9/14/2017

Comisión de DH del Edomex obligada a resolver el caso de Adriana Rodríguez


Conapred: fue discriminada por cáncer de mama y razón de género

Pese a que el    Consejo Nacional para Prevenir y Erradicar la Discriminación (Conapred) reconoce que hubo discriminación en contra de Adriana Rodríguez Hernández por padecer Cáncer de Mama (CaMa), no tiene la facultad de intervenir en el caso porque los involucrados son servidores públicos del Estado de México, no obstante, dejó en claro que sí hay una instancia que debe intervenir en el caso: la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
 
Adriana fue sometida a una mastectomía radical del seno izquierdo en 2015 por el CaMa que le fue diagnosticado. Desde ese momento, fue víctima de burlas y hostigamientos por su aspecto físico en su trabajo en la Comisión Estatal de Seguridad del Estado de México (CES Edomex) donde se desempeñaba como subdirectora de Información Delictiva hasta que fue despedida sin justificación en diciembre de 2016 por el jefe de la Unidad de Análisis Criminal, David Alberto Izquierdo Sánchez y el director de Información y Coordinación Regional, Luis Itzcoatl Mauriño Cubas.
 
Desde entonces, Adriana ha tocado todas las puertas de instituciones de Derechos Humanos (DH) para que se le garantice el acceso a la justicia y se sancione a dichos servidores públicos. El caso llegó en julio de 2017 al Conapred, a petición de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), pero éste argumentó que no estaba facultado para intervenir en el caso, por lo que Cimacnoticias buscó a la institución para conocer las razones.
 
En entrevista con el director de Admisibilidad, Orientación e Información de Conapred, Enrique Ventura Marcial, explicó que el Artículo 61 del Estatuto Orgánico de Conapred estipula que sólo puede intervenir en violaciones cometidas por particulares, personas físicas o morales, y cuando se trate de servidores públicos, únicamente de carácter federal.
 
Si Conapred tiene conocimiento de algún caso donde los presuntos responsables son servidores públicos estatales, indicó el director, se envía a los Consejos de Prevención y Erradicación de Discriminación locales. En este caso, el Edomex no cuenta con una entidad especializada en la discriminación, por lo cual se canalizan a la Comisión de Derechos Humanos local (CDHEM).  
 
DISCRIMINACIÓN POR CÁNCER DE MAMA
 
Ventura Marcial tuvo en sus manos el caso de Adriana del cual reflexionó: "-en estos casos nosotros tenemos que estar alerta y decir ojo, es una situación relacionada a esta enfermedad, pero justo aquí, hacemos ver que hay una discriminación múltiple; en este caso específico, podemos ver que se le está discriminando por género y por una condición de salud”.
 
El cáncer que padece Adriana, llamado “Her 2 positivo”, es muy particular, no se cuenta con investigaciones en México sobre su rápido desarrollo y el precio del tratamiento está por encima de los 10 millones de pesos, ha logrado evitar esta cantidad imposible solventar gracias a la atención médica que recibe en el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios.
 
Ventura precisó que a Adriana Hernández se le obstaculizó su derecho laboral, el derecho a la salud y el derecho a una vida libre de violencia.
 
CDHEM, OBLIGADA A INTERVENIR
 
Si bien Conapred reconoció la discriminación, su reglamento le impide actuar sobre el caso, pero la competencia es de la Comisión de Derechos Humanos del Edomex, pues así lo refiere en su capítulo IV la Ley para Prevenir, Combatir y Eliminar Actos de Discriminación local.
 
En esta normativa se estipula que es responsabilidad de la CDHEM “conocer y resolver las quejas de violación a Derechos Humanos, con motivo de actos discriminatorios cometidos por autoridades estatales o municipales”.
 
Desde un principio Adriana lo hizo así, interpuso una denuncia ante la Comisión de DH del Edomex (con el número de expediente CDHEM/TLAL/786/2015) pero en enero de 2017 el órgano resolvió que tras una “exhaustiva investigación” no había elementos que respaldaran las acusaciones de discriminación en contra de los servidores públicos, David Izquierdo y Luis Mauriño.
 
Adriana informó de esta omisión a Conapred, por lo que acordó con esta institución en enviar un oficio al Inspector General de las Instituciones de Seguridad Pública del Edomex (IGISPEM), Isael Teodomiro Montoya Arce, para que atendiera el caso. El IGISPEM es la instancia que se encarga de “erradicar conductas irregulares de funcionarios de seguridad pública del Estado”.
 
Cabe mencionar que también desde diciembre de 2016 el IGISPEM abrió una investigación por la denuncia de Adriana (con el numeral IGISPEM/QP/IP/2816/2016) sin que se tenga respuesta por el momento.
 
Es decir, Adriana pidió ayuda a todas las instituciones que por Ley estaban obligadas a investigar su caso, también acudió al Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), pero hasta ahora ninguna instancia garante de los DH ha podido asegurarle la reparación de daños y la sanción de los servidores públicos del Edomex.
 
En tanto, las autoridades de la CES Edomex se mantienen negligentes al fallo que dio el pasado abril el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa; quien determinó que por tratarse de una situación que “pone en riesgo su vida” fuera reinstalada en el mismo puesto que desempeñaba en la Comisión y se le asegurara el acceso a la salud médica.
 
Imagen retomada del portal Fatosdesconhecidos.com
Por: la Redacción Cimacnoticias | Ciudad de México.- 

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