3/27/2018

Las noticias de CIMAC



CDHDF llama a Peña Nieto a vetar reforma de objeción de conciencia 
 RedacciónCimacnoticias | Ciudad de México.- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) llamó al titular del Ejecutivo Federal, Enrique Peña Nieto, a vetar a la reciente reforma a la Ley General de Salud que avala que médicos y enfermeras puedan “ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios” como la interrupción del embarazo.

El organismo exhortó a no publicar esta reforma que en su opinión podría contrarrestar la progresividad de los derechos de las mujeres, y de cualquier persona, a decidir sobre su cuerpo y reproducción; esto porque la objeción de conciencia se ha usado para que los médicos se excusen en creencias morales o religiosas para no practicar abortos.

La reforma que adiciona el Artículo 10 Bis en la Ley General de Salud fue avalada por la Cámara de Diputados en octubre de  2017 y ratificada por el Senado el pasado jueves 22 de marzo.

En un comunicado la CDHDF señaló que con esta iniciativa los profesionales de la salud podrán excusarse de participar en todos aquellos programas, actividades, prácticas tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia, con base en valores éticos, por ejemplo realizar la interrupción del embarazo o prácticas relacionadas con la reproducción.

Objeción de conciencia vulnera derechos de las mujeres
Anayeli García Martínez Cimacnoticias | Ciudad de México.- El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley General de Salud para que el personal médico y de enfermería que forma parte del Sistema Nacional de Salud pueda negarse a realizar prácticas médicas que van en contra de sus creencias religiosas o éticas, por ejemplo, la interrupción del embarazo no deseado cuando una mujer solicite ejercer este derecho.

A más de dos años de que el Partido Encuentro Social (PES) presentó la propuesta, este jueves 22 de marzo el Senado aprobó la reforma, previamente avalada por la Cámara de Diputados en octubre de 2017, para que el Artículo 10 Bis de la Ley General de Salud establezca que los profesionales de la salud puedan “ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley”.

El Artículo reformado señala que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica no se podrá invocar este principio”.

Durante el debate los senadores Alejandro Encinas, Zoé Robledo, Martha Tagle, Angélica de la Peña, Fernando Mayans y Luis Sánchez, pidieron una moción suspensiva al considerar que esta modificación era un retroceso en materia de Derechos Humanos y contravenía el artículo 40 constitucional, pues vulnera el carácter de Estado Laico pero además porque busca evitar que las mujeres ejerzan su derecho a la maternidad libre y voluntaria.

Redacción Cimacnoticias | Ciudad de México.- Irinea Buendía Cortés, defensora de Derechos Humanos y madre de Mariana Lima Buendía, víctima de feminicidio en el Estado de México (Edomex), será galardonada con el Premio Nacional de Derechos Humanos (DH) “Don Sergio Méndez Arceo” en su XXVI edición.

Desde el asesinato de su hija, Irinea Buendía, continúa en la búsqueda de la verdad y justicia para Mariana Lima y otras mujeres víctimas de feminicidio. Apoya a madres y a colectivos que trabajan con temas de violencia feminicida.

Como resultado de su labor constate, el comité organizador del Premio Nacional –otorgado cada año a organizaciones y personas que se han destacado en la defensa de los DH- la hizo acreedora de este reconocimiento en la categoría individual por su contribución en la “promoción y defensa de una cultura de respeto a los Derechos Humanos”.

Destacó la investigación que realizó Irinea Buendía sobre el caso de su hija y su especialización autodidacta en derecho y criminalística con la cual fue capaz de señalar, apoyada por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, las irregularidades en la investigación realizada por las autoridades del Edomex y llevar su caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien a 6 años de los hechos ordenó reabrir la investigación como feminicidio y no como un supuesto “suicidio”, como inicialmente se investigó en el Edomex.

Aline Espinosa Gutierrez Cimacnoticias | Ciudad de México.- La “Agrupación Ciudadana por la despenalización del aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico” junto con más de 30 organizaciones salvadoreñas e internacionales, exigieron a la Asamblea Legislativa de El Salvador reabrir el debate sobre la despenalización del aborto para garantizar servicios de salud pública y condiciones seguras a las mujeres.


