10/08/2013

Reforma fiscal: precarización laboral



 
Alejandro Encinas Rodríguez

Dentro de los aspectos controvertidos de la reforma fiscal propuesta por el Ejecutivo Federal se encuentran diversas disposiciones que impactarán negativamente en los ingresos y el patrimonio familiar de los sectores medios de la población y en particular de los trabajadores asalariados.

Mucho se ha comentado acerca de los impactos negativos de gravar las colegiaturas, el transporte foráneo y la vivienda, lo que ha obligado a dar marcha atrás en la pretensión de cobrar impuestos a las colegiaturas y a exentar de los mismos a las viviendas de interés social construidas por el Infonavit o el Fovissste.

Aunque se ha insistido en que se trata de una reforma con sentido social, que busca contar con recursos suficientes para establecer el seguro de desempleo y la pensión universal para la población mayor de 65 años de edad, lo cierto es que del análisis de las iniciativas presentadas se desprende que estamos ante una propuesta eminentemente recaudatoria que elude enfrentar los graves problemas de corrupción, dispendio, evasión e ineficiencias en la recaudación en el sector público, que carga de nuevo la mano sobre el contribuyente cautivo y precariza aún más los salarios y las condiciones para el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, al restringir la deducción de prestaciones de los trabajadores, de las aportaciones a fondos complementarios de pensiones y jubilaciones de los trabajadores; así como de las cuotas patronales al IMSS, haciendo además diversos manejos contables que transfieren recursos de una partida a otra, como sucede con la disminución y transferencia de recursos del Infonavit para cubrir el futuro seguro de desempleo.

Un estudio de la Unión Nacional de Trabajadores señala que la eliminación del subsidio al empleo, impactará directamente a los trabajadores con ingresos entre uno y cuatro salarios mínimos, quienes terminarán pagando más en lugar de recibir un apoyo.

Señala que si bien la cuota obrera al IMSS pagada por el patrón continuará estando exenta del pago de impuestos, para las empresas dejará de ser deducible, por lo que en el futuro las empresas se negarán a pactar este tipo de prestaciones. En tanto que la no deducibilidad de los fondos de jubilación de carácter privado, en los que sólo serán deducibles al momento que se erogue a favor de los trabajadores la pensión correspondiente o la prima de antigüedad, desincentivará la inversión en los fondos de retiro.

Adicionalmente estas reformas impactarán negativamente en la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, ya que no será deducible el pago por participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa ni las pérdidas acumuladas de años anteriores, modificándose además la fórmula para calcular la renta gravable o utilidad fiscal en demérito de los trabajadores.

De aprobarse estas medidas, se endurecerá la negociación obrero-patronal, pues a la contención salarial que ha caracterizado las últimas décadas, se sumará la contención de las prestaciones sociales que durante el mismo lapso constituyeron una válvula de escape en la negociación de los conflictos laborales, lo que repercutirá en una nueva caída en los ingresos de los trabajadores y en una mayor contracción del mercado interno en momentos en que se registra una recesión económica. La llamada reforma hacendaria juega con fuego.

 Senador de la República 

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