10/04/2011


José Antonio Crespo

Religión y aborto

Como creyente y religioso (aunque no católico), estoy absolutamente en contra de eliminar a una persona humana desde su existencia misma. Pero como liberal y partidario del Estado laico, estoy en contra de que las legislaciones civiles o penales se tomen a partir de concepciones religiosas. Los ministros, jueces, gobernantes y legisladores, independientemente de convicciones personales, deben ejercer el cargo como funcionarios y miembros de un Estado laico, pues eso somos (por fortuna). El problema es determinar cuándo aparece una persona humana, cuyos derechos básicos deben ser defendidos por el Estado. No hay consenso al respecto:

A) Para la ciencia, la gestación humana es un proceso, por lo cual la línea que divide cuándo existe ya una persona humana es arbitraria, como ocurre al poner límites y divisiones en cualquier proceso natural. Por ejemplo, es arbitrario señalar cuándo termina una playa y comienza el océano, o a qué hora el día se convierte en noche y la noche en día.

B) Con todo, muchos científicos consideran que lo que hace humana a una persona es que cuente con el complejo sistema nervioso–cerebral que nos distingue de otros seres. Y eso no sucede en el momento de la concepción.

C) Las religiones tampoco se ponen de acuerdo entre sí (o dentro de sí) sobre cuándo se puede hablar de una persona humana, cuya vida debe cuidarse y respetarse.

Para todas las religiones lo que hace humano a un ser vivo es el alma inmortal de origen divino, es decir, aquello que prevalece después de la muerte. Un cuerpo como tal, incluso con forma o prospección humana, no es humano en tanto no esté habitado por un alma. Para las religiones, incluso, el cuerpo es un vehículo por el cual el alma puede evolucionar, progresar espiritualmente en su búsqueda de la divinidad. Para las corrientes que creen en la reencarnación, un alma puede (y debe) pasar por varios cuerpos hasta llegar a su destino (fundirse con la divinidad).

Es como si un individuo adquiriera un automóvil para dirigirse a cierto destino. Si el carro se arruina antes de llegar a él (por descuido o desgaste natural), puede conseguir otro para continuar, y todos los que necesite hasta llegar a su meta. Es claro que el piloto no es el vehículo. En dicha metáfora, destruir un prospecto de cuerpo humano que no ha recibido el alma equivaldría a destruir un auto (por la razón que sea) cuyo conductor está fuera de él. ¿Es asesinato? Lo sería si el conductor estuviera dentro del auto al momento de ser destruido.

D) Entonces, en perspectiva religiosa, ¿cuándo entra el alma al cuerpo? Es esencial la respuesta, pues a partir de entonces la destrucción de un embrión sería asesinato, no antes. No hay acuerdo. En la propia tradición católica, Santo Tomás de Aquino, piedra angular de esa institución, calculaba (no sé a partir de qué) que el alma entraba en el cuerpo a los tres meses de la concepción.

La Iglesia católica sostiene hoy que eso ocurre desde la concepción misma. Y otros dicen que el alma llega hasta bien formado el cerebro y el sistema nervioso (coincidiendo con lo propuesto por muchos científicos), y otros más, incluso, afirman que el alma llega hasta el momento del nacimiento. Las distintas visiones religiosas, que coinciden en la existencia de un alma inmortal —que es lo que definiría a la persona humana— no tienen, pues, un acuerdo sobre cuándo entra al alma al cuerpo.

E) Pese a mis propias creencias religiosas, creo fundamental que en un Estado laico no deben tomarse decisiones sobre ese u otros temas a partir de concepciones religiosas. ¿A qué debe atenerse ese Estado para decidir sobre despenalizar el aborto? A lo que de la ciencia pueda inferirse. Si una mujer es religiosa, tendría que asumir la consecuencia de abortar, como penitencias, purgatorios o karmas. Si no lo es, debe simplemente atenerse a las leyes vigentes, que a su vez deben formularse a partir del conocimiento científico. Y la ciencia no dice que el cigoto recién concebido sea ya una persona humana, sino hasta que se forma su sistema neuro-cerebral, el más complejo de todos. Ese es el criterio que debiera prevalecer en los ministros, jueces, legisladores y funcionarios, al margen de sus credos personales. No representan a ninguna iglesia o religión, sino al Estado laico, y en esa calidad se les ha contratado. Quienes se guían por sus creencias religiosas violan la laicidad establecida en la Constitución.

cres5501@hotmail.com
Facebook: José Antonio Crespo Mendoza
Investigador del CIDE

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