3/19/2022

Veta parcialmente presidente de Ecuador ley que regula el aborto por violación

 

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En total, fueron 61 observaciones (de 63) que tiene su veto, entre las que destaca que el plazo de gestación máximo para que se practique un aborto en caso de violación sea de hasta 12 semanas para todas las mujeres, independientemente de si se trata de casos que tengan lugar en el sector rural o en el sector urbano. Cabe recordar que la propuesta de las y los legisladores de la Asamblea era un límite de edad gestacional de 12 semanas para mujeres adultas y personas gestantes y 18 semanas para niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad y de comunidades indígenas.

El veto presidencial también establece que, para acceder al aborto, será necesario que las mujeres presenten una denuncia de violación, un certificado médico o una declaración jurada suya o de sus representantes, cuando la propuesta de la Asamblea eliminaba la denuncia penal como requisito de acceso al servicio de Interrupción Voluntaria del Embarazo, y establecía medidas provisionales urgentes y medidas de protección para las víctimas, así como un plazo de 24 horas para proceder con la interrupción del embarazo una vez cumplidos los requisitos que se resumen en una solicitud por escrito a través de un formulario para personas mayores de 14 años de edad, en el caso de menores de edad no deberán llenarlo.

Asimismo, Lasso incluyó un artículo relacionado a la “objeción de consciencia” para que los profesionales de la salud del sector público y privado puedan excusarse de practicar un aborto por asuntos de carácter personal o religioso, mientras que la propuesta original la reconocía “como un derecho estrictamente individual, que no puede ser ejercido de manera colectiva o institucional, por medio del cual el personal de salud puede negarse a ofrecer el servicio siempre y cuando exista personal de salud no objetor disponible y capacitado para practicar la interrupción del embarazo. En caso de que la persona profesional de salud objetora sea la única que pueda llevar a cabo el procedimiento, tendrá la obligación de proveer el servicio”.

En su cuenta de Twitter el mandatario ecuatoriano señaló: “He decidido incluir observaciones al proyecto de ley con el objetivo de que este guarde absoluta concordancia con el dictamen de la Corte Constitucional”, aunque ya había adelantado en febrero su intención de vetar la norma, de acuerdo a sus declaraciones en el canal Ecuavisa, sin embargo, los detalles aún estaban en discusión y no se conocía la redacción final del texto.

La decisión del presidente contradice los estándares del fallo de la Corte Constitucional, los cuales desde abril de 2021 despenalizan el aborto en casos de violación, y también contradice las propias declaraciones de Lasso, quien en mayo de 2021 dijo que no interferiría en la decisión de la Corte Constitucional.

Según The Associated Press organizaciones feministas, activistas por los derechos de las mujeres y usuarios de en redes sociales rechazaron el veto presidencial e hicieron énfasis en que la decisión del ejecutivo es un retroceso en el tema de derechos.

En Ecuador, cada día en promedio se registran 42 denuncias por violación, abuso sexual y acoso, según datos de la Fiscalía General del Estado. De acuerdo a cifras oficiales, siete niñas menores de 14 años dan a luz cada día en un país de 17 millones de habitantes que tiene la tercera tasa de embarazo adolescente más alta de América Latina.

Actualmente, el aborto es legal en Uruguay, Cuba, Argentina, en algunas entidades de México y, desde febrero de 2022, en Colombia. Mientras, en El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití está prohibido sin excepción. En otros países latinoamericanos, sólo se permite en caso de que la vida de las mujeres corra peligro, en casos de violación o si el feto no es viable.

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