3/11/2011

Quitan 7 años de cárcel a asesino de Alí Dessiré


Magistrado elimina agravante de “saña” en el homicidio


Por Gladis Torres Ruiz

México, DF, 10 mar 11 (CIMAC).- La Cuarta Sala en Materia Penal de Distrito Federal redujo siete años la condena de 42 años de prisión dictada por el Poder Judicial del DF en septiembre de 2010 contra Oswaldo Aristóteles Morgan Colón, acusado del asesinato de la estudiante universitaria Alí Dessiré Cuevas Castrejón.

En entrevista con Cimacnoticias, Erick Monterrosas Cuevas, medio hermano de la joven de 24 años de edad y que cursaba la licenciatura en Letras Clásicas en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), explicó que el magistrado
de la Cuarta Sala en Materia Penal, Enrique Sánchez Sandoval, eliminó la agravante de “saña” del homicidio de Alí Dessiré, por considerar que la joven “ofendió gravemente” a Osvaldo Morgan.

El 20 de septiembre de 2009 Alí Dessiré Cuevas fue asesinada de 26 puñaladas por su ex novio Oswaldo Aristóteles, quien se encuentra en el Reclusorio Norte sentenciado inicialmente por homicidio calificado con saña (crueldad) y alteración voluntaria (presencia de drogas en la sangre).

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley General), vigente desde febrero de 2007, Alí fue víctima de violencia feminicida entendida como “la forma extrema de violencia contra las mujeres… en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado que puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

Erick Monterrosas Cuevas afirmó que el magistrado Enrique Sánchez Sandoval justificó la saña cometida por Morgan a través de una tesis aislada de 1953 que presupone la insubordinación de la mujer como una “grave ofensa”.

Tal tesis establece que “…resulta indudable que esa grave ofensa (sin especificar cuál) le origine un traumatismo psíquico y una conturbación de su ánimo (a Morgan) que lo hicieron actuar con saña por el número de heridas que produjo a su víctima, por ello de ninguna manera revela ferocidad de su parte”.

Monterrosas afirmó que el fallo judicial es un ejemplo clásico para eximir de culpabilidad a los responsables de feminicidio, y que con su argumentación jurídica el magistrado minimiza la violencia hacia las mujeres.

Denunció que Sánchez Sandoval no tomó en cuenta el peritaje de violencia de género aportado por la Comisión Mexicana de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, el cual le brindó elementos contundentes para vincular los estándares y convenciones internacionales de derechos de las mujeres y violencia al caso particular de Alí Cuevas.

De la misma forma, el magistrado desdeñó las medidas integrales de reparación del daño que establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos para casos de feminicidio.

“En una coyuntura tan trascendental como lo es la del actual proceso de tipificación del delito de feminicidio en el DF, resulta incongruente se sigan usando argumentos jurídicos basados en criterios misóginos”, acusó el medio hermano de Alí.

Advirtió que la resolución constituye un retroceso en los avances de impartición de justicia en crímenes de violencia de género.

Monterrosas, también coadyuvante del caso de su hermana, recordó que el 22 de septiembre de 2010, cuando el Poder Judicial del DF impuso la sentencia de 42 años de prisión, la defensa de Morgan Colón adelantó que apelaría el veredicto e intentaría reducir su condena, lo que hoy (con el nuevo fallo) volvió a hacer.

“Esto no ha terminado hay más apelaciones; la defensa busca reducir aún más la sentencia. Vemos con preocupación los intentos de exonerarlo jurídicamente al aminorar su culpabilidad mediante argumentos basados en la permisibilidad del asesinato de mujeres”.

Erick Monterrosas adelantó que seguirá luchando por reivindicar el nombre de Alí y de otras víctimas de feminicidio y llamó a las autoridades capitalinas para realizar las diligencias correspondientes para revertir el fallo y considerar todos y cada uno de los elementos probatorios.

Dijo que el fin es que se emita una sentencia con perspectiva integral de género y reparación del daño que siente un referente para prevenir y atender otros casos de feminicidio.



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