2/04/2012

México en guerra

Militares en Ciudad Juárez. Foto: Eduardo Miranda
Militares en Ciudad Juárez.
Foto: Eduardo Miranda

MÉXICO, D.F. (Proceso).- El 25 de noviembre de 2011, más de 23 mil personas presentamos información al fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) sobre la existencia en México de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, con la petición de analizar las dimensiones de esta violencia.

Los detractores de dicho esfuerzo se han concentrado en atacar la viabilidad de la petición sin poder rebatir el fondo de la denuncia. Es decir, aceptan que el Ejército viola mujeres y niñas; que practica la tortura en bases militares; que es responsable de desapariciones forzadas, de asesinatos de niños, jóvenes y civiles ajenos al conflicto; que autoridades migratorias participan en el secuestro de personas centroamericanas; que el narco ataca a civiles, hospitales, ambulancias e iglesias y recluta niños. Todo en un clima de absoluta impunidad.

El argumento central de quienes descalifican la solicitud es que en México no existe un “conflicto armado” en sentido estricto, aunque para juzgar crímenes de lesa humanidad es irrelevante la existencia de tal conflicto. Sin embargo, analicemos el argumento por lo que hace a los crímenes de guerra.

Para que intervenga la CPI no se necesita que los narcotraficantes busquen poder político ni que se les haya declarado “parte beligerante”. El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia determinó claramente, en el caso Limaj, que las motivaciones de los grupos que participan en conflictos no internacionales son irrelevantes para determinar si es aplicable el derecho penal internacional (ICTY, Prosecutor v. Limaj).

El mismo tribunal ha venido desarrollando una clara jurisprudencia sobre los conflictos armados internos. Para que una corte internacional reconozca su existencia, es preciso analizar particularmente la intensidad de la violencia y la organización de los grupos que toman parte en las hostilidades.

La intensidad se determina por: 1) la duración del conflicto, 2) el tipo de armas usadas, 3) el empleo de fuerzas militares, y 4) el desplazamiento de civiles (ver ICTY, Prosecutor v. Tadic, Judgment [Trial Chamber]; Prosecutor v. Boskoski).

La violencia en México tiene por lo menos cinco años en alta intensidad. Hasta septiembre de 2011, el gobierno reconoció 47 mil 515 homicidios relacionados con el conflicto, en tanto que el semanario Zeta de Tijuana ha señalado que la cifra asciende ya a 60 mil 420 ejecuciones.

En el país se observa el uso cotidiano de armas como las R-15 y AK-47, ametralladoras calibre 7.62 mm., explosivos C-4, cohetes antitanque M72 y AT-4, lanzacohetes RPG-7, lanzagranadas MGL calibre 37 mm., granadas de 37 y 40 mm., además de fusiles Barret calibre .50 y armas con capacidad para disparar municiones calibre 5.7 x 28, capaces de penetrar distintos tipos de blindajes. Incluso se ha detectado el uso de minas antipersonales. Se trata de algunas de las armas más utilizadas en conflictos armados y prohibidas por tratados internacionales.

La jurisprudencia también toma en cuenta el uso del Ejército en lugar de las fuerzas policiacas para combatir a los grupos armados, y en territorio mexicano hay desplegados alrededor de 50 mil soldados.

Finalmente, se deben evaluar los desplazamientos de civiles, los cuales, conforme a datos recientes de Parametría, llegan a la alarmante cifra de 1.6 millones.

Sobre la organización de los cárteles de la droga, se puede señalar que tienen estructuras claramente jerarquizadas, con líneas de mando, y que operan a escala internacional. Los cárteles de la droga en México son considerados grupos formalmente organizados por la base de datos UCDP de la Universidad de Uppsala, en Suecia.

En consecuencia, la crisis por la que pasa nuestro país cumple con todos los requisitos para que se le considere un conflicto armado conforme a la jurisprudencia internacional.

El mundo ya reconoce que México vive en guerra. El Barómetro de Conflictos de la Universidad de Heidelberg considera que nuestro país vive una guerra sólo comparable con las de Afganistán, Somalia, Irak, Pakistán y Sudán.

Human Rights Watch documentó en su Informe Mundial 2012 que los abusos “generalizados” por parte del Ejército Mexicano, como la tortura para obtener confesiones, quedan impunes. Es precisamente el carácter generalizado de los crímenes lo que permite la intervención de la CPI, conforme a los artículos 7 y 8 del Estatuto de Roma.

Incluso el Centro de Monitoreo del Desplazamiento Interno del Consejo Noruego para Refugiados señaló a finales de 2011 que la situación en México “constituye un conflicto armado interno” de acuerdo con los estándares del derecho internacional (México: Desplazamiento debido a violencia criminal y comunal).

La crisis humanitaria que vivimos resulta alarmante y deben tomarse medidas para detenerla de inmediato. La impunidad precipitará la intervención de la CPI, pues sólo el 0.7% de los militares señalados por violaciones a derechos humanos han sido condenados.

En cuanto a Ciudad Juárez, se han contabilizado 6 mil asesinatos realizados con rifles AK-47 que no han sido investigados por nadie. Mientras la Procuraduría General de la República argumenta que son delitos del fuero común, la fiscalía local señala que las armas son de uso exclusivo del Ejército. Estas discusiones podrían resolverse fácilmente en virtud de que la PGR tiene facultades de atraer casos locales, en tanto que lo contrario no es posible.

Felipe Calderón tiene una enorme responsabilidad por esta crisis, y debe comenzar a asumirla. Es falaz argumentar –cuando ya se observa el fracaso de su guerra– que la intervención del Ejército se debe a solicitudes de gobiernos locales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció claramente que incluso si existe una petición de autoridades locales para que intervenga la Federación, corresponde a ésta valorar la situación y determinar si es el caso o no de usar la fuerza pública (Facultad de investigación 1/2007). El empleo de las Fuerzas Armadas fue una decisión totalmente unipersonal, sin control parlamentario, que implica también responsabilidades individuales.

Si de verdad se quiere evitar la intervención de tribunales internacionales, hay que tomar medidas de inmediato, como abrir investigaciones y atraer los casos por los crímenes generalizados que sufre la sociedad, detener y sancionar la tortura en cuarteles militares, cumplir con el compromiso de instituir protocolos en seguridad pública, poner en funcionamiento el registro inmediato de detenciones, garantizar la protección física y jurídica de las propiedades que abandonan los desplazados y proporcionarles apoyo para que se reintegren a la sociedad.

Al presidente le queda poco tiempo. Por el bien del país, ojalá intente evitar el proceso internacional que se cierne sobre él, con acciones responsables y no con nuevas amenazas.

*Abogado por la UNAM con maestría en derecho constitucional.

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