3/31/2018

Nuevo protocolo en Chile abre la puerta para más objetores de conciencia


Quita requisitos, ya van 8 hospitales públicos objetores


A raíz de las modificaciones al Protocolo del Ministerio de Salud (Minsal) en Chile que regula la objeción de conciencia a las instituciones públicas y privadas de salud y al personal médico requerido en un aborto por las tres causales, prevalece el riesgo de que más instituciones de salud se declaren objetoras de conciencia, que se sumarían a los 8 hospitales públicos que ya lo han hecho.

Esta nueva y repentina modificación ocurre con la recién llegada del presidente de Chile, Sebastián Piñera, y sustituye al recién protocolo de objeción de conciencia que creó y aprobó en enero de 2018 el anterior gobierno aún encabezado por Michel Bachelet, la ex presidenta encargada de impulsar la Ley 21.030 que permite interrumpir un embarazo cuando la vida de la mujer esté en riesgo, inviabilidad del feto y violación, desde su promulgación en septiembre de 2017.
El llamado “Protocolo para la manifestación de objeción de conciencia personal y para la objeción de conciencia invocada por instituciones en el marco lo de dispuesto en el artículo 119 Ter Código Sanitario” fue publicado en el Diario Oficial de Chile el viernes 23 de marzo provocando rechazo de organizaciones civiles feministas quienes convocaron a manifestarse el próximo 28 de marzo “por el legítimo derecho de las mujeres a abortar”.

Comparado con el anterior, se disminuyeron los requisitos para solicitar la objeción de conciencia institucional tanto a recintos públicos y privados, con o sin convenio con el Estado. Anteriormente, tenían que presentar los argumentos por los cuales se declaraban objetores y las instituciones de salud privadas demostrar que no estaban adscritas al Sistema Nacional de Servicios de Salud, puntos que fueron eliminados del nuevo protocolo.
Asimismo, en caso de la objeción de conciencia personal, ahora no será necesario que el o la directora de la institución de salud firme el permiso al objetor, ni que éste argumente las razones por las que pide la prórroga con base en creencias religiosas o valores. Basta con solicitar el permiso.
La argumentación del Ministerio de Salud de modificar el Protocolo anterior -describe en el Diario Oficial- es que éste “ha sido objeto de diversas interpretaciones jurídicas por parte de las personas e instituciones que deben implementarlo”, pero en realidad obedece más a la presión de grupos Provida como la Pontificia Universidad Católica, que acudió a la Corte de Apelaciones para pedir que se declarara ilegal regular la objeción de conciencia frente al aborto.

“OBJECIÓN DE CONCIENCIA” EL NUEVO OBSTÁCULO

La agrupación Miles denunció en un comunicado que la raíz del problema deviene desde que el Estado permitió la “objeción institucional de conciencia” en el primer protocolo, un beneficio que no debía ser establecido “pues sea cual sea el protocolo que lo regule, su aplicación siempre afectará a las mujeres”, quienes en lugar de recibir atención oportuna serán derivadas a otros recintos.
Otras organizaciones como la “Mesa de Acción por el Aborto en Chile” manifestó que la “objeción de conciencia” se utiliza como una nueva vía administrativa para frenar la Ley de Aborto por tres causales, que se discutió alrededor de tres años hasta que fue aprobada en septiembre del año pasado y ahora tratan de hacerla “letra muerta”.
Este lunes diputadas y diputados progresistas de Chile se agruparon y presentaron ante el Ministro de Salud, Emilio Santelices, una carta en la expresan su rechazo a los cambios hechos al protocolo de objeción de conciencia, en específico, al apartado de las instituciones porque vulnera los derechos de las mujeres, dijeron.

“Nos parece inaceptable que la objeción de conciencia institucional sea de un valor mayor al bien superior del resguardo de los derechos de las mujeres, a recibir una atención oportuna, y también a decidir en casos gravísimos y no obstaculizar la atención”, sentenciaron y solicitaron la nulidad del protocolo.
En tanto en México sucede algo similar, el pasado 22 de marzo el Senado de la República aprobó añadir el Artículo 10 a la Ley General de Salud, que establece la objeción de conciencia, esto permite que personal médico y de enfermería que forma parte del Sistema Nacional de Salud puede negarse a realizar prácticas médicas en contra de sus creencias.
Organizaciones de mujeres denunciaron que esta reforma está dirigida frenar que las mujeres ejerzan su derecho a decidir sobre la maternidad y contrarrestar los avances en legislaciones como la despenalización de aborto en la Ciudad de México hasta las 12 semanas de gestación.
Imagen retomada de la organización Derecho a Decidir en Chile | Foto: Fátima Castro
Por: Hazel Zamora Mendieta
Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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