Escrito por Wendy Rayón Garay

.-Ciudad
de México.- La iniciativa en materia de desapariciones de la presidenta
Claudia Sheinbaum se ha jactado de ser novedosa por lo que puede
resultar confuso, por ello el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín
Pro-Juárez (Centro Prodh), revira y reafirma que no aborda la búsqueda
inmediata y solo se trata de una estrategia que pretende limpiar la
imagen de su gobierno ante el caso Teuchitlán, el cual «se salió de las
manos, no supieron desde el Estado mexicano dar una respuesta».
Afirman
que el problema actual es que, estas medidas no se adaptan a las
necesidades reales por lo que no se resuelve la crisis de desaparecidos.
De
acuerdo con el Centro Prodh, la iniciativa de Claudia Sheinbaum Pardo
no aborda la búsqueda inmediata y de campo, y tampoco aborda las células
de búsqueda municipales. Tampoco reforma a las fiscalías, al Sistema
Nacional de Atención a Víctimas o ayuda a las Comisiones de Búsqueda, no
fortalece los mecanismos extraordinarios de identificación forense, del
Centro Nacional de Identificación Humana o los centros regionales de
identificación humana. No se destinan más recursos económicos del
presupuesto o la participación de familias en la creación de políticas
de búsqueda y en la misma reforma que está en procedimiento legislativo.
Hay
que recordar que la reforma de Claudia Sheinbaum Pardo busca reformar
la Ley General en materia de desaparición y la Ley General de Población.
En la primera se contempla que se creará una nueva plataforma de datos
que tiene la finalidad de hacer un cruce de distintos datos de
información como anteriormente se tenía previsto que funcionara otros
sistemas de información como el Banco Nacional de Datos Forenses. Esta
nueva plataforma contendrá datos vinculados a la CURP y datos
biométricos.
Entre los beneficios con la nueva ley es la existencia de pruebas de carácter forense
para pueda combatir la crisis porque pasan mucho tiempo antes de
encontrar datos genéricos o específicos de identificación de personas.
Esto reduce el tiempo de búsqueda, uno de los objetivos de las familias
buscadoras que por años han luchado para que se identifique con mayor
velocidad.
Por
otra parte, la nueva reforma permitirá incidir en la investigación que
le corresponde a las Fiscalías, aunque retoma algunas resoluciones ya
establecidas en la Ley General con un «fraseo distinto», según apuntó el
Centro Prodh. Con esta ley se recalca que deben existir Fiscalías especializadas en materia de desaparición, así como personal capacitado y una base de datos de indicios criminalísticos, medidas que ya existían anteriormente.
La Ley también señala que debe existir mayor coordinación entre autoridades.
Por ejemplo, el Sistema Nacional de Búsqueda debe tener reuniones
trimestrales; se debe crear una interconexión obligatoria entre los
bancos de datos forenses de los estados; y las Fiscalías especializadas
deben estar invitadas a los procesos de búsqueda.
En cuanto a la
prevención y regulación, el Centro Prodh mencionó que existen nuevos
incentivos para que los procesos penales avancen en busca de encontrar a
los responsables de las personas que cometieron la desaparición como la
reducción de penas cuando un testigo que se le acusa de un delito de
información sobre el paradero de una persona desaparecida y la
obligación de digitalizar los registros de panteones y fosas en un plazo
de 180 días.
De acuerdo con el Centro Prodh, no existe certeza de
cómo va a funcionar en realidad las propuestas de la iniciativa a
reforma. Por lo que, invitaron a que los colectivos de búsqueda que se
reunirán con Rosa Icela Rodríguez, secretaria de Gobernación, ayuden a
aterrizar y a plantear una ruta a seguir sobre el funcionamiento de
estas herramientas.
Las preocupaciones de la iniciativa
En
primera instancia, el Centro Prodh destacó que la iniciativa de Claudia
Sheinbaum Pardo tuvo que haber consultado con las familias antes de
presentarla al Congreso como lo establece el principio de participación
conjunta de la Ley General, el cual dicta que se debe escuchar la voz,
preocupaciones y propuestas de las familias de las personas
desaparecidas.
Además, la narrativa oficial ha minimizado la
responsabilidad estatal. La exposición de motivos de la iniciativa
señala que actualmente las desapariciones forzadas anteriormente tenían
la participación directa de las autoridades en el Siglo XX y desde el
2006 esta situación ha cambiado, pues quien desaparece es solo el crimen
organizado y no el Estado:
«En
México durante la guerra sucia, la desaparición forzada de personas era
perpetrada por agentes del Estado. En la actualidad la comisión de este
delito ha mutado y ahora la desaparición está vinculada con la
delincuencia organizada y es cometida por particulares» -Fragmentó sacado de la iniciativa de reforma de Claudia Sheinbaum.
