9/20/2012

Se incumplen mecanismos legales para proteger a las mexicanas

AVG y órdenes de protección, grandes pendientes del sexenio 


Por Gladis Torres Ruiz

México, DF, 19 sep 12 (CIMAC).- Ante los altos índices de agresiones contra niñas y mujeres, la administración de Felipe Calderón fue incapaz de hacer funcionar la declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVG) y las órdenes de protección para quienes se encuentran en situación de riesgo.

Ambos mecanismos están estipulados desde 2007 en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley General).

En México 46.1 por ciento de las mexicanas de 15 años y más han sido víctimas de violencia de pareja; de ellas, el 13.5 por ciento señaló haber sufrido algún tipo de violencia física que les dejó daños permanentes o temporales, mientras que 7.3 por ciento sufrió violencia sexual, reporta la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011 (Endireh).

A un año de iniciar el sexenio calderonista fue aprobada la Ley General que establece la coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Asimismo la norma instituye dos mecanismos para salvaguardar la vida de las mexicanas: la AVG y las órdenes de protección.

La vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Aleida Alavez, dijo que durante el sexenio que está por terminar la AVG se vio limitada debido a que en el reglamento de la Ley General el gobierno federal estableció un procedimiento complejo y “totalmente politizado”, que obstaculiza su ejecución y restringe los Derechos Humanos de las niñas y las mujeres.

La Ley General entró en vigor el 2 de febrero de 2007 y su reglamento fue publicado el 11 de marzo de 2008.

“Al desvirtuar su naturaleza, la AVG pasó de ser un mecanismo emergente de actuación gubernamental a un mecanismo de ‘control de daños políticos’ y una moneda de cambio”, criticó la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Según la legislación, la AVG establece acciones de emergencia que debe emprender el gobierno para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ejercida por un individuo o una comunidad.

Durante este sexenio el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia, integrado por los institutos estatales de las Mujeres y dependencias federales, negó iniciar el procedimiento para activar la AVG en los estados de Guanajuato, México y Nuevo León, a pesar de que registraron altos índices de feminicidio.

MECANISMO “VICIADO”

María de la Luz Estrada, representante del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), que agrupa a más de 43 organizaciones civiles de 17 estados, acusó que esas tres negativas demuestran que el mecanismo que debería servir para proteger la vida de las mexicanas no funciona “porque está viciado y politizado”.

Agregó que el rechazo a declarar la AVG en esas tres entidades careció de argumentos jurídicos. Recordó que para el Estado de México, la alerta fue negada en enero de 2011 por considerar que las activistas buscaban perjudicar al entonces precandidato presidencial del PRI, Enrique Peña Nieto.

La diputada Aleida Alavez señaló que la izquierda en la Cámara de Diputados pugnará por una reforma a la Ley General que asegure que las AVG cumplan realmente su función, dejen de ser un mecanismo de negociación entre los partidos, y se conviertan en mecanismos de atención y reacción inmediata para todos los niveles de gobierno ante casos extremos de violencia de género.

Otro mecanismo de protección que se desprende de la Ley General, son las órdenes de protección, las cuales se definen como “actos de protección y de inmediata aplicación en función del interés superior de la víctima, las cuales son fundamentalmente precautorias y cautelares”.

EL OCNF explica que las órdenes son acciones afirmativas para proteger la vida y la integridad de las mujeres víctimas de violencia, de sus familiares o de testigos de los hechos.

Detalla que de las 32 entidades federativas, sólo 26 estados de la República Mexicana cumplen con los tres tipos de órdenes establecidos en la Ley General.

La norma establece que las órdenes de protección pueden ser otorgadas a las mujeres por cualquier tipo de violencia que ponga en riesgo su vida y seguridad.

No obstante, aclara el OCNF, la interpretación de los impartidores de justicia reduce la aplicación de estos mecanismos a los casos de violencia doméstica, por lo que se incumple con el objetivo para el cual fueron otorgadas.

Agrega que a más de cuatro años de haber sido reconocido legalmente este mecanismo de protección, persiste un desconocimiento de su naturaleza debido a su estructura normativa, la falta de recursos económicos y humanos, la inexistente coordinación entre los sistemas estatales contra la violencia de género, y la falta de voluntad del personal judicial para aplicarlo.

Desde 2010 hasta junio de 2011 sólo se emitieron 744 órdenes de protección en Aguascalientes, Colima, DF, Hidalgo y Zacatecas, mientras que el Edomex, Puebla y Morelos no proporcionaron ninguna.

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