11/17/2016

Ejidatarios en situación de alta marginalidad, podrán recuperar sus tierras trabajadas por minera… cuando paguen 5.6 mdp


Por: Emma Martínez
MINERA, ABUSOS, POBLADORES MARGINADO(17 de noviembre, 2016. Revolución TRESPUNTOCERO). – El ejido la Sierrita, ubicado en la frontera con Coahuila, ha sido calificado como un territorio en alta marginalidad, donde los pobladores, a comparación de otros puntos de la República Mexicana, se han negado a la minería, ellos aceptaron negociar con Excellon, sin embargo, de igual manera fueron invadidos y usados, la empresa dejó de pagarles la renta de las hectáreas y siguió trabajándolas y generando ganancias exclusivas para la empresa.
Por lo que tras años de explotación de los ejidatarios comenzaron hacer presión a la empresa, para después luchar legalmente por sus tierras, interponiendo amparos con el objetivo que su territorio les fuera devuelto.
Tras casi cinco años de lucha la resolución del Tribunal Unitario Agrario del Distrito Sexto con sede en Torreón, Coahuila, se emitió esta semana una resolución, que y a decir por el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC), organización quien ha dado acompañamiento al caso, “da un mensaje de falta de apego a los más altos estándares internacionales de derechos humanos y acceso a la justicia”.
En tanto los ejidatarios afirman que existe una falta de aplicación justa de las leyes por parte de las autoridades de nuestro país, favoreciendo a empresas trasnacionales. “Cuatro años después que ejidatarios y ejidatarias de La Sierrita de Galeana en Durango interpusieran una demanda en defensa de sus derechos humanos en contra de la empresa minera Excellon de México, el Tribunal Unitario Agrario del Distrito Sexto con sede en Torreón, Coahuila, finalmente emitió una resolución en la que condena a la empresa a la desocupación inmediata de las tierras de uso común del ejido, así como el pago de una cláusula penal establecida en el contrato por 5 millones 500 mil pesos a favor del ejido”.
Aunque la sentencia establece el término de la relación contractual entre ambas partes, por lo que Excellon tendrá que hacer entrega inmediata de las mil 100 hectáreas de las tierras pertenecientes a las y los ejidatarios, lo que podría ser “favorable” para los ejidatarios, la misma solo le garantiza el derecho a la tierra, y eso solamente cuando hayan pagado 5 millones de pesos a la empresa.
Lo anterior demuestra que “de nueva cuenta las y los ejidatarios ven violentado su derecho, pues en la misma sentencia la magistrada Marcela Gerardina Ramírez Borjón ordena al ejido pagar a la empresa minera la cantidad de 5 millones 612 mil 038 pesos, manteniendo un embargo sobre las tierras arrendadas hasta en tanto el ejido no pague a la empresa minera la cantidad señalada”, señala en un pronunciamiento ProDESC.
Sobre el tema, el abogado y Coordinador del Área de Justicia Transnacional de ProDESC, Juan Antonio López, señaló que “el embargo significa una clara violación al derecho humano a la propiedad social y a la tierra del ejido La Sierrita.
Se viola también el artículo 27 de nuestra Constitución, dentro del cual se establece que las tierras ejidales son inembargables, resaltando que las mismas no pueden mantenerse condicionadas por un adeudo económico y totalmente civil. Aunado a esto, la misma sentencia es claramente violatoria del derecho al acceso a la justicia de las y los ejidatarios, pues es ambigua y condena a ambas partes a pagar a las otras cantidades prácticamente idénticas”.
En tanto, Daniel Pacheco, Presidente del Comisariado Ejidal de La Sierrita mencionó que “esta sentencia representa una victoria parcial ya que las y los ejidatarios podremos recuperar nuestras tierras, seguiremos organizados para lo que falta, mantendremos la exigencia para que se respeten nuestros derechos humanos y buscaremos que se haga justicia total, razón por la cual presentaremos una demanda de amparo”.
Cabe señalar que Excellon de México inició operaciones en el ejido La Sierrita en 2004, utilizando 27 hectáreas por 30 años, haciendo un pago único por 1 millón 200 mil pesos. Después de varias inconsistencias y violaciones por parte de la empresa a ese primer contrato, el ejido intentó llegar a un acuerdo.
En 2008, ambas partes firmaron un Contrato de Ocupación Temporal por la renta de mil 100 hectáreas por un monto de 5 millones 500 mil pesos anuales que aumentarían año con año de acuerdo con la inflación.
