Puntos y Contrapuntos
Pedro Mellado Rodríguez
"En México no tendrán el mismo peso las intromisiones abusivas del hombre naranja, que ha metido la nariz en los procesos electorales de América Latina".

Las presiones de Donald Trump sobre el Gobierno de México, con base en premisas falsas o ciertas, matizadas con odio y desprecio por el Gobierno de la Cuarta Transformación, se profundizarán y endurecerán en las próximas cinco semanas, previas a los comicios intermedios en Estados Unidos, que se celebrarán el martes 3 de noviembre de 2026, cuando los ciudadanos del país vecino votarán para renovar los 435 escaños de la Cámara de Representantes y un tercio de los 100 integrantes del Senado, las dos cámaras que forman el Congreso estadounidense.
Todas la previsiones electorales son que el Partido Republicano de Donald Trump podría perder la mayoría en ambas cámaras, lo que le dificultaría cumplir sus caprichos y abusos en la segunda parte de su mandato. México será un buen pretexto para tratar de apuntalar las campañas de sus compañeros de partido. Pero sin importar lo que suceda en esas elecciones, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ya tomó las medidas necesarias para blindar los próximos comicios del 2027 y 2030, en contra de la injerencia extranjera, el sueño más acariciado por la oposición, que esperaría que el hombre naranja le ayude a defenestrar al Gobierno de la Cuarta Transformación.
En México no tendrán el mismo peso las intromisiones groseras y abusivas del hombre naranja, que ha metido la nariz en los procesos electorales de América Latina para impulsar a candidatos ganadores de la extrema derecha en países como Argentina, Honduras y Colombia. Habrá elementos jurídicos para conjurar los apetitos imperiales del mandatario estadounidense.
Este año fue clave para ese blindaje jurídico rumbo al segundo aniversario de la toma de posesión de la Presidenta Sheinbaum Pardo, que se cumplirá el próximo jueves primero de octubre del 2026. Por eso es pertinente recordar que el martes 2 de junio del 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Fracción Sexta del Artículo 41 constitucional que establece que las elecciones federales o locales pueden ser anuladas por violaciones graves, dolosas y determinantes, cuando “se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales”.
En un momento delicado de la relación de México con Estados Unidos y frente a las tentaciones autoritarias del Gobierno que encabeza Donald Trump, el martes 1 de abril del 2025 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas constitucionales a los artículos 19 y 40, que establecen un blindaje jurídico para nuestro país, que fortalece disposiciones para el combate al terrorismo y contra la injerencia externa que pudiera atentar contra la soberanía de la Nación.
En la reforma al artículo 19 constitucional se incluyó el terrorismo en el catálogo de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa en los siguientes términos: “El Ministerio Público sólo podrá solicitar al Juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso”.
Y al artículo 40 constitucional se le agregaron dos párrafos que advierten: “El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo”. Y agrega: “Tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables”.
En las reformas constitucionales publicadas el martes 2 de junio del 2026, se incluyó la modificación a la Fracción Novena del Artículo 35 de la Carta Magna que advierte que la Revocación de Mandato a la Presidenta de la República “se realizará mediante votación libre, directa y secreta de ciudadanos y ciudadanas inscritos en la lista nominal, el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional de forma coincidente con las jornadas electorales, federal o locales”, es decir, en el 2028.
Se promulga ese mismo día la reforma al Artículo Segundo Transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial”, publicado el 15 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue: “Para el caso de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, la elección será escalonada, renovándose la mitad de los cargos correspondientes a cada circuito judicial en la elección extraordinaria del año 2025 y la parte restante en la elección federal del año 2028”.
Seguridad y rectoría
En los dos primeros años de su mandato, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo promovió reformas muy importante a 70 artículos de la Constitución Política del país, para el fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública, tanto militares como civiles, y de un sistema nacional de investigación e inteligencia, para combatir a la delincuencia organizada.
Pero además, durante sus dos primeros años de Gobierno fueron fundamentales las reformas constitucionales para la recuperación y el blindaje jurídico de la rectoría del Estado en áreas estratégicas, para garantizar la soberanía del país, con el propósito de rescatar y fortalecer a dos industrias clave, que fueron desmanteladas y que los gobiernos priistas y panistas que administraron la República entre 1982 y 2018 pretendieron privatizar: Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad.
El miércoles 30 de octubre del 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación importantes reformas al Artículo 25 constitucional: “El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas […] manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas públicas del Estado […]”.
Como complemento a esta reforma, también se hicieron cambios importantes en el Artículo 27 Constitucional para preservar en manos mexicanas el destino de las empresas públicas del Estado y de algunas riquezas naturales:
“Tratándose de minerales radiactivos y litio no se otorgarán concesiones. Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional […] así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones. Las leyes determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad”.
Con respeto al litio, a los hidrocarburos y a la rectoría del Estado sobre la industria eléctrica, se hizo una reforma más al Artículo 27 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el viernes 20 de diciembre de 2024, que clarifica normas con respecto al dominio de la Nación sobre los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.
Agrega esa reforma al Artículo 27 Constitucional del viernes 20 de diciembre del 2024: “Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional […] así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones […] los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado…”.
Sobre seguridad
Otro universo de reformas constitucionales en el que la Presidenta Sheinbaum Pardo puso especial énfasis fue el correspondiente a la seguridad pública y el combate al crimen organizado, terreno en el que fortaleció las facultades y responsabilidades de su Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana Omar García Harfuch.
La Presidenta promovió reformas al Artículo 21 constitucional que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el martes 31 de diciembre de 2024 que facultan a la Secretaría de Seguridad y a la Guardia Nacional para realizar nuevas tareas: “La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la Secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél [del Ministerio Público] en el ejercicio de esta función”.
Se agregan al Artículo 21 constitucional funciones clave que fortalecen a García Harfuch: “La Secretaría del ramo de seguridad pública formulará, coordinará y dirigirá la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, así como los programas, las políticas y acciones respectivos; auxiliará a la persona titular de la Presidencia de la República en el ejercicio de las funciones en materia de seguridad nacional”.
Además, establece el Artículo 21 constitucional que a García Harfuch le corresponde la coordinación del Sistema Nacional de Inteligencia en materia de seguridad pública y de las acciones de colaboración de los tres órdenes de gobierno, a través de las instituciones de seguridad pública.
El miércoles 16 de julio del 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Guardia Nacional, adscrita ya a la Secretaría de la Defensa Nacional. En la nueva Ley se estableció: “La Guardia Nacional es una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional y que esa institución de seguridad pública “podrá contar con el personal del Ejército, Fuerza Aérea y de confianza de carácter civil que sea necesario”.
También para reforzar el combate a la delincuencia organizada se publicó el miércoles 16 de julio del 2025 el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Ese mismo miércoles 16 de julio del 2025 se promulgó la la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que convierte a la Secretaría de Seguridad Pública y a su titular Omar García Harfuch, en el eje central de la estrategia para el combate a la delincuencia organizada en el país. En el mismo paquete de leyes publicadas ese miércoles 16 de julio del 2025 se incluyó la expedición de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública.
La Presidenta Sheinbaum Pardo no ha perdido el tiempo, y si algunas reformas constitucionales para desaparecer los plurinominales y para reducir el financiamiento a los partidos políticos no han prosperado es por la traición y oposición de sus presuntos aliados, Partido del Trabajo y Verde Ecologista de México, que se han negado a respaldarlas en las cámara de diputados y senadores.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario