2/26/2019

Mujeres y hombres de negro



Recientemente la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos culminó su ciclo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En la ceremonia solemne de conclusión del cargo, ante el pleno de la SCJN, aludió a la toga que la acompañó en su tarea de impartir justicia en los últimos 15 años.
Para las personas que juzgamos, la toga es símbolo de dignidad personal y de investidura, pero ¿qué hacen esas mujeres y hombres vestidos de negro? Explico. Los 11 ministros que integran la SCJN tienen como función primordial proteger la Carta Magna, que data de 1917. La Constitución, básicamente, es el pacto social y la ley fundamental de una nación. De ella emana todo el sistema normativo que rige al país, reconoce los derechos fundamentales y organiza a los tres poderes del Estado mexicano: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, cuya cabeza es la SCJN. En ese sentido, la Suprema Corte protege los derechos humanos.
Para entender su función, por ejemplo, consideró inconstitucional prohibir el uso lúdico de la mariguana, bajo el argumento del libre desarrollo de la personalidad. Re­solvió que las leyes que surgen de la Constitución estén conformes con ella y no en su contra, como en una acción de in­constitucionalidad en la que declaró in­constitucional una ley que decretaba en automático la pérdida de la patria potestad cuando se presenta el síndrome de alienación parental por vulnerar el interés superior del menor reconocido en la norma fundamental. Se pronunció sobre un correcto equilibrio entre los poderes citados, al cerciorarse que no se invadan las competencias o atribuciones que correspondan a cada uno, como ocurrió en una controversia en que resolvió que los municipios tienen el derecho de regular su hacienda sin intervención del estado o la Federación.
La existencia de una jurisdicción constitucional con capacidad para proteger derechos fundamentales, equilibrar a los poderes y enjuiciar leyes para determinar su conformidad con el parámetro de constitucionalidad, determina la transformación esencial del Estado legal al Estado constitucional de derecho. Supone también el tránsito del Estado liberal al Estado social de derecho, por cuanto que el pacto social es también un impulso para configurar la Constitución como cuerpo normativo que otorga unidad al ordenamiento jurídico.
Basta recordar que un derecho fundamental, como el que nadie sea discriminado por su orientación sexual, color de piel, creencia religiosa o la identidad de oportunidades entre mujeres y hombres, sólo se materializa a condición de que no sea simplemente establecido o reconocido en una carta fundamental solemne, como la Constitución o un tratado internacional, sino que también sea garantizado de manera efectiva en el caso de su violación.
Aquí se conjugan dos poderes de la Unión para hacer realidad la aspiración de todo Estado constitucional de derecho: el respeto y la salvaguarda de los derechos humanos.
Hablar, por tanto, de la relación entre el legislador y el juez en la identificación y tutela de los derechos humanos no conduce a una solución que parece fácil e inmediata en aplicación del principio clásico de separación de poderes. El primer aspecto (identificación) es competencia del legislador, mientras el segundo (tutela) es competencia del juez constitucional, y dicha protección de los derechos es la razón de existencia de quienes juzgan.
Desde la Ilustración, las personas juzgadoras eran consideradas como boca de la ley, según la definición de Montesquieu. Sin embargo, esta situación experimentó un cambio profundo con las constituciones posteriores a la Segunda Guerra Mundial, aprobadas en respuesta a las experiencias de los regímenes totalitarios de la Alemania nazi y fascistas en la Europa occidental, que perfilan la ilusión de una ley, siempre y sin duda justa porque resultaba una expresión de la soberanía popular, por lo que es claro que una mayoría parlamentaria puede aprobar, siguiendo las reglas del procedimiento legislativo y el tipo de mayorías requeridas, leyes manifiestamente contrarias a los derechos fundamentales de la persona (las leyes raciales y antisemitas de la Alemania nazi son excelente ejemplo).
Por tanto, la imperiosa necesidad de preservar principios y derechos fundamentales de las opciones de la mayoría, consagrados en un acto solemne como la Constitución o los tratados internacionales, reconociéndoles una fuerza jurídica superior comparados con la ley. Aquí la importante labor de las y los ministros de la SCJN.
La Corte es una institución fundamental para el Estado mexicano, ya que controla y equilibra el ejercicio del poder público; también garantiza y protege los derechos humanos de las personas. Para logarlo, sus integrantes gozan de garantías como inamovilidad de su cargo, libertad de opinión y de voto. Por eso visten de negro, ya que su toga representa la imparcialidad al emitir sus fallos, la igualdad entre sus miembros y el símbolo mismo de la justicia.

*Magistrada federal y académica universitaria

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