9/24/2013

Contexto - Siete años de omisión para tipificar feminicidio

CONTEXTO


   Recomendación de CEDAW data de 2006; faltan 3 estados

CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.- 23/09/2013El pasado 5 de septiembre el Senado aprobó un punto de acuerdo para exhortar a los congresos locales que tipifiquen en su legislación el delito de feminicidio. Se trata de tres entidades (Michoacán, Baja California Sur y Chihuahua) donde no se ha tipificado este crimen.

Este no es el primer llamado que se realiza a las y los legisladores en esta materia, pues la tipificación del feminicidio es una acción mandatada por instancias internacionales desde hace varios años.

Desde 2006 el Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) recomendó al Estado mexicano tipificar el feminicidio en todo el país.

Recomendación que volvió a emitir en 2012 cuando reiteró a México el llamado de crear el tipo penal de feminicidio y además homologar los ya existentes en los estados hasta el momento.

Por su parte, en 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) encontró al Estado mexicano responsable de la violación de Derechos Humanos de tres de mujeres (y de sus familias), cuyos cuerpos fueron encontrados en el Campo Algodonero de Ciudad Juárez, al ser omiso y negligente durante las investigaciones.

La sentencia histórica de la CoIDH incluye varios puntos que debieron ser cumplidos a la brevedad por el Estado mexicano, entre ellos la creación de un tipo penal correspondiente que permitiera sancionar de manera adecuada los asesinatos de mujeres cometidos por razones de género, y así garantizar la no impunidad en los delitos y asegurar la no repetición de los hechos.

Dentro de ese contexto la CoIDH definió que esta acción también debería ir acompañada de la creación de protocolos especializados para la investigación e indagación de los delitos.

El 1 de enero de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (Ley General), la cual definió por primera vez la violencia feminicida y estableció que este delito se debía tipificar. Un año más tarde, el 8 de marzo de 2008, se publicó su reglamento.

Fue hasta abril de 2012 que el delito de feminicidio quedó tipificado en el Código Penal Federal.
  

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