9/21/2019

Ley de Amnistía no erradica criminalización de mujeres que tuvieron un aborto


Ciudad de México.- Uno de los objetivos de la iniciativa de la Ley de Amnistía, elaborada por el equipo del presidente Andrés Manuel López Obrador y enviada al Congreso, es liberar a las mujeres presas por el delito de aborto; sin embargo, la propuesta deja fuera a aquellas acusadas de homicidio en razón de parentesco, homicidio calificado e infanticidio, quienes muchas veces son las más vulnerables y ni siquiera querían interrumpir su embarazo.
La iniciativa no toca el problema de fondo, no elimina la criminalización hacia quienes tienen un aborto, un parto fortuito o una emergencia obstétrica, afirmó en entrevista con Cimacnotictias, la defensora  de Derechos Humanos y directora del “Centro Las Libres”, Verónica Cruz Sanchéz, quien en 2009 logró la liberación de 9 mujeres presas por el delito de aborto, en el estado de Guanajuato.    
Desde la perspectiva de “Las Libres”, la iniciativa presentada por López Obrador y anunciada desde 2018 cuando era candidato a la Presidencia de la República, no resuelve los problemas que viven las mujeres en mayores condiciones de vulnerabilidad. “Para que se deje de criminalizar no hay mas opción que eliminar de los Códigos Penales de los estados el delito de aborto”, aseguró. 
“Efectivamente, supongamos que hoy algún estado, o todos los estados de la República, se acogen a la amnistía, hacen los procesos necesarios para revisar esos expedientes y liberar o preliberar a las mujeres que pudieran estar en este supuesto, aunque sean pocas… pero mañana podría haber otras”.  
Argumento de Verónica Cruz Sánchez
El 15 de septiembre López Obrador envió la iniciativa al Congreso, un proyecto similar al presentado en noviembre de 2018 por el senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Juan Manuel Zepeda Hernández.
La propuesta se presentó aún cuando en octubre pasado la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, consideró que era más viable buscar la despenalización del aborto en todos los estados, porque al ser un delito de orden común es de competencia estatal y las propuestas del Gobierno federal solo tienen impacto en delitos federales. 
La iniciativa especifica que este mecanismo de liberación beneficiará a acusadas del delito de aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal Federal, y aplicará tanto a la mujer embarazada como a las y a los médicos o parteras que hayan participado en la interrupción de la gestación, siempre que no hayan cometido violencia y tuvieran el consentimiento de la mujer.
“Esta iniciativa en particular tiene que ver con la gente humilde que no fue asistida, que no tuvo abogados. Es dejar en libertad a indígenas que están en las cárceles de manera injusta, mujeres, ancianos, quienes no tuvieron una defensa adecuada, que no se les asistió, no se les ayudó y los delitos por los que son acusados no son graves, no son delitos de sangre, de violencia”.
Palabras de López Obrador el 17 de septiembre

Anuncio de Ley de Amnistía en conferencia de prensa

La exposición de motivos de la iniciativa de Ley de Amnistía, publicada este miércoles en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, explica que se beneficiará a personas que pertenecen a pueblos y comunidades indígenas, que están en situación de pobreza, de extrema vulnerabilidad, en condición de exclusión y discriminación, que tienen una discapacidad o que cometieron delitos menores por temor o al ser obligados.
La propuesta de normativa consta de ocho artículos y en los transitorios menciona que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, promoverá ante los gobiernos y los Congresos estatales la expedición de leyes de amnistía para delitos que se asemejen a los propuestos en la iniciativa que se debatirá en la Cámara de Diputados:
  • Aborto
  • Delitos contra la salud
  • Robo simple y sin violencia
  • Sedición
Sobre este tema Verónica Cruz Sánchez aseguró que la propuesta del Ejecutivo es muy importante para las mujeres. Sin embargo, opinó que esta iniciativa de ley no va a resolver el problema de fondo por varias razones: primero porque hay muy pocos casos documentados de mujeres acusadas del delito de aborto que terminan recluidas en prisión.
La abogada explicó que las mujeres acusadas y sentenciadas por este delito corresponden al viejo sistema de justicia. Ahora, con el sistema de juicios orales, precisó, solamente las personas con condenas de más de 5 años terminan en cárcel y generalmente en el delito de aborto no se da la pena máxima. Hasta ahora, la menor sentencia que “Las Libres” conoce es de 9 meses y la mayor de 2 años y 9 meses.  
AñoInvestigaciones
2019373
2018576
2017516

