7/02/2014

Proponen ampliar causales de aborto legal en SLP


   Entidad con una de las leyes más restrictivas y criminalizadoras

Andrea Saldaña Rivera, directora del Instituto de las Mujeres del estado de San Luis Potosí (IMES), hizo un llamado para que se consideren como causales de aborto legal en la entidad los riesgos a la salud de la mujer y las malformaciones del feto.

Por: la Redacción
Cimacnoticias | México, DF.-
 


Al participar en el Congreso Regional de Enfermería –según informó el IMES en un comunicado–, la funcionaria consideró que cuando el embarazo constituye un grave daño a la salud de la mujer y el feto presente malformaciones incompatibles con la vida, son causales que deberían ser incluidas en la legislación estatal en materia de aborto.

Actualmente el artículo 130 del Código Penal local sostiene que “no es punible la muerte dada al producto de la concepción” cuando: sea resultado de una acción culposa de la mujer embarazada, el embarazo sea resultado de una violación o inseminación artificial, y cuando de no provocarse el aborto la mujer corra peligro de muerte.

Saldaña Rivera dijo que al obligar a una mujer a continuar con su embarazo, incluso cuando el feto presenta malformaciones congénitas graves, “se viola el derecho de las mujeres a la vida, a la información y a los servicios de salud”.

Además de que ello representa un riesgo de mortalidad y morbilidad materna, condiciones que constituyen uno de los grandes problemas de salud, y recordó que “la salud materna y la reducción de la morbi-mortalidad materna son puntos clave” y forman parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), agregó.

Para 2012, de acuerdo con la Secretaría de Salud federal (Ss), la razón de muerte materna en SLP fue de 40.7 defunciones por cada 100 mil nacidos vivos, lo que representó 22 fallecimientos.

Cabe destacar que según el Código Penal estatal, el aborto es un delito grave, lo que implica que si alguna mujer es denunciada o inculpada debe ser encarcelada durante el proceso penal.

Para agravar la situación, en septiembre de 2009 el Congreso local reformó el artículo 16 de la Constitución de SLP para “proteger la vida desde el momento de su inicio en la concepción”.

Según la asociación civil Nueva Luna, de 2009 a 2013 al menos 12 mujeres potosinas fueron procesadas por el delito de aborto.

Entre ellas está Hilda, mujer que fue criminalizada por abortar de manera espontánea y sentenciada a un año de prisión debido a que en 2009, cuando acudió al Hospital Público por presentar una hemorragia, el personal médico le condicionó el servicio hasta que ella admitiera que se había provocado el aborto.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia del estado revocó en agosto de 2013 la sentencia contra Hilda.

En aquella ocasión, Regina Tamés, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) –organización litigante del caso– aseguró que en SLP el 15 por ciento de las muertes maternas corresponde a mujeres que fallecen en la vía pública, “por lo que se deduce que muchas de ellas prefieren no llegar a un hospital para evitar ir a la cárcel al ser sospechosas del delito de aborto”.
 

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