7/09/2010

Por el acceso al servicio que incluya la PAE y la ILE: OSC

Campaña en Morelos para vigilar aplicación de la NOM 046


Por Gladis Torres Ruiz

México, D.F 8 jul 10 (CIMAC).- Ante el desacato de las autoridades del sector salud en Morelos, para aplicar Norma Oficial Mexicana de Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres (NOM-046), organizaciones de la sociedad civil (OSC), iniciaron una campaña para verificar que las mujeres víctimas, que así lo requieran, accedan a la interrupción legal del embarazo (ILE).

El Observatorio Nacional del Feminicidio en Morelos, integrado por más de 20 organizaciones civiles, lanzó ayer la campaña: “046, un ojo con la Norma”, que busca la inmediata aplicación de la norma en la entidad para las mujeres víctimas de una violación

En entrevista telefónica, Patricia Bedolla integrante del Observatorio Nacional del Feminicidio en Morelos, informó que la campaña tiene que ver con monitorear la aplicación de la Norma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de abril de 2009, y ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 27 de mayo de 2010.

“En Morelos, las mujeres que sufren violencia sexual, no han sido atendidas como lo marca la NOM-046, el principal argumento que se utilizaba para no cumplir era que el tema se encontraba en controversia en la Corte, hoy ya no hay pretexto”

Con la resolución de la SCJN, todas las autoridades están obligadas a ofrecer y garantizar el suministro de Anticoncepción de Emergencia (AE) a las mujeres víctimas de violencia sexual, así como a proceder a la interrupción del embarazo de las mujeres violadas, en caso de que así lo soliciten.

La también integrante del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer-Morelos (CLADEM-Morelos), afirmó que ha pasado un año de la publicación del ordenamiento, y la Secretaría de Salud en Morelos, desconoce los procesos de implementación, además de que no existe un programa de difusión permanente sobre los derechos que brinda la Norma 046.

Ante la posibilidad de que las autoridades de salud pudieran argumentar no aplicar la NOM-046, por la reforma constitucional aprobada en Morelos, a finales del 2008 que protege la vida de la concepción, Patricia Bedolla, respondió a este medio que eso no es posible.

“En el Código Penal de Morelos, se establecen cinco causales de aborto, las cuales en el entendido de la jerarquización de las leyes, quedan anuladas por el Artículo 2 de la Constitución que protege la vida desde la concepción; sin embargo jerárquicamente la NOM-046, es superior y deja sin efecto el Articulo 2”, precisó.

Es por ello, que exigimos eliminar los obstáculos que impiden a mujeres víctimas de violencia sexual, el acceso a los servicios de salud integrales que incluyan la PAE y la ILE, así como promover la denuncia y las sanciones administrativas, civiles o penales a servidores públicos que incumplan con la aplicación de la Norma 046.

Exigencias que estaremos monitoreando con la Campaña, que estará en marcha en un primer periodo de tres meses, dijo la defensora de derechos humanos. Confirmó que hasta el momento dicha vigilancia, se realiza en Jalisco y Guanajuato, en donde también se aprobaron reformas constitucionales que impiden a las mujeres acceder a una ILE.

EXIGEN CREACIÓN DE REGISTROS

En un pronunciamiento, sobre la Norma 046, el OCNF, asegura que la implementación es urgente ante la violencia sistemática de que son objeto las mujeres en México.

Según estimaciones de la Secretaría de Salud Federal, en el país ocurren alrededor de 120 mil violaciones al año, es decir, aproximadamente una cada cuatro minutos.

De éstas, 65 por ciento son mujeres de entre 10 y 20 años de edad, a las que en su mayoría no se les proporcionan servicios integrales de salud, generando una serie de consecuencias graves en su salud física y mental, asegura.

Las OSC, afirman que las Secretarías de Salud estatales, como la de Morelos desconocen los procesos de implementación. En 22 estados, que representan el 68 por ciento de las entidades del país, no les han proporcionado información sobre la aplicación de la misma.

Lo anterior lo atribuyen a la carencia de mecanismos de registro y sistematización de las acciones, por lo que exigen a las Secretarías de Salud, estatales y federal, conformar un registro de acceso público sobre la violencia sexual en los sistemas de información en salud, el cual permita conocer la magnitud de la problemática y el impacto de las políticas públicas para prevenir, atender y erradicar la violencia contra las mujeres.

La NOM-046 fue aprobada por unanimidad el 21 de julio de 2008, y publicada el 16 de abril de 2009, cubrió con todos los requisitos de la Ley Federal de Metrología y Normalización para la actualización de las normas oficiales mexicanas, fue revisada por expertas y expertos en el tema, cumplió además con los criterios de la más reciente evidencia científica disponible, los cumplimientos internacionales y el marco jurídico nacional de derechos humanos.

El OCNF afirma que la Norma es resultado de una larga lucha de las organizaciones de las mujeres para garantizar el acceso a la ILE.

Un antecedente destacado de esta lucha es el acuerdo de solución amistosa, suscrito el 8 de marzo de 2006 por el Estado mexicano, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el caso de Paulina, menor de edad víctima de una violación, a quien el estado de Baja California le impidió su derecho a realizarse un aborto.

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