9/24/2013

Trata de personas: de la ley a los hechos




Editorial la Jornada

Ayer, en coincidencia con el Día internacional en contra de la explotación sexual y el tráfico de mujeres y niños, la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación el reglamento de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas, con lo cual se amplía el sistema jurídico de protección y reparación del daño para las víctimas de ese flagelo y se establecen diversos mecanismos para tales efectos, como la creación de una base de datos para dar seguimiento a las acciones gubernamentales; la administración de un fondo para cubrir gastos médicos, educación y alimentación de las víctimas, así como el monitoreo de anuncios clasificados y la supervisión de establecimientos que pudieran ser utilizados por las organizaciones delicadas a este delito.

La publicación del referido documento representa un avance significativo en el marco normativo del país, con el cual el Estado mexicano cubre una omisión inaceptable en sus esfuerzos por combatir una práctica considerada la versión contemporánea de la esclavitud, y que constituye, según estimaciones de organizaciones civiles y humanitarias, el negocio ilícito más rentable después del narcotráfico. Hasta ahora, la falta de una reglamentación específica para la referida ley general en la materia limitaba a las instancias de procuración e impartición de justicia para perseguir de oficio los delitos relacionados con la trata; ejercer acciones en casos de esclavitud, corrupción de menores y pornografía infantil, y acusar penalmente a quienes contraten espacios en medios impresos o en Internet para promover estos ilícitos.

Con todo, la publicación de este instrumento jurídico no garantiza por sí solo una mayor eficacia del Estado en el combate al flagelo social y humano de la trata de personas. Detrás de esa práctica bárbara, que se ceba especialmente contra los estratos más vulnerables de la sociedad –mujeres pobres, migrantes indocumentados, niños y niñas–, existen determinantes múltiples y complejas de índole social, histórica y cultural, y sería ingenuo suponer que las autoridades federales, estatales y municipales puedan erradicarlas únicamente con el impulso de la referida adecuación legal.

Lo que sí cabe exigir a las autoridades, en cambio, es que eliminen los márgenes de impunidad y corrupción que han hecho posible el pavoroso incremento de la trata de personas y la explotación en diversas zonas del país.

La administración federal, y las estatales y municipales, tienen ante sí la doble tarea de formular políticas públicas y acciones concretas que permitan prevenir y hacer frente a los delitos mencionados y a los factores que los originan, y de adecuar el desempeño de sus respectivos cuerpos de seguridad y de procuración de justicia al nuevo marco legal, a efecto de evitar que éste se convierta en letra muerta. Se trata, en suma, de trasladar a la realidad lo estipulado en las leyes, y de valerse de éstas para contener y revertir el auge de la trata de personas, pues este país carecerá de autoridad moral para llamarse civilizado en tanto subsista ese fenómeno.

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