11/12/2015

Nueva Norma laboral no garantiza igualdad para trabajadoras



   Se certificará a empresas sin opinión de las mujeres, advierten

La nueva Norma Mexicana sobre Igualdad Laboral, que presentó recientemente el Ejecutivo federal, no resuelve las deficiencias de las normas pasadas, ya que aún no es obligatoria para todos los centros de trabajo, deja la certificación y auditorías en manos de empresas externas, y su órgano máximo de regulación no está integrado por grupos civiles ni académicas, observó la Red de Mujeres Sindicalistas.

 
La Secretaría de Economía publicó el pasado 19 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la NMX-R-025-SCFI-2015, que establece los criterios bajo los que deben evaluarse las prácticas de los centros de trabajo en materia de igualdad laboral y no discriminación.
 
Esta nueva Norma cancela la NMX-R-025-SCFI-2012 sobre igualdad y no discriminación que instrumentaba la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STyPS), y fusiona los certificados del Modelo de Equidad de Género (MEG), del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), y el de Institución Comprometida con la Inclusión, del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
 
Tras analizar el nuevo mecanismo, Norma Malagón, integrante de la Red de Mujeres Sindicalistas, dijo a Cimacnoticias que si bien no deja de ser un avance que México tenga normas y certificaciones que promuevan la igualdad laboral entre mujeres y hombres, la nueva Norma –que tardó 14 meses en publicarse– no resuelve de fondo las deficiencias que presentaban los modelos anteriores.
 
Por ejemplo –acotó Malagón–, la nueva NMX-R-025-SCFI-2015 es voluntaria y no una obligación para todas las empresas, igual que los mecanismos anteriores que –en el caso del Inmujeres– certificaron de 2003 a 2013 menos de tres mil centros de trabajo de los casi seis millones de establecimientos (con una planta femenina de 43 por ciento), que contabilizó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en todo el país.
 
La experta recordó que además son los micronegocios las principales fuentes de empleo de las mexicanas, y no los grandes corporativos que suelen acceder a esta certificación.
 
La también integrante de la Campaña Trabajo Digno criticó que esta nueva Norma prevea un Consejo Interinstitucional que regule el trabajo de los “organismos de certificación” (empresas externas que realizan las auditorias), así como las modificaciones que deban hacerse, pero que está integrado sólo por el Inmujeres, la STyPS y el Conapred, sin la presencia de representantes ciudadanos y de las y los trabajadores.
 
“Mientras no esté la parte de las trabajadoras, sigue siendo una mirada desde las autoridades y las empresas, y quedan de lado las propuestas, el dictamen y las alternativas que puedan dar las trabajadoras a esta Norma”, subrayó la sindicalista.
 
Otra ausencia de la NMX-R-025-SCFI-2015 –de acuerdo con Malagón– es el seguimiento que debe hacerse a las empresas una vez certificadas, ya que se prevé que esta certificación tenga una vigencia de cuatro años durante los que se hará sólo una auditoría de “vigilancia” a la mitad del periodo. 
 
También se establece que esta revisión –bajo la que se decidirá la permanencia, suspensión o cancelación definitiva del distintivo– tendrá que ser programada con anticipación, y en caso de que se descubra que el centro de trabajo ya no cumple con los estándares de igualdad tendrá hasta 60 días hábiles para solventar los requisitos.
 
Malagón observó que el hecho de que los centros de trabajo que quieran certificarse tengan que contratar a una empresa externa como auditora (previamente avalada por las instituciones de gobierno, pero sin que se establezca en la Norma los estatutos de contratación) podría derivar en que “predominen intereses económicos”, por lo que –observó– lo mejor sería dejar esta tarea a los órganos académicos.
 
La también experta en trabajo de las mujeres recordó que una de las razones para modificar la Norma era la de empatarla con las modificaciones que en 2012 se hicieron a la Ley Federal del Trabajo, pero –lamentó– sin que se resuelva el problema de fondo que trajo esta legislación: la estabilidad laboral.
 
Para acreditarse en la NMX-R-025-SCFI-2015, los centros de trabajo deben comprobar que cuentan por escrito con una política de igualdad laboral y no discriminación, y con un grupo o comité que vigile la implementación de esta política; además, debe garantizar un reclutamiento y selección de personal sin discriminación, igualdad en la remuneración, así como dar prestaciones y compensaciones para todo el personal.
 
Las empresas también deben realizar auditorías internas, medir el clima laboral, tener un código de ética, tener procesos de ascenso y permanencia con igualdad, así como tener capacitación, formación y adiestramiento con igualdad de oportunidades.
 
A la par, los centros de trabajo deben demostrar un plan de capacitación y sensibilización en igualdad laboral y no discriminación; utilizar lenguaje incluyente y no sexista; realizar acciones a favor de la corresponsabilidad familiar; ser accesibles con las personas con discapacidades, y tener mecanismos para sancionar prácticas discriminatorias.
 
También se pide que 40 por ciento de personas sea del mismo sexo; tener 40 por ciento de mujeres en los puestos directivos; tener 5% de personal con discapacidad; contar con un “ombudsman”; y realizar actividades exclusivamente para fomentar la igualdad y no discriminación.
 
De acuerdo con lo que establece la Norma, los centros de trabajo que se certifiquen tendrán como beneficio obtener puntos en el caso de licitación pública para la adquisición de bienes, arrendamientos o servicios que utilicen la evaluación de puntos y porcentajes en los términos del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.



Por: Angélica Jocelyn Soto Espinosa
Cimacnoticias | México, DF.-
  

No hay comentarios.:

Publicar un comentario