8/15/2017

Grave problema legislar Alienación Parental en Códigos Civiles


No existe el síndrome; existe la violencia emocional

 Legislar el concepto de Síndrome de Alienación Parental (SAP) en los Códigos Civiles o Penales de los estados sería un grave problema porque al mismo tiempo se tendría que garantizar que, en todos los casos donde se acredite el SAP, haya un 100 por ciento de seguridad de que el progenitor que se dice víctima no es un abusador sexual o no violenta a sus hijas o hijos. 
 
La investigadora de la Dirección de Investigaciones Epidemiológicas y Psicosociales del Instituto Nacional de Psiquiatría “Ramón de la Fuente Muñiz”, Luciana Ramos Lira, expuso en entrevista con Cimacnoticias que para legislar el SAP sería necesario que las autoridades pudieran probar que todos los diagnósticos de Alienación Parental son certeros y no tienen errores.
 
El 1 de agosto la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México derogó el Artículo 323 séptimus del Código Civil capitalino, figura que argumenta que uno de los progenitores, en general la madre, manipula a sus hijas o hijos para que acusen al otro progenitor de violentarlos o de abuso sexual. Sin embargo, el concepto sigue vigente en al menos 16 Códigos Civiles de los estados.
 
Consultada sobre este tema, la psicóloga, maestra y doctora en Psicología Social, Luciana Ramos, señaló que en Estados Unidos, donde el SAP ha sido aceptado poco a poco en los litigios de custodia, se han realizado estudios que indican que la Alienación Parental es un concepto inventado y promovido por Richard A. Gardner para describir un “síndrome por el cual madres vengativas emplearon alegatos de abuso infantil en los litigios como arma para castigar a los ex maridos” y asegurar la custodia de los menores de edad para sí mismas.
 
Ramos Lira señaló que de acuerdo con estudios de expertos como Joan S. Meier y Sean Dickson, es fundamental reconocer los casos donde existe violencia de pareja y/o abuso infantil porque hay graves implicaciones para las hijas e hijos y su crianza, y aceptar que hay una tendencia en contra de las mujeres, niñas y niños que insisten en señalar que existe abuso por parte del padre en los litigios de custodia.
 
La investigadora refirió un estudio piloto empírico que analizó 38 casos de custodia de menores de edad en Estados Unidos y que encontró que 72 por ciento de los padres acusaron de SAP a las mujeres y en los casos en que hubo una acusación de alienación las mujeres perdieron la custodia de sus hijos la mitad de las veces, independientemente de las denuncias de abuso infantil.
 
En resumen, dijo, el riesgo para cualquier madre en un Tribunal Familiar de perder la custodia (si el padre alega Alienación) es mucho peor de lo que se cree y aunque se presume que el concepto de SAP es neutral, ese estudio indica que no es así ya que el hecho de que los tribunales desconfíen de las afirmaciones de abuso que hacen las madres y las niñas y niños indica un sesgo de género. 
 
En México, por ejemplo, en junio pasado se dio a conocer un  diagnóstico de SAP que al parecer llevó a una mujer, Mireya Agraz Cortés, a quitarse la vida junto con sus tres hijos, su padre y su madre (quien sobrevivió), después de que una jueza determinó quitarle la custodia de sus hijos para dársela a su expareja, quien estaba acusado de violación sexual contra dos de sus hijos.
 
A decir de Ramos Lira, si se hace un buen peritaje en casos de violencia hacia niñas, niños y adolescentes se puede observar un proceso de violencia emocional en el que un padre o una madre está poniendo a los hijos en contra del otro progenitor, pero esto se debe nombrar como una forma particular de violencia emocional y no como SAP.
 
Esto porque actualmente la Alienación Parental se usa para describir un proceso en el que se propone que un padre (el “alienador”) enseña a un niña o niño a rechazar al otro pero el gran problema, expone la investigadora, es que no hay un “check list” de comportamientos que constituyan un síndrome como lo planteó Richard Gardner.
 
Hasta ahora el Instituto Nacional de Psiquiatría no reconoce el SAP y por lo tanto no hay registros de casos porque no es un síndrome en el sentido de diagnóstico tradicional, como tampoco es una enfermedad mental la preferencia política, religiosa o sexual o los conflictos entre el individuo y la sociedad, destacó la investigadora.
 
Imagen retomada del portal zaqi
Por: Anayeli García Martínez Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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