9/01/2020

Fiscalía y jueces protegen a adolescente que violó a niña en Zacatecas


Ciudad de México.- Debido a diversas irregularidades, un juez de distrito ordenó suspender provisionalmente el proceso por el que se investiga la violación sexual de una niña que fue atacada por un adolescente en el municipio de Guadalupe, en el estado de Zacatecas, el pasado 2 de abril.  
En entrevista con Cimacnoticias, la asesora jurídica de la familia de la niña, la abogada Mara Muñoz Galván, explicó que el pasado 26 de agosto la familia de la víctima solicitó en un amparo la suspensión del proceso porque la Fiscalía cometieron irregularidades.
Esta suspensión les fue concedida, sin embargo, nuevas irregularidades ponen en riesgo el acceso a la justicia de la niña y su familia.
Por ejemplo, el juez que resolvió el amparo no se pronunció sobre la medida cautelar que se le impuso al imputado, es decir, no dijo si el adolescente debería permanecer o no en el centro de internamiento mientras se repone el proceso y continua la investigación y hasta que se celebre el juicio oral donde se le dictará sentencia.
Esto es grave porque si el juez no explica si el agresor debe permanecer interno, él podría quedar en libertad el día que cumpla cinco meses de reclusión. Muñoz Galván precisó que por ley las personas menores de 18 años de edad sólo puede estar en un centro de internamiento durante cinco meses, antes de ser sentenciadas.
En este caso el agresor es un adolescente que fue vinculada a proceso el 5 de abril, por lo que el plazo legal para permanecer en un centro de internamiento vence el 5 de septiembre. Sin embargo, la abogada explicó que el juez decidió pronunciarse respecto a la medida cautelar de internamiento hasta el 18 de septiembre, 13 días después del plazo legal.
Cabe recordar que el 2 de abril el adolescente le dijo a la niña que le daría un regalo por su cumpleaños, fecha que celebraría el 3 de abril. Ella accedió a verlo, con engaños él la alcoholizó y cuando estaba inconsciente la violó en reiteradas ocasiones en su auto hasta que decidió dejarla en su casa. 
Aquel día, familiares que la esperaban la vieron llegar en el auto en estado de trauma y acompañada del sujeto. Cuando ella gritó y dijo que la violó, sus familiares lo detuvieron e interceptaron a una patrulla que pasaba por el lugar. Los policías municipales capturaron al agresor.  
Todas las piezas están puestas para que el imputado quede el libertad. La litigante expuso que, previamente, otro juez, este especializado en justicia para adolescentes, acordó que el internamiento concluía el 21 de septiembre. Sin embargo, la fecha calculada es errónea (la correcta es 5 de septiembre) y por tanto el imputado se podría amparar y ser favorecido con la libertad. 
Ante este error el juez especializado dijo que tomó como referencia el acuerdo de suspensión de términos durante la pandemia por COVID-19, difundido en marzo por el Tribunal Superior de Justicia del estado de Zacatecas. Sin embargo, no tomó en cuenta que ese acuerdo establece que la indicación no aplica para medidas cautelares restrictivas de la libertad. 
Es por esta razón que el viernes 27 de agosto, la asesora jurídica presentó una queja por el actuar del juez para que una magistrada de Circuito conozca el caso y las irregulares.
Mara Muñoz aseguró que además de estas omisiones cometidas por el juez especializado y el juez que conoció el amparo, a lo largo del proceso se han identificado otras irregularidades.  Esto hace suponer que la directora de Justicia para Adolescentes, de la Fiscalía General de Justicia estatal, quien ha sido la Ministerio Público del caso y lleva el mismo apellido que el imputado, tiene interés en la libertad del acusado. 
Por ejemplo, la defensa del adolescente presentó un expediente clínico falso del IMSS donde decía que él  acudió a una cita médica el día 7 de julio, cuando ya se encontraba interno. El documento lo presentó para solicitar seguir el proceso en libertad por motivos de salud. A solicitud de la asesora jurídica de la niña, el centro de internamiento informó que el imputado no salió ese día y el IMSS desconoció el expediente. 
Otra irregularidad fue que el imputado dijo que no estuvo en el lugar de los hechos, razón por la cual la Fiscalía de Zacatecas solicitó a un juez federal autorización para obtener un informe de llamadas y la geolocalización del imputado. El Ministerio Público proporcionó a la Fiscalía el número telefónico de la madre del adolescente. Esto a pesar de que la niña entregó capturas de pantalla con una conversación de WhatsApp con el número del agresor. 
A la lista de supuestos errores se sumó que en el examen clínico se encontró esperma en el cuerpo de la niña, pero la Fiscalía no solicitó muestras al imputado para contrastarlas. El Ministerio Publico dijo al juez que no solicitó la prueba porque en la revisión ginecológica sólo se encontraron dos espermatozoides y con esa cantidad no se podía hacer la confrontación.
El mismo dictamen médico fue claro al determinar lesiones recientes en la niña, pero, sin tomar en cuenta la validez de esta resolución, la Fiscalía mandó a hacer dos exámenes médicos más donde, contrario al primer examen, se estableció que la temporalidad de las lesiones no correspondían a la fecha en la que ella fue atacada.  
Además, a pesar de que el sujeto fue detenido minutos después de que cometió el crimen y con toda la evidencia a disposición de las autoridades, el Ministerio Público no hizo pruebas de lofoscopia para identificar las huellas dactilares del auto y confrontarlas con las del imputado. El Ministerio Publico aseguró al juez que esta prueba “no era relevante para su teoría del caso”. 
Ante estas irregularidades, la tarde de este 31 de agosto la abogada ofreció una conferencia de prensa para informar de lo sucedido y señalar que solicitó una audiencia con los integrantes de las Comisiones de Vigilancia y Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal, Loreta Ortiz Alhf y Bernardo Batiz, antes de que las violaciones a los Derechos Humanos de la víctima sean irreparables. 

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