En ese contrato se establecieron cláusulas económicas, sociales y medioambientales como, por ejemplo: un fondo social y apoyo en actividades productivas del ejido, una planta tratadora de agua y preferencia a ejidatarias y ejidatarios para su contratación en la mina, las cuales en su mayoría fueron incumplidas.
Fue así que ante la falta de voluntad y de diálogo por parte de la empresa, en septiembre de 2012, los ejidatarios de La Sierrita presentaron una demanda agraria ante el Tribunal Unitario Agrario del Distrito Sexto por rescisión del contrato con la minera.
Durante esos cuatro años, el ejido presentó pruebas, que evidenciaron las violaciones de la mina como: pruebas topográficas, pruebas de que el agua proveniente de la mina no es apta para el consumo humano, documentos en los que se demuestra que durante las manifestaciones pacíficas no se obstaculizaron los accesos a la mina, así como material en el que la empresa aceptaba que había explorado fuera de las tierras arrendadas sin autorización de la asamblea.
Pero lo anterior no fue suficiente para obtener respuesta alguna de las autoridades y aun con la presión de una organización, se mantenía en pausa el proceso jurídico. Cabe señalar que durante tres años Excellon estuvo explotando las tierras sin pagar la renta a los ejidatarios.
“No obstante, la resolución de la sentencia muestra la falta de aplicación justa de las leyes por parte de las autoridades, anteponiendo el beneficio de las empresas trasnacionales y la industria privada, en este caso extractiva, por encima de la defensa a los derechos de los mexicanos”, sentencia el abogado Juan Antonio López.
A su vez, explica a Revolución TRESPUNTOCERO, “les devuelven las tierras, pero a la vez los condena a un pago, es una sentencia que no estudia el fondo no se pronuncia realmente, valora de manera desigual las pruebas; ya que condenaba al ejido a un pago de más de 5 millones de pesos, manifestando un ‘supuesto’ incumplimiento por un bloqueo, cuando no existen pruebas fehacientes y contundentes, sin embargo, al tribunal de basta para condenar.
Pero en tanto, en la misma sentencia establece que asimismo quedó demostrado de manera fehaciente el incumplimiento del contrato por parte de la mina y por lo tanto condena a la compañía al pago de 5 millones y medio. Es decir, determina condenar ambos la misma manera, yo lo tomo como una decisión que intentó hacer el tribunal de manera salomónica, pero realidad no se pronuncia profundamente sobre el problema”.
Además, señala que, el tribunal les da una multa a los ejidatarios, “de alguna una manera para compensar a la empresa y ésta no pague, a esto se suma otra violación clara; durante estos más de cuatro años que ha durado el proceso jurídico, la mina ha usado y tenido ganancias del territorio, esto según el tribunal porque el contrato sigue vigente y entonces hay obligaciones por parte del ejido.
Pero no es equitativo y en ningún momento exige que, si usan la tierra, la empresa pague la renta, desde hace más de cuatro años que esto no pasa y el tribunal tampoco se pronunció por el hecho en la sentencia”, asegura el abogado y Coordinador del Área de Justicia Transnacional de ProDESC, Juan Antonio López.
Por lo que asegura que con esto al único que se afecta es al ejido, porque la empresa sigue utilizando la tierra y generando ganancias, sin que sea obligada a pagar la renta por esto. “Con esto se vuelva demostrar que no existe un real acceso a la justicia para comunidades agrarias, cuando se trata de problemas contra empresas transnacionales o contra empresas mineras. Los tribunales siguen juzgando diferente”, añade el abogado.
Sobre el hecho que el tribunal sentenció que los ejidatarios deben recibir sus tierras de regreso, pero solamente cuando le hayan pagado a la minera 5.6 millones de pesos, López, asegura que se trata de un embargo, el cual está prohibido por el artículo 27 constitucional, ya que las tierras agrarias son inalienables e inembargables, es por ello que la próxima semana se presentará un amparo, donde se incluirá el pago de la renta.
López indica que con la actual y reciente sentencia “más que restituirlos en el goce pleno de sus derechos, la realidad es que se les está revictimizando, se les vuelve a violentar los derechos humanos, esa es la realidad para los ejidatarios de La Sierrita”.

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