Delitos de aborto en el fuero común


Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el delito de aborto
Los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública no están desagregados por sexo, pero la información de esta organización civil indican que en el país hay alrededor de 89 casos de mujeres, médicas y alguna partera acusadas de aborto, que están pagando una condena.
En el caso de Guanajuato, agregó Verónica Cruz Sánchez, aunque los datos oficiales indican once casos; hay dos personas acusadas de este delito, un hombre y mujer que asesinaron a una mujer embarazada. Ambos fueron acusados de feminicidio y de aborto. En este caso, por ejemplo, la amnistía no aplicaría.
“Una amnistía es sólo eso, poder disculpar, perdonar, a las mujeres que hoy están en ese supuesto, liberarlas, pero el delito sigue existiendo y no se resuelve un problema de fondo”.
Verónica Cruz Sánchez
La defensora, galardonada en 2006 por Human Rights Watch por su trabajo en defensa de los derechos sexuales y reproductivos, agregó que la propuesta de López Obrador no incluye libertad a las mujeres acusadas por aborto espontáneo (es decir, quienes no deseaban interrumpir la gestación) y parto prematuro, emergencia obstétrica y que han sido sentenciadas por penas de hasta 40 años de cárcel porque las acusaron de homicidio en razón de parentesco, homicidio calificado, omisión de cuidados o infanticidio.  
Desde 2010, cuando “Las Libres” y agrupaciones de la sociedad civil lograron que el Ejecutivo, Legislativo y el Poder Judicial de Guanajuato expidieran e implementaran un mecanismo de amnistía para reducir las penas de 9 mujeres encarceladas, esta organización hizo un diagnóstico de la criminalización por el delito de aborto. 
Entre los resultados, encontraron que del año 2000 al 2017, alrededor de 4 mil 200 mujeres fueron criminalizadas, lo que no significa que estén en prisión en la actualidad, sino que se les abrió una carpeta de investigación (o averiguación previa según el viejo sistema penal) y que alrededor de 200 mujeres están recluidas por delitos como homicidio calificado, homicidio en razón de parentesco, omisión de cuidados, infanticidio o filicidio.
Cruz Sánchez aseguró que el proceso de liberación de mujeres entre 2009 y 2010 en Guanajuato debió ser una experiencia para todo el país y con ese antecedente hoy cada estado debería contar con información sobre cuántas ciudadanas están en prisión, cuál es su situación jurídica y cuál fue el delito de su sentencia para saber cómo aplicar un mecanismo de amnistía. 
“La amnistía si se necesita, es por la que hemos estado luchando. Es para las mujeres indígenas, de área rurales, pobres que están injustamente en cárcel con sentencias de 10,  20, 30 o 40 años de prisión por homicidio calificado, homicidio en razón de parentesco, omisión de cuidados, infanticidio o filicidio, cuando no tendrían porque estar ahí”. 
Verónica Cruz Sánchez
La defensora señaló que el problema de las mexicanas que ejercen su derecho a la maternidad o que tienen una emergencia obstétrica ni siquiera está en el sistema de administración y procuración de justicia porque en un proceso penal para acreditar el delito se necesitan pruebas científicas y en general las mujeres usan medicamentos seguros para realizar el procedimiento, lo que no las incrimina. Es decir, se abren investigaciones que en muchos casos se archivan. 
El problema, afirmó, es que la criminalización comienza con las denuncias del personal del sector público de salud, por trabajadoras sociales y personal médico, desde enfermeras hasta gineco obstetras que incriminan a las pacientes porque anteponen esterotipos de género de lo que creen que deberían hacer las pacientes a las que deben atender. 
El personal de salud, subrayó la feminista, es quien castiga a las mujeres al llamar al Ministerio Público y someterlas a un proceso de criminalización. 
La ley, además de que va a beneficiar a muy pocas mujeres, no va a resolver el problema de fondo porque el delito va a seguir en los 32 códigos penales del país, 33 con el federal; y encima el problema serio no esta en procuración y administración de justicia y menos en cárceles, se origina en los servicios de salud.    
Verónica Cruz Sánchez
Finalmente, Cruz Sánchez señaló que la iniciativa debe ser replicada en los Congresos estatales ya que este delito está penado a nivel local y es allí donde se registra la incidencia.
Amnistía debe replicarse en Congresos estatales, afirma el diputado Mario Delgado
Esta mañana el documento elaborado por el Gobierno federal fue enviado a las comisiones unidas de Justicia y de Gobernación y Población en la Cámara de Diputados para su análisis y discusión. 

CIMAC
Foto: César Martínez López

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