Para
el Centro Prodh esta afirmación es grave, ya que contradice lo que
estableció el Comité contra las desapariciones forzadas de la ONU que
señaló en su informe de visita en el año 2022 cuando mencionó la
responsabilidad del Estado de manera directa e indirecta:
«Aunque
el discurso prevalente en ni círculos oficiales tiende a negar o diluir
la responsabilidad del Estado parte, alegando que la mayoría de las
desapariciones son perpetradas por particulares principalmente
vinculados a la venganza organizada, el comité ha recibido muchas
alegaciones que insisten en la responsabilidad directa o indirecta del
estado, teniendo en cuenta los patrones de desapariciones que se
producen en el país» –Fragmentó sacado del informe de la ONU del 2022 en su visita a México
Al minimizar la responsabilidad del Estado se hace una incomprensión por parte del gobierno federal: «No
pueden hacer frente a una crisis que no entienden o que no quieren
asumir la responsabilidad y los costos de entenderla correctamente», explicó el Centro Prodh.
En
segundo lugar, cabe la posibilidad de que, con el registro o sistema
único de registro de carpetas de investigación, que integra las carpetas
de toda la República Mexicana, se reduzcan las estadísticas de personas
desaparecidas en la narrativa como una estrategia, ya que, aunque
actualmente ya haya más de128 mil personas desaparecidas, no quiere
decir que existan esa misma cantidad de carpetas de investigación
gracias al miedo de las familias por iniciarla.
Actualmente la Ley
General preveía la idea de un reporte como una forma que no fuera una
denuncia, sino de hacer conocimiento de la autoridad sobre una
desaparición para hacer una búsqueda inmediata. Asimismo, la idea de que
exista una Comisión de Búsqueda en las que las familias pudieran
confiar se elimina con la iniciativa de Claudia Sheinbaum cuando la
única opción para activar la búsqueda se reduce a comenzar una carpeta
de investigación.
«Sobre
todo, pues que quieran reducir a las personas desaparecidas a una
carpeta. Cuando en realidad (…) las personas desaparecidas no son
carpetas de investigación (…) Que se pretenda mirar la crisis de
desaparición solo en términos del número de personas o el número, va a
dar igual si siguen intentando desde el gobierno federal esta estrategia
de intentar reducir la cifra» -Centro Prodh
Por otro
lado, desde siempre se ha señalado que las bases de datos que existen
en nuestro país sobre personas desaparecidas no son accesibles para las
familias buscadoras, pero que su uso libre pude resultar peligroso como
el uso del espionaje, una práctica empleada contra personas defensoras
de derechos humanos.
Asimismo, también hay omisiones en el
fortalecimiento de las comisiones de búsqueda, siendo que siempre han
estado en condiciones de desventaja y de menor poder frente a las
fiscalías porque son menores personas y cuentan con menor presupuesto
causando peleas entre comisiones de búsqueda y las fiscalías.
Para
el Centro Prodh, se debe fortalecer para que sí se busquen las personas
desaparecidas y que sean un contrapeso y vigilancia para las fiscalías.
La reforma actual, no les pone mayores controles y restricciones a las
fiscalías, lo que se traduce a que «pareciera que se ponen de lado de
las fiscalías, según señaló la organización.
Además, mencionaron
una preocupación, ya que se menciona que, las Comisiones de búsqueda
tendrán que entregar información a la fiscalía siguiendo el protocolo de
cadena de custodia. Esto está mal planteado porque la información no es
un objeto como la evidencia de un caso que sí debe seguir una cadena de
custodia.
«Lo
que entenderíamos es que se está utilizando el lenguaje de la ley para
amenazar a las comisiones de búsqueda de que tengan que ser más
cuidadosas. Es una especie de advertencia en la forma en la que
acompañan a los colectivos de familias de personas más desaparecidas,
porque pueden caer en alguna irregularidad» -Centro Prodh
Aunque
la cadena de custodia es un elemento importante, es peligroso que sea
una regla exclusiva para las comisiones de búsqueda siendo que debe ser
aplicada en todas las autoridades que intervengan en una escena. «ya
sabemos que quienes siempre han terminado o quienes en muchas ocasiones
han terminado perdiendo evidencia, contaminando la evidencia, eliminando
la evidencia son las propias fiscalías», apuntó el Centro Prodh.
