16 de octubre de 1958 en la ciudad de Miami. Se graduó de Ingeniero en Construcción de Aeródromos en la Universidad Técnica de Kiev, antigua Unión Soviética. Su obra más importante fue la ampliación del Aeropuerto Internacional de Santiago de Cuba.
Antonio es poeta y pintor. Tiene publicados tres libros, el primero “Desde mi altura”, y dos más recientes “Poemas Confidenciales” y “Décimas de Antonio Maceo”. Algunos de sus poemas han sido musicalizados. Tiene dos hijos de 20 y 13 años.
Fue condenado injustamente a cadena perpetua más 10 años.
Cargos: Conspiración General; conspiración para cometer espionaje y conspiración para actuar como un agente extranjero no registrado.

RENE GONZALEZ SEHWERERT
No. 58738-004 FCI Marianna P.O. Box 7007 Marianna, FL 32447-7007
Nació en Chicago, Estados Unidos, el 13 de agosto de 1956. Es piloto e Instructor de vuelo. René tiene dos hijas de 21 y 7 años.
Entre los años 1977 y 1979 participó como combatiente internacionalista en la guerra por la liberación de Angola y la lucha contra el apartheid.
René fue injustamente condenado a 15 años de prisión. El gobierno de Estados Unidos prohíbe a su esposa visitarlo.
Cargos: Conspiración General y conspiración para actuar como un agente extranjero no registrado.

FERNANDO GONZALEZ LLORT (RUBEN CAMPA)
No. 58733-004
FCI TERRE HAUTE
P.O. BOX 33
TERRE HAUTE, IN 47808
Nació en Ciudad de La Habana el 18 de agosto de 1963. Graduado con Diploma de Oro, en 1987, como Licenciado en Relaciones Políticas Internacionales, en el Instituto Superior de Relaciones Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Entre los años 1987 y 1989 participó como combatiente internacionalista en la guerra por la liberación de Angola y la lucha contra el apartheid.
Fernando fue condenado injustamente a 19 años de prisión.
Cargos: Conspiración general; uso de identidad falsa y conspiración para actuar como un agente extranjero no registrado.

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