12/29/2010

Pega reforma laboral española a las trabajadoras


Abarata y facilita el despido de plazas temporales


De la Redacción

México, DF. 28 dic. 10 (CIMAC).- La reforma a la legislación laboral española, que se aprobó este 2010, es perjudicial para las y los trabajadores de ese país, sobre todo para las mujeres, cuya contratación es 90.5 por ciento de tipo temporal, advierte la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO).

En el número 38 de su revista “Trabajadora”, la confederación española, denuncia que el “Real Decreto de Ley 10/2010, de junio, sobre medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo”, institucionaliza la contratación temporal como única entrada al mercado laboral y facilita el despido, “lo hace más rápido y barato”.

Con esta reforma, aprobada por el Congreso de los Diputados, el 9 de septiembre pasado, “se pone en duda el valor de la negociación colectiva, otorgando mayor poder al empresariado, además, permite la entrada a la intermediación laboral de las empresas”, como el outsourcing, mencionan.

Respecto a la contratación temporal, señalan que las trabajadoras españolas padecen los “mayores índices de temporalidad y contratación fraudulenta”, el panorama permite prever que con este decreto se reducen las posibilidades de que ellas puedan ser contratadas de forma indefinida.

En septiembre pasado, del total de los contratos registrados en el mes, el 85.46 por ciento fueron temporales, de los cuales 46.4 por ciento fueron ocupados por mujeres. La realidad es más clara cuando se analiza el total de los contratos firmados por mujeres, ya que de ese universo 90.53 por ciento son temporales.

Una de las “pocas” medidas con las que se pretendía poner límite a la temporalidad era el establecimiento de un plazo máximo de duración del contrato, pero en la versión final del decreto limitó su efectividad, al excluir de su aplicación a las administraciones y organismos públicos, así como a las universidades y a los contratos vinculados con investigación e inversión, todos ellos son considerados “ámbitos donde la temporalidad es muy elevada”.

Para las trabajadoras, vinculadas a un contrato por obra, o por servicio, la situación empeora porque la reforma exige que para adquirir la condición de contratos indefinidos, deben haber realizado la misma actividad y en el mismo puesto de trabajo.

La reforma también abarata y facilita el despido, pues amplía las posibilidades de terminar la relación laboral “hasta el extremo de dejarlo a la pura voluntad empresarial, aunque la empresa no presente un problema real”, lo que se ha denominado “despido preventivo”, para evitar una futura “evolución negativa de la empresa”.

Además, redujo del 5 al 2.5 por ciento el porcentaje de abstencionismo total de la plantilla que justifica el despido individual por faltas, aún cuando estén justificadas.

El efecto de esta medida en las trabajadoras es todavía más perjudicial para las mujeres, debido a su rol social asignado según su sexo, recaen en ellas, las responsabilidades del cuidado familiar, por lo que son más propensas a ausentarse de su empleo.

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