En entrevista con Cimacnoticias, la representante de la “Agrupación Ciudadana”, Morena Herrera, comentó que la semana pasada se entregó una carta con más de 200 mil firmas ante la Asamblea Legislativa para exigir que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales genere un dictamen favorable para despenalizar el aborto.

Actualmente hay dos iniciativas, una que demanda reformar el Código Penal (CP) para armonizarlo con la “Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres” y la “Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la discriminación contra la Mujer” y que pide la despenalización por 4 causales.

La segunda iniciativa solicita reformar el CP, con base en los Artículos 1 y 2 de la Constitución Política del país, donde se “refieren a la vida como un derecho fundamental garantizado a toda persona” y se reconoce a “todo ser humano desde el instante de la concepción”…()… “con el fin de proporcionar la pena de violación a un bien jurídico digno de tutela penal como es la vida prenatal”, que penaliza a quienes faciliten los medios para llevar a cabo un aborto.

Teresa Mollá Castels* Cimacnoticias | Ontinyent, Esp.- Según lo define María Moliner el feminismo es "La doctrina que considera justa la igualdad de derechos ENTRE hombres y mujeres. Movimiento encaminado a conseguir la igualdad." Para la RAE es "La ideología que defiende que las mujeres deben de tener los mismos derechos QUE LOS hombres."


Como podemos ver mientras la primera definición habla implícitamente de relaciones simétricas entre mujeres y hombres, con la segunda ya existe asimetría, puesto que coloca a los hombres en una posición superior en derechos a los que aspiramos acceder las mujeres. Como sabemos el lenguaje nunca es neutro y en este caso tampoco lo es, naturalmente.

Y si partimos de esa falta de neutralidad entenderemos cómo al manipular tanto su sentido original -denuncia de desigualdades- como su objetivo final -exigencia de equidad real en derechos y oportunidades- nos encontraremos con que cada vez que se habla de feminismo se desatan los demonios del patriarcado en forma de desprecio y degradación del término. Creo que estas reacciones en el fondo solo esconden los miedos del propio patriarcado que teme perder sus privilegios. Y no se trata de eso en absoluto.

Cuando las feministas denunciamos la falta total de igualdad y lo que es peor, de equidad entre mujeres y hombres, no nos lo estamos inventando. Sencillamente lo estamos viendo y sufriendo. Naturalizar esas desigualdades es una forma de enmascararlas y de disfrazarlas de falsa normalidad.

Nuevo protocolo en Chile abre la puerta para más objetores de conciencia
Hazel Zamora MendietaCimacnoticias | Ciudad de México.- A raíz de las modificaciones al Protocolo del Ministerio de Salud (Minsal) en Chile que regula la objeción de conciencia a las instituciones públicas y privadas de salud y al personal médico requerido en un aborto por las tres causales, prevalece el riesgo de que más instituciones de salud se declaren objetoras de conciencia, que se sumarían a los 8 hospitales públicos que ya lo han hecho.

Esta nueva y repentina modificación ocurre con la recién llegada del presidente de Chile, Sebastián Piñera, y sustituye al recién protocolo de objeción de conciencia que creó y aprobó en enero de 2018 el anterior gobierno aún encabezado por Michel Bachelet, la ex presidenta encargada de impulsar la Ley 21.030 que permite interrumpir un embarazo cuando la vida de la mujer esté en riesgo, inviabilidad del feto y violación, desde su promulgación en septiembre de 2017.

El llamado “Protocolo para la manifestación de objeción de conciencia personal y para la objeción de conciencia invocada por instituciones en el marco lo de dispuesto en el artículo 119 Ter Código Sanitario” fue publicado en el Diario Oficial de Chile el viernes 23 de marzo provocando rechazo de organizaciones civiles feministas quienes convocaron a manifestarse el próximo 28 de marzo “por el legítimo derecho de las mujeres a abortar”.

Comparado con el anterior, se disminuyeron los requisitos para solicitar la objeción de conciencia institucional tanto a recintos públicos y privados, con o sin convenio con el Estado. Anteriormente, tenían que presentar los argumentos por los cuales se declaraban objetores y las instituciones de salud privadas demostrar que no estaban adscritas al Sistema Nacional de Servicios de Salud, puntos que fueron eliminados del nuevo protocolo.

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