12/16/2010

Prohibida toda discriminación con reforma en materia de DH


Modifican artículo 1 constitucional sobre garantías individuales

Por Anayeli García Martínez

México, DF. 15 dic 10 (CIMAC).- Durante su última sesión ordinaria y luego de contar con el aval del Senado, el Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos (DH), que pretende fomentar y garantizar el respeto de estas garantías individuales.

Por unanimidad de 361 votos a favor, el Pleno aprobó estas reformas que entre sus aportes, destaca el de brindar certeza de que la norma que estará por encima de cualquier otra, será aquella que favorezca en todo momento la protección más amplia de los DH de las personas.

Luego de un amplio debate en los meses previos, se aprobaron las modificaciones a diversos artículos de la Constitución. Ahora el artículo 1 de la Constitución establece que todas las personas gozarán de los DH reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que México es parte.

En este mismo artículo se señala que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los DH y en consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a esas garantías.

Asimismo, se menciona que está prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y “tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

MAYORES FACULTADES A CNDH

El debate incluyó diversos términos para lograr cambios significativos, como el de “hombre” por “persona”; o bien, dejar en el texto “familia” en plural o singular. Éste último termino quedó como “familia”, aunque en la definición se detallan los diversos tipos de ésta.

Además esta iniciativa dotó de mayores facultades a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien ahora podrá investigar hechos que constituyan violaciones graves de DH cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las Cámaras, el gobernador de un Estado, el jefe de Gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas.

El desarrollo y desahogo de una investigación de este tipo corresponderá al Consejo Consultivo de la CNDH, cuya decisión se adoptará por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. Además el texto precisa que ninguna autoridad podrá negar la información que se le requiera para dicha investigación.

Cabe mencionar que esta facultad anteriormente la tenía la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien ahora –de acuerdo con la reforma al artículo 105 Constitucional– conocerá las controversias constitucionales en materia de DH, con excepción de las que se refieran a la materia electoral.

Aunque hoy en día la CNDH hace recomendaciones a funcionarios públicos y autoridades por presuntas violaciones a DH, éstas no tienen mayores alcances; por lo cual ahora estas recomendaciones deberán ser aceptadas, o de lo contrario, los funcionarios podrían comparecer ante el Senado para explicar su rechazo.

De acuerdo con la diputada, Enoé Uranga Muñoz, estas reformas son “un cambio que va a contracorriente de esta realidad totalmente adversa, que cotidianamente vive nuestro pueblo, el pueblo al que decimos representar”.

Durante su intervención en la Cámara de Diputados, la legisladora precisó que la propuesta surgió de las organizaciones sociales y que también fue producto de la voluntad política y del consenso entre legisladoras y legisladores.

Debido a que se trata de reformas constitucionales, éstas deberán enviarse a los Congresos locales para su aprobación y posterior entrada en vigor.

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