Ésta no es la primera ocasión en que la mujer es atacada por su expareja de quien se separó hace cinco meses. En tres ocasiones ha acudido a denunciar, sin embargo, las autoridades solo han emitido órdenes de alejamiento, pero no procedido contra el agresor.
Tras lo anterior acudió a la fiscalía para interponer una nueva denuncia, sin embargo desistió porque no le brindaron la atención de manera oportuna ni tenía las condiciones de seguridad para poder esperar sin el riesgo de ser atacada de nueva cuenta.
“Me tuvieron afuera esperando en el sol como media hora y me fui a mi casa, yo me sentía mal. Todo el mundo se amontonó a ver qué había pasado, mi presión se subió. Me dio mucha pena, me sentí mal”.
Actualmente el Código Penal del Estado de Oaxaca establece que se impondrá cárcel de 40 años de prisión y multa de 500 a 1 mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, “al que por sí o por interpósita persona infiera una alteración en la salud o cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo de una mujer por razón de género, usando para ello cualquier tipo de agente físico, químico o sustancia corrosiva”.
La tipificación de la “violencia ácida” fue realizada por el Congreso de Oaxaca en marzo de 2020 a raíz de la lucha por justicia de María Elena Ríos Ortiz quien fue quemada con ácido por orden de su expareja, el empresario gasolinero y exdiputado local del PRI, Juan Antonio V.C.
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