7/01/2013

Celebran aprobación de Ley 5 de Junio en Sonora

ESTADOS
INFANCIA
   Evitará que se repitan tragedias como la de la Guardería ABC

Por: Silvia Núñez Esquer, corresponsal
Cimacnoticias | Hermosillo.- 

El Movimiento Ciudadano por la Justicia 5 de junio, integrado por padres y madres de las víctimas del incendio en la Guardería ABC en 2009, celebró la aprobación de la Ley para regular la prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en el estado de Sonora.

Patricia Duarte Franco, madre de Andrés Alonso García Duarte, niño fallecido en el siniestro ocurrido en Hermosillo el 5 de junio de 2009, destacó que un 80 por ciento del contenido de la también llamada Ley estatal 5 de Junio es acorde con las propuestas del Movimiento Ciudadano, para mejorar la atención en lo que se conocía anteriormente como estancias infantiles.

La nueva normatividad establece responsabilidades claras para los prestadores de servicios, se crean un sistema y política estatal para estos centros de atención, se obliga a contar con un registro estatal, y se aprueban sanciones por incumplimiento de obligaciones, lo que a decir de la organización civil son logros importantes.

Con la Ley 5 de Junio, Sonora se convierte en el primer estado del país que armoniza su legislación con la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, aprobada por el Congreso de la Unión el 24 de octubre de 2011.

Además de eliminar el término de “guarderías”, sustituyéndolo por centros de desarrollo integral infantil, la nueva norma los define como establecimientos públicos, privados o mixtos, donde se presten servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, en un marco de ejercicio pleno de los derechos de niñas y niños desde los 43 días de nacidos.

Otra aportación de la Ley 5 de Junio es la creación del Consejo Estatal de los Centros de Desarrollo Integral Infantil, mismo que será el encargado de instrumentar la política estatal de los centros de desarrollo integral infantil para Sonora.

El consejo estará compuesto por diversas dependencias y organismos gubernamentales relacionados al cuidado infantil, y con representación de los sectores empresarial y social. Asimismo el Movimiento Ciudadano por la Justicia 5 de Junio formará parte del Consejo Estatal con voz y voto.

La Ley estatal 5 de Junio define el desarrollo integral infantil como el derecho que tienen niñas y niños a formarse física, mental, emocional y socialmente en condiciones de igualdad.

Desde el 24 de octubre de 2012, las comisiones unidas de Desarrollo Social y Asistencia Pública, y de Salud del Congreso local habían intentado dictaminar esta iniciativa de ley, pero los integrantes del Movimiento 5 de Junio incidieron para que se incluyeran sus propuestas.

Durante meses las madres y padres celebraron reuniones de trabajo con ambas comisiones legislativas, e hicieron observaciones en coordinación con académicas y activistas.

Una importante precisión que preocupaba al Movimiento 5 de Junio, promotor también de la Ley General de la cual deriva la ley estatal, es que la rectoría de los centros de desarrollo infantil correspondiera en forma indeclinable al Estado y a los ayuntamientos, los cuales tendrán una responsabilidad en la autorización, funcionamiento, monitoreo, supervisión y evaluación de dichos servicios, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Los principios que rigen la Ley 5 de Junio son: el desarrollo de niñas y niños en todos los aspectos de su vida, ya sean físicos, emocionales, psicológicos, cognitivos, sociales, educativos o culturales; el desarrollo libre de discriminación e igualdad de derechos; el interés superior de la niñez; la participación de niñas y niños en todos los asuntos que les atañen, y la equidad de género.

Todos los prestadores de servicios gubernamentales, privados y mixtos están obligados a adecuar sus instalaciones, mobiliario, planificación de actividades, plan de protección civil, entre otros aspectos, para lo cual tienen un plazo de un año.

El Consejo Estatal deberá estar instalado a más tardar en 180 días a partir de la publicación de la Ley 5 de Junio.
 

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