Finalmente,
los plazos para cumplir obligaciones a las instituciones no establecen
las consecuencias de incumplir con el tiempo establecido. Por ejemplo, a
6 años de que la Ley General ordenara la creación del Banco Nacional de
Datos Forenses, el cual debía de estar en funcionamiento en febrero de
2019, apenas se dio un plazo extra de 90 días: «¿Y qué va a pasar si no cumple 90 días? Nada», expresó el Centro Prodh.
Para
el Centro Prodh, el gran problema con la crisis de personas
desaparecidas no tiene que ver con la ley, ya que esta era suficiente
para arrancar una política nacional de búsqueda, investigación e
identificación de personas con todos los recursos disponibles. A 8 años
de su creación, no se han cumplido.
Los
cambios únicamente van a provenir de la voluntad política de las
autoridades que no se está demostrando, pareciera más bien un distractor
para desenfocar lo importante: ¿con qué presupuesto vamos ahora a
buscar a las personas desaparecidas?, ¿cómo vamos a fortalecer las
instituciones que hacen la búsqueda?, ¿cómo vamos a cambiar estas
fiscalidades que están podridas desde dentro?, ¿cómo vamos a cambiar la
forma de enfrentar la inseguridad en México? Esas preguntas no están
respondidas acá. -Centro Prodh
El proceso para la aprobación de la iniciativa de Sheinbaum
De
acuerdo con Carlos del área de protección del Centro Prodh, a raíz de
hallazgo en el rancho Izaguirre, en Tuxtepec, Jalisco, y de la serie de
críticas que se hizo al gobierno oficial; el tema de personas
desaparecidos cobro relevancia en la agenda presidencial. Por ello,
Claudia Sheinbaum Pardo envió al Senado de la República una iniciativa
de reforma al considerar que la ley actual no es una herramienta
suficiente para combatir el problema de personas desaparecidas.
Esta
iniciativa principalmente tiene dos ejes: reformar la Ley General en
materia de desaparición y la Ley General de Población. A partir de esto,
el 1 de abril, el Senado de la República recibió la iniciativa para
comenzar el proceso legislativo conformado por la presentación de
iniciativa, discusión y aprobación, sanción o veto presidencial y
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
En México,
algunas personas tienen la facultad de crear iniciativas para modificar
las leyes, entre ellos están la presidencia de la República, el congreso
(conformado por la Cámara de Diputados y Senadores), legislatura de los
estados y los ciudadanos, aunque estos últimos posen varios candados de
filtro.
Una vez presentada la iniciativa, esta se va a alguna de
las dos cámaras donde se revisa, para posteriormente ser revisada por la
segunda cámara. En esta iniciativa en materia de desaparición, primero
se discutirá en el Senado y después en la Cámara de Diputados. Ahora
mismo, la conversación de la iniciativa se divide en dos momentos: por
las comisiones (un grupo reducido de senadores que votaran para su
continuación) y por el Pleno (donde están el número total de senadoras y
senadores).
Cuando llegue a la Cámara de Diputados parará por los
mismos procesos de revisión en las comisiones y en el Pleno. De acuerdo
con Carlos del área de protección del Centro Prodh, normalmente las
comisiones que se encargan de este tema son Gobernación, Puntos
Constitucionales o Derechos Humanos para garantizar que esas visiones se
vean plasmados en la ley. Al aprobarse es remitida a la presidencia de
la República para su aprobación y posteriormente se publica en el Diario
Oficial de la Federación.
Conocer
este proceso, puede ayudar la población, colectivos, organizaciones de
la sociedad civil y familias a encontrar el momento para incidir en el
proceso legislativo, ya que estas leyes van en relación para que
funcione el sistema de justicia y el mecanismo de búsqueda de personas
desaparecidas que actualmente no están ayudando. Quien mejor los conoce
son las víctimas indirectas o familiares quienes a diario realizan
labores de búsqueda al acudir a las fiscalías y fosas clandestinas para
su exploración.
Actualmente, la Ley General en materia de
desaparición usa el principio de participación conjunta que obliga a las
autoridades a permitir que las personas buscadoras sean incluidas en
los procesos de identificación desde cuestiones particulares acción de
búsqueda) hasta generales (iniciativa de ley) llegando a incidir en la
creación de políticas públicas.
Debido a los señalamientos de
madres buscadoras sobre la iniciativa de reforma de la presidenta
Claudia Sheinbaum en donde se evidenció el desconocimiento de la ley
actual, se le ordenó a Rosa Icela Rodríguez Velázquez, secretaria de
Gobernación a reunirse con las madres buscadoras para escuchar sus
necesidades y propuestas que serán enviadas a la Comisión de Gobernación
y Puntos Constitucionales del Senado, siendo este el momento perfecto
para incidir en la reforma, según comentó Carlos del área de protección
del Centro Prodh.