2/11/2023

Sigue la embestida para borrar a las mujeres de la constitución y las leyes

 tribunafeminista.org

Teresa C. Ulloa Ziáurriz

Teresa C. Ulloa Ziáurriz

Directora de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, A.C. (CATWLAC por sus siglas en inglés).

 Al comenzar el 2023, vimos con mucha preocupación que la Diputada Aleida Alavés sigue empeñada en modificar la Constitución para eliminar la categoría de discriminación por sexo.

La Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en su Artículo 1 establece que:

Artículo 1

A los efectos de la presente Convención, la expresión «discriminación contra la mujer» denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Este es un Artículo muy importante que establece la definición de discriminación basada en el sexo y además nos define la igualdad sustantiva, o sea, igualdad de derechos, igualdad de oportunidades e igualdad de resultados.

La reforma constitucional a la que nos referimos es conocida como reforma de igualdad sustantiva y creo que en la Cámara de Diputadas y Diputados no alcanzan a entender a favor de quién se acuñó el término y lo que debería significar, a pesar de que la CEDAW es un tratado ratificado por el Estado mexicano desde 1981, y por lo tanto, en base al Artículo 1 de nuestra Carta Magna, es un tratado vinculante para el Estado mexicano y por lo tanto obligatorio.

Se declaró que se esperaba tener aprobada la reforma de la Constitución para el 8 de marzo, por cierto, Día Internacional de las Mujeres, a pesar de la CEDAW.

Cito cómo está la propuesta para que quede el Artículo 1º. De la Constitución, cuando se refiere a la discriminación:

“Artículo 1.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias y orientaciones sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas…”

“Artículo 4.

Toda persona tiene derecho a la autonomía reproductiva, esto es, a decidir de manera libre, responsable, informada y segura, sobre tener hijas e hijos o no, con quién y el número e intervalo entre éstos, a recibir servicios para acceder al más alto nivel de salud sexual y reproductiva, así como la prevención, sanción y reparación del daño por esterilización involuntaria o de cualquier otro método anticonceptivo forzado.

La mujer, el hombre y toda persona, tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad.…”

 Y por último quiero referirme al Artículo 41, por cuanto se refiere a la 3 de 3, que dice:

 “Artículo 41.

Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. En la postulación de sus candidaturas, se observará el principio de paridad de género; así como que las candidatas y los candidatos cumplan con los siguientes requisitos:

  1. a) No estar condenado o condenada, o sancionada o sancionado mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público;

 b) No estar condenada o condenado, o sancionada o sancionado mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; y

 c) No estar condenada o condenado, o sancionada o sancionado mediante resolución firme como deudora o deudor alimentario moroso.”

Qué tristeza me da que un logro de muchas para alcanzar la paridad en todo, no se entienda por la Diputadas de la Cámara Federal y de los Congresos de los Estados, aunque si se presuma. La paridad es de las mujeres para el beneficio de las mujeres

No hay comentarios.:

Publicar un comentario