4/06/2016

Tribunal se lava las manos en caso de violencia política de género



   Como carece de contralor, no indagará agresión a magistrada

Sin una ruta de denuncia ni sanciones claras, la magistrada del Tribunal Electoral de San Luis Potosí (SLP), Yolanda Pedroza Reyes, espera saber qué sucederá con la denuncia que presentó por violencia política de género, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que fue víctima de discriminación por parte sus pares varones.


Ante la misoginia y el hecho de que no se le convocó a la sesión en la que se elegiría al magistrado presidente del Tribunal de SLP, el 2 de noviembre de 2015 Pedroza Reyes presentó un juicio ante la Sala Superior del TEPJF para impugnar la designación del magistrado presidente, Rigoberto Garza de Lira, y que se anulen los actos administrativos aprobados en sesiones a las que ella no fue convocada.

A un par de meses de entrar en funciones, en enero de 2015, la magistrada se dio cuenta de que el presidente del Tribunal Electoral estatal toma determinaciones por cuenta propia, pese a que deberían ser decisiones de los tres integrantes, incluyendo al magistrado Oskar Kalixto Sánchez, actos que fueron subiendo de tono, según narró en entrevista con Cimacnoticias.

“A raíz de que empecé a solicitar por escrito, formalmente, que se me informara sobre cuestiones que se estaban llevando en el Tribunal, de las que a mí no me estaban dando cuenta, hubo una actitud por parte de mis compañeros de rechazo hacia las peticiones, y empezaron a tomar medidas para bloquearme la información, no permitirme el acceso a cuestiones administrativas y de orden interno”, explicó.

En un ánimo de respeto y colaboración, dijo la magistrada, tuvo varias reuniones con Garza de Lira en las que le comentó que algunos temas debían ser resueltos en el pleno, una postura que no le agradó, pues decidió realizar encuentros con todo el personal para hacerles saber que él, como presidente, tomaba las determinaciones.

Al resolver el juicio, el pasado 30 de marzo, la Sala Superior del TEPJF determinó que no podía anular la elección del magistrado, ya que la demanda fue extemporánea, y que no podía anular los actos administrativos porque no eran materia electoral, sin embargo resolvió a su favor al acreditar que sus pares le impidieron y obstaculizaron su labor jurisdiccional.

Debido a que en México no existe el tipo penal de violencia política de género, a pesar de que académicas, mujeres políticas y activistas insisten en la necesidad de incluirlo en la ley, el TEPJF analizó el caso a la luz de otras legislaciones, tratados internacionales y criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De acuerdo con la SCJN, existe acoso laboral (“mobbing”) cuando se presentan conductas en el entorno laboral, que tienen por objeto intimidar, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, con miras a excluirla de la organización o a satisfacer la necesidad del hostigador.

El TEPJF remitió el caso a la Contraloría interna del Tribunal de SLP y al Senado, toda vez que en octubre de 2014 la Cámara alta eligió a Pedroza Reyes, Garza de Lira y Kalixto Sánchez como magistrados estatales, y por tanto es la autoridad competente para realizar una investigación y en su caso determinar las sanciones correspondientes.

Al respecto, la magistrada dijo a esta agencia que la situación laboral era “insostenible”, pero no sabía a dónde acudir hasta que asistió a un encuentro sobre violencia política de género, así que decidió presentar un juicio para la protección de sus derechos político-electorales ante el TEPJF, aunque ello le trajo más problemas, lamentó.



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