9/18/2012

Penales usan visita conyugal para someter a mujeres presas

Por Gladis Torres Ruiz

México, DF, 17 sep 12 (CIMAC).- Además de no contar con servicios ginecológicos permanentes, las mujeres en reclusión son sometidas a esterilización forzada y su derecho a decidir embarazarse está sujeto a incontables requisitos, como la obligación de estar casada con la persona que decidió sea el padre de sus hijas e hijos.

Lo anterior se desprende del informe “Situación de las personas privadas de la libertad en México”, en el que se indica que las mujeres presas se enfrentan a obstáculos diversos para acceder al servicio de atención médica. Uno de ellos es la negación por parte del personal de custodia al acceso de visitas especializadas o de control de salud.

El documento elaborado por Asistencia Legal por los Derechos Humanos; Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social, y el Instituto de Derechos  Humanos Ignacio Ellacuría de la Universidad Iberoamericana campus Puebla, precisa que las mujeres no tienen acceso continuo a métodos anticonceptivos, medicina gineco-obstétrica, planificación familiar, detección de infecciones de transmisión sexual, y no reciben información para el ejercicio de su sexualidad.

En el país únicamente 13 establecimientos penitenciarios son exclusivos para mujeres (de un total de 418), y de ellos únicamente en el 22 por ciento se cuenta con servicios de ginecología y obstetricia, según información de la organización Equis: Justicia para las Mujeres.

En el documento presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en marzo pasado, se indica que la falta en el área femenil de espacios específicos para la atención médica adecuada, ocasiona que quienes presentan un problema de salud sean canalizadas a las áreas varoniles, donde generalmente no hay medicamentos, instrumentos, ni personal especializado para atender su salud sexual y reproductiva.

A ello se suma que en algunas cárceles los médicos les brindan información “equivocada” para someterlas a métodos permanentes de anticoncepción, por lo que son sometidas a esterilización forzada.

En el informe se menciona el caso de Puebla, aunque no se precisa en qué penal, donde algunas de las internas dijeron haber sido sometidas a tratamientos de anticoncepción forzada, sin que se valorara si el método es adecuado y compatible con su cuerpo, y sin brindarles información y sobretodo “sin importar si ellas dan o no su consentimiento”.

Las organizaciones precisan que en los casos de las embarazadas el problema se acentúa, al requerir una revisión médica constante y no tener acceso a ella, a lo que se suma la falta de alimentación adecuada, por lo que se encuentran en mayor vulnerabilidad, produciendo todo ello un riesgo para su vida o la del producto.

De igual manera las reclusas ven violentado su derecho a ejercer la maternidad, toda vez que en algunos centros deben presentar una solicitud para ello –la cual puede tardar más de un año y no siempre ser afirmativa– al Consejo Interdisciplinario de cada reclusorio.

Para acceder a dicha autorización se valoran entre otras cuestiones su estado civil, edad, estabilidad económica, y la duración de su sentencia. “En el caso de que el Consejo valore que la solicitante está en posibilidad de quedar embarazada, ordena al servicio médico que suspenda la anticoncepción a la que la han sometido previamente”, se asienta en el informe.

El documento agrega que en otros centros penitenciarios el derecho a decidir embarazarse está sujeto a muchos requisitos, entre los que destaca la obligación de la mujer a estar casada con la persona que decidió fuera el padre de sus hijos.

Denuncia que la visita íntima o conyugal es utilizada en muchas ocasiones como una forma de control sobre las mujeres; de esta forma se puede dar el caso en que a una mujer se le sancione con seis meses sin derecho a visita íntima por el simple hecho de cambiar de pareja.

Asimismo, las mujeres deben reunir una serie de requisitos para poder acceder a la visita íntima tales como estudios sociales, médicos, de estado civil, entre otros.

El informe agrega que en estos sitios son escasas las campañas de salud sexual y reproductiva en donde se practiquen análisis clínicos generales y de rutina, como el Papanicolaou y las mastografías, y en los casos que se realizaron los resultados derivados de los estudios no fueron informados, ni entregados a las participantes.

“Se identificaron casos de reclusas con enfermedades que pudieron haber sido detectadas y tratadas a tiempo si hubieran recibido los resultados de esos estudios o si se les hubieran practicado regularmente”.

Las mujeres enfermas para mitigar dolores de distintas magnitudes o de diversos orígenes se limitan a ser atendidas a través de analgésicos comunes, y en caso de requerir un medicamento más especializado sólo pueden acceder a él por conducto de sus familiares, quienes deben cubrir el gasto para proporcionárselos.

Además de que cuando es necesario el traslado a un hospital externo, son víctimas de tratos crueles, inhumanos y degradantes, tanto en el traslado como en la atención médica.

“Suelen ser trasladadas con medidas de seguridad desproporcionadas e irracionales como el sometimiento con esposas en manos y tobillos, que incluso llegan a lastimarlas, sin importar si están embarazadas o presentan cualquier discapacidad”.

Hasta abril pasado la población penitenciaria femenina en el país ascendía a 11 mil 172; de ellas, 7 mil 573 se encuentran en los centros carcelarios denominados mixtos, según